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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de noviembre de 2009 406049 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Suspenden la ejecución de obras en propiedad privada y en la vía pública así como la expedición de licencias de edificación del 16 de noviembre de 2009 al 4 de enero de 2010, en diversos sectores del Centro de Lima DECRETO DE ALCALDÍA Nº 080 Lima, 12 de noviembre de 2009 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece, que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, entre las atribuciones del Alcalde, establecidas en el numeral 30 del artículo 20° y el numeral 8.2 del artículo 161º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se encuentra la de presidir el Comité Provincial de Defensa Civil, correspondiéndole en el ámbito metropolitano, desarrollar conjuntamente con el Sistema Nacional de Defensa Civil, el Plan Metropolitano de Contingencia para la prevención y atención de situaciones de emergencia y desastre; Que, el artículo 79° en los numerales 3.2 y 3.6.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades, prevé como funciones específi cas de los gobiernos locales, autorizar y fi scalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas; asimismo normar, regular, otorgar autorizaciones y realizar la fi scalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica; Que, el Reglamento de Administración del Centro Histórico de Lima y el Plan Maestro Centro de Lima, aprobados por las Ordenanzas Nos. 062-MML y 201-MML respectivamente, establecen las políticas de seguridad, prevención y mitigación de desastres en el Centro Histórico de Lima; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana Nº 092 de fecha 28 de julio de 2009 se constituye el Comité “Navidad Segura 2009”, con la fi nalidad de cautelar la prestación de servicios públicos municipales, ejecutar acciones preventivas o intervenciones de emergencia que pudieran presentarse en las Fiestas Navideñas y de Fin de Año del año 2009; Que, la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas, el Comité Navidad Segura 2009 y la Gerencia de Desarrollo Urbano han considerado la necesidad de suspender la ejecución de todo tipo de obras en propiedad privada y en vía pública; así como otorgamiento de Licencias de Edifi cación, durante el periodo comprendido entre el 16 de noviembre del 2009 y el 04 de enero del 2010, en los Sectores que se detallan en el mencionado informe; SE DECRETA: Artículo Primero.- SUSPENDER la ejecución de todo tipo de obras en propiedad privada y en vía pública, así como la expedición de licencias de edifi cación, durante el periodo comprendido entre el 16 de noviembre de 2009 y el 4 de enero de 2010 en los Sectores siguientes: - Sector comprendido entre la Av. Abancay cuadras 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; Av. Nicolás de Pierola cuadras 14, 15 y 16; Jr. Paruro cuadras 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 y el Jr. Junín cuadras 5, 6 y 7, dentro del cual se incluyen las vías siguientes: Jr. Ayacucho cuadras 3, 4, 5, 6, 7 y 8 Jr. Andahuaylas cuadras 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 Jr. Huallaga cuadras 5, 6 y 7 Jr. Ucayali cuadras 5, 6 y 7 Jr. Antonio Miro Quesada cuadras 5, 6, y 7 Jr. Cuzco cuadras 5, 6 y 7 Jr. Puno cuadras 5, 6 y 7 Jr. Inambari cuadra 7. - Sector comprendido entre la Av. Argentina cuadras 1 a la 8, Jr. Antonio de Elizalde cuadra 8, Av. Guillermo Dansey cuadra 1 a la 8, la que dentro de las mismas incluye las vías Jr. Huarochirí, Jr. Ascope, Jr. Pacasmayo, Jr. Acomayo,Jr. García Villón y Jr. Carcamo cuadra 4 y Jr. Beltrán cuadra 6; dentro del cual se incluyen las vías siguientes: Jr. De la Unión entre la Plaza de Armas y la Plaza San Martín. Jr. Amazonas entre el Puente Balta y el Puente Huánuco. Av Grau entre la Plaza Grau y la Av. Nicolás de Piérola. Artículo Segundo.- Las Licencias para Edifi cación Nueva, Remodelación, Ampliación, Modifi cación, Demolición y Autorizaciones de Obras en Vía Pública con plazos vigentes, otorgadas para ejecutar obras dentro de los Sectores mencionados en el Artículo Primero, precedente, quedarán en suspenso durante el plazo a que se refi ere dicho Artículo, entendiéndose que las mismas quedan prorrogadas automáticamente por el tiempo que dure la suspensión. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano para que, de manera excepcional, autorice la continuación de obras públicas de interés general que se ubiquen en la zona establecida en el artículo primero del presente decreto. Artículo Cuarto.- El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, constituirá infracción y dará lugar a la sanción de imposición de multas y medidas complementarias establecidas en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas vigente. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y se podrá acceder a través de la pagina Web www.munlima.gob.pe Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 422386-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Declaran de interés vecinal la defensa del distrito frente a la construcción de obras de infraestructura y paraderos en el marco del proyecto denominado “Corredor Segregado de Alta Capacidad - COSAC” - “El Metropolitano” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2009-MDB Barranco, 3 de noviembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTO: El Memorándum Nº 005-2009-GM/MDB de fecha 05 de octubre del emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 83-2009-GDCYMA/MDB emitido por la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad y Medio Ambiente; y el Informe Nº 594-2009-OAJ/MDB emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica;