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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (14/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de noviembre de 2009 406054 APRUEBAN REGLAMENTO DE ELECCIÓN, CONFORMACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y DE FUNCIONES DE LOS COMITES DE VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ANUALES DEL DISTRITO DE MARIA DE TRIUNFO ARTICULO PRIMERO.- Apruébese el Reglamento de Elección, Conformación, funcionamiento y de funciones de los Comités de Vigilancia del Presupuesto Participativo Anuales del Distrito de María de Triunfo, el mismo que consta de 36 (treinta y seis) Artículos, 03 (Tres) Títulos, 09 (nueve) Capítulos y 05 (cinco) Disposición Finales, Complementarias y Transitoria, que forma parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 423012-1 Modifican el D.A. N° 010-2007/MVMT DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2009/MVMT Villa María del Triunfo, 2 de noviembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO: El Memorandum N° 1166-2009-GSCGA/MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Informe N° 262-2009-SGTTSV/GSCGA/MVMT de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial; y, el Memorandum N° 894-2009-GAJ/MVMT, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 010-2009/MVMT amplía por ciento ochenta (180) días calendario la vigencia del Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT prolongado con los Decretos de Alcaldía N° 002-2008/MVMT y N° 003-2009/ MVMT; y, mantener vigente las precisiones realizadas en el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía N° 003-2009/MVMT; y, suspender por noventa (90) días los tramites de retiro de unidades y/o conductores presentados por las empresas y/ o asociaciones vehiculares debidamente autorizadas en la Municipalidad de Villa María del Triunfo, a fi n de resguardar la seguridad de trabajo del mototaxi y del usuario, así como la calidad del servicio espacial de vehículos menores; Que mediante Memorandum N° 1166-2009-GSCGA/ MVMT la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental remite el Informe N° 262-2009-SGTTSV/GSCGA/ MVMT de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, en la que concluye que se debe modifi car el Artículo Tercero del Decreto de Alcaldía N° 010-2009/MVMT, cuyo texto debe ser el siguiente: “La Municipalidad de Villa Maria del Triunfo aprobará el retiro de tres (03) unidades vehiculares como máximo mensualmente de las empresas y/o asociaciones autorizadas por esta entidad edil. Esto debe estar justifi cado por los siguientes requisitos: Retiro de unidades vehiculares autorizadas, solicitadas por la persona jurídica autorizada por la Municipalidad de Villa María de Triunfo (máximo de tres (03) unidades vehiculares). - Solicitud dirigida al Alcalde. - Relación autorizada de vehículos (en los que incluyan los vehículos que serán retirados), señalando nombre del propietario, número de placa de rodaje, motor. - Presentar la carta de renuncia del propietario del vehículo hacia la Persona Jurídica a la que pertenece adjuntando una copia simple del DNI del propietario o declaración jurada de la persona jurídica del retiro de la unidad justifi cados con copias fedateadas de los documentos del motivo del retiro (incumplimiento del Estatuto de la persona jurídica y/o reglamento interno, robo del vehículo menor, transferencia y/o venta del vehículo). - Copia simple del documento dando a conocer al propietario de la unidad vehicular del retiro de la persona jurídica.”; Que mediante Memorandum N° 894-2009-GAJ/MVMT, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que de acuerdo a los informes emitidos por la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial es procedente modifi car el artículo tercero del Decreto de Alcaldía N° 010-2009/MVMT; Que mediante Memorandum N° 1166-2009-GSCGA/ MVMT la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental remite el Informe N° 262-2009-SGTTSV/GSCGA/ MVMT de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial a través de la cual informa que la modifi cación fue evaluada por la Comisión Técnica Mixta de Transporte de Villa María del Triunfo el 22 de septiembre de 2009, donde contó con la aprobación de los participantes; asimismo se aprobó la modifi cación del Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT, que en su Artículo Primero declara saturadas las cinco (05) zonas de trabajo de Villa María del Triunfo (Nueva Esperanza, José Carlos Mariátegui, Cercado, Inca Pachacutec y Tablada de Lurín) para el otorgamiento de autorizaciones para el servicio de transporte de pasajeros en vehículos menores; por el siguiente texto: “declarar saturadas todas las zonas de trabajo de Villa María del Triunfo, para el otorgamiento de autorizaciones a nuevas personas jurídicas para el servicio de transporte de pasajeros en vehículos menores”; De conformidad con el numeral 20.6 al artículo 20° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- DECLARAR saturadas todas las zonas de trabajo de Villa María del Triunfo, para el otorgamiento de autorizaciones a nuevas personas jurídicas para el servicio de transporte de pasajeros en vehículos menores.” Segundo.- MODIFICAR el Artículo Tercero del Decreto de Alcaldía N° 010-2009/MVMT, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Tercero.- La Municipalidad de Villa María del Triunfo aprobará el retiro de tres (03) unidades vehiculares como máximo mensualmente de las empresas y/o asociaciones autorizadas por esta entidad edil. Esto debe estar justifi cado por los siguientes requisitos: Retiro de unidades vehiculares autorizadas, solicitadas por la persona jurídica autorizada por la Municipalidad de Villa María de Triunfo (máximo de tres (03) unidades vehiculares). - Solicitud dirigida al Alcalde. - Relación autorizada de vehículos (en los que incluyan los vehículos que serán retirados), señalando nombre del propietario, número de placa de rodaje, motor. - Presentar la carta de renuncia del propietario del vehículo hacia la persona jurídica a la que pertenece adjuntando una copia simple del DNI del propietario o declaración jurada de la persona jurídica del retiro de la unidad justifi cados con copias fedateadas de los documentos del motivo del retiro (incumplimiento del Estatuto de la Persona Jurídica y/o reglamento interno, robo del vehiculo menor, transferencia y/o venta del vehículo). - Copia simple del documento dando a conocer al propietario de la unidad vehicular del retiro de la persona jurídica.” Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental a través de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 423000-1