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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (18/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de noviembre de 2009 406167 A. IDENTIFICACION DEL VIAJERO ó JEFE DE FAMILIA Nombres (s) y Apellidos: Pasaporte/DNI/Otros Nº Nacionalidad: Ocupación: Dirección en Perú (Calle/distrito/Provincia): Dirección en país de residencia: Nº miembros de familia que viajan con Ud.: Cía. transportadora/ Nº Vuelo/Nombre nave/ N° Matrícula Nº de Bultos B. DE LOS ARTICULOS QUE LLEVA CONSIGO SI NO 1. Dinero en efectivo y/o instrumentos financieros por más de US$ 10 000, o su equivalente en otra moneda (ver 5 reverso). Indicar moneda y cantidad ………………………….................................................................................. Tipo de instrumento negociable: …………………………......................................................................... 2. Bienes culturales; animales, plantas y productos derivados, plaguicidas de uso agrícola, productos de uso veterinario, alimentos para animales y otros. (ver N° 4 reverso). 3. Artículos sujetos al pago de tributos (ver N° 3 reverso), o que desee ingresar como Ingreso temporal (ver N° 6 reverso). En caso afirmativo, detallar los bienes Cantidad Descripción de la mercancía Valor US$ SI TIENE ALGUNA DUDA SOBRE LO QUE DEBE DECLARAR, PREGUNTE A UN FUNCIONARIO ADUANERO / IF YOU HAVE ANY DOUBT ABOUT WHAT ITEMS MUST BE DECLARED, DO NOT HESITATE TO ASK A CUSTOMS OFFICER FOR ADVICE. ADVERTENCIA: Los bienes NO declarados sujetos al pago de tributos serán incautados por la autoridad aduanera, para recuperarlos deberá pagar los tributos y adicionalmente una multa equivalente al 50% del valor en aduana de sus bienes. DECLARO HABER LEÍDO Y ENTENDIDO LAS ADVERTENCIAS PREVIAS Y LA INFORMACIÓN AL DORSO/ I DECLARE TO HAVE READ AND UNDERSTOOD THE PREVIOUS WARNING AND THE INFORMATION PROVIDED ON THE REVERSE SIDE OF THIS FORM _____________________ _________________ FIRMA FECHA www.sunat.gob.pe DECLARACION JURADA DE EQUIPAJE–INGRESO Bienvenidos al Perú Decreto Supremo N° 016-2006-EF