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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de noviembre de 2009 406162 para las aulas de 3 a 5 años de las instituciones educativas” y del “Servicio de transporte y distribución del diseño curricular nacional de Educación Básica Regular” de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica Para Todos”, se realice conforme a lo regulado en el Decreto de Urgencia Nº 078-2009 Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 423959-1 Aprueban las “Normas para la creación, organización, funcionamiento y evaluación de los Centros de Recursos para el Aprendizaje en Educación Inicial - CRAEI” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0340-2009-ED Lima, 17 de noviembre de 2009 VISTO: el Informe Nº 148-2009/VMGP/DIGEBR/DEI- ARME, de fecha 10 de julio de 2009, de la Dirección de Educación Inicial y, CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 36.° de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en concordancia con el artículo 42.° del Reglamento de Educación Básica Regular, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-ED establece que la Educación Inicial constituye el primer nivel de la Educación Básica Regular que comprende a niños menores de 6 años y se desarrolla en forma escolarizada y, no escolarizada y tiene por fi nalidad promover prácticas de crianza que contribuyan al desarrollo integral de los niños, tomando en cuenta su crecimiento socioafectivo y cognitivo, la expresión oral y artística y la psicomotricidad y el respeto de sus derechos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 820-89-ED, de fecha 23 de octubre de 1989, se autorizó la creación de los Centros de Recursos para el Aprendizaje de Educación Inicial (CRAEI) con el propósito de mejorar la calidad de los servicios en los Centros y Programas del Nivel de Educación Inicial, orientados a reforzar y complementar la capacitación docente y de agentes de la comunidad, formar los Grupos de Inter-aprendizaje, promover la Investigación Pedagógica así como la confección de material educativo para los niños del referido nivel educativo; Que, en ese sentido, la condición fundamental para reactivar el funcionamiento de los CRAEI es ampliar de la prestación de sus servicios básicos y complementarios, impulsar las acciones de capacitación docente y desarrollo comunal, y promover la participación organizada de la comunidad y capitalizar sus aportes de materiales para la producción de nuevos recursos de aprendizaje; Que, asimismo, teniendo en cuenta el diagnóstico realizado sobre la prestación de servicios educativos en el nivel de Educación Inicial, resulta necesario actualizar las normas que rigen la creación, organización, funcionamiento y evaluación de los Centros de Recursos para el Aprendizaje de Educación Inicial (CRAEI) con la fi nalidad de contribuir con efi ciencia y efi cacia a la mejora de la calidad del servicio educativo de la primera infancia y ampliar la cobertura de atención en aquellos lugares donde no existan dichos servicios educativos; Que, cabe indicar que corresponde a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local, en su condición de instancias de gestión educativa descentralizada, la aplicación y el cumplimiento de las referidas normas, en el marco de sus competencias y en el ámbito de sus jurisdicciones, conforme al Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-ED; Que, estando a lo informado respecto a las normas propuestas por la Dirección General de Educación Básica Regular en el documento de visto que recoge lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación, la Ofi cina de Infraestructura Educativa, la Unidad de Presupuesto, y la Unidad de Personal; De conformidad con la Ley Nº 28044, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las “Normas para la creación, organización, funcionamiento y evaluación de los Centros de Recursos para el Aprendizaje en Educación Inicial – CRAEI”, las mismas que constan de siete (7) numerales y seis (6) anexos, los cuales forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, en sus respectivas jurisdicciones, aplicarán y cumplirán las normas aprobadas por la presente Resolución, y adoptarán las acciones orientadas a impulsar la creación, implementación y funcionamiento de los CRAEI, asignándoles los recursos necesarios para asegurar su adecuado funcionamiento. Artículo 3°.- La Dirección General de Educación Básica Regular dictará las normas complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la presente Resolución. Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 820-89-ED y demás normas que se opongan a la presente Resolución. Artículo 5°.- Las normas aprobadas por la presente Resolución serán publicadas en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 424310-1 Aprueban Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2010 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico - Productiva RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0341-2009-ED Lima, 17 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 79º y 80º literal a) de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado, asimismo dentro de sus funciones está la de defi nir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específi cas de equidad; Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006- 2006-ED y sus modifi catorias, es función de este Ministerio defi nir, dirigir regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específi cas de calidad y equidad; Que, el desarrollo de las actividades educativas en el Año Escolar 2010 debe realizarse dentro del marco de lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, y sus modifi catorias, así como del Proceso de Descentralización; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley Nº 27783, el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006.ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la DIRECTIVA PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2010 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO - PRODUCTIVA, la misma que forma parte de la presente Resolución.