Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2009 (14/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de noviembre de 2009

organicas, asi como para optimizar la ejecucion de las acciones de educacion electoral, asignadas a la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral; Que, en atencion a las modificaciones introducidas por el ROF, se aprobo mediante Resolucion Jefatural N° 1722009-J/ONPE el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Entidad, conforme a la prevision normativa contenida en el literal a) del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM mediante el cual se aprueban los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del CAP de las entidades de la Administracion Publica; Que, asimismo, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 182-2009-J/ONPE, se ha clasificado como cargo de confianza la plaza Nº 052 correspondiente a la de Subgerente de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, el literal e), de su articulo 11º del Decreto Supremo MORDAZA citado, establece como criterio para la formulacion del CAP, que este debera consignar los cargos de confianza de conformidad con las disposiciones legales vigentes; Que, mediante el documento de visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto expresa su conformidad, motivo por el cual resulta necesario adecuar el CAP a la clasificacion de cargos de confianza, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 182-2009-J/ONPE; En uso de las facultades conferidas en el literal g) del articulo 5° de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y los literales p) y bb) del articulo 9º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nos. 073 y 163-2009-J/ONPE; respectivamente; Con el visado de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 1722009-J/ONPE, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como en el MORDAZA institucional: www.onpe.gob.pe, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) y en el MORDAZA del Estado Peruano, de conformidad con lo establecido en el articulo 3° de la Ley N° 29091. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa

Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refiere los informes del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley 26497 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Mangalpa, Distrito de Choropampa, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Mangalpa, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento, matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Mangalpa cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Mangalpa
RESOLUCION JEFATURAL N° 752-2009-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 12 de noviembre de 2009 VISTOS: el Informe N° 000322-2009/SGIRC/GRC/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe N° 104-2009-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Convalidan autorizaciones de apertura de oficinas otorgadas a EDPYME Crear MORDAZA ubicadas en MORDAZA, MORDAZA y Callao, que se entenderan otorgadas a Financiera Crear
RESOLUCION SBS Nº 14540 - 2009
MORDAZA, 4 de noviembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS

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