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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de noviembre de 2009 406744 Artículo 2°.- Otorgar a la citada funcionaria diplomática los benefi cios que le corresponden de acuerdo a lo establecido en los dispositivos legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 428630-18 Dan por terminado el nombramiento de Representante Permanente ante la Organización de Estados Americanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 387-2009-RE Lima, 26 de noviembre de 2009 Vista la Resolución Suprema Nº 001-2008-RE, que nombró a la señora María Zavala Valladares como Representante Permanente ante la Organización de Estados Americanos con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América; Vista la Resolución Ministerial Nº 0033-2008-RE, que fi jó el 1 de febrero de 2008, como la fecha en que la señora María Zavala Valladares debió asumir funciones como Representante Permanente ante la Organización de Estados Americanos con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar término al nombramiento de la señora María Zavala Valladares como Representante Permanente ante la Organización de Estados Americanos con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- Darle las gracias a la señora María Zavala Valladares por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 428630-19 Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Checa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 388-2009-RE Lima, 26 de noviembre de 2009 Vista la Resolución Suprema Nº 298-2004-RE, que nombró al entonces Ministro en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Checa; Vista la Resolución Ministerial Nº 0922-2004-RE, que fi jó el 15 de diciembre de 2004, como la fecha en que el citado funcionario diplomático debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Checa; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a) y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; y los artículos 62º 185º inciso c), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Checa. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha de término de funciones y de traslado a la Cancillería, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 428630-20 SALUD Establecen modificaciones al Decreto Supremo Nº 019-2001-SA que establece disposiciones para el acceso a la información sobre precios y denominación común de medicamentos DECRETO SUPREMO Nº 015-2009-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Que, el artículo 65º de la Constitución Política del Perú dispone que el Estado defi ende el interés de los consumidores y usuarios, garantizando el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado; Que, el numeral II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone que la protección de la salud es de interés público y, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, los artículos 75º y 137º del mismo cuerpo de Ley, disponen que la autoridad de salud vela por el uso racional de medicamentos, promoviendo la provisión de medicamentos esenciales, asimismo, dispone que el reglamento establece la califi cación de las infracciones, la escala de sanciones y el procedimiento para su aplicación; Que, los literales h) y j) del artículo 49º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son funciones en materia de salud entre otras supervisar y fi scalizar los servicios de salud públicos y privados; así como supervisar y controlar la producción, comercialización, distribución y consumo de productos farmacéuticos y afi nes; Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2001-SA de fecha 13 de julio de 2001, se establecieron disposiciones para el acceso a la información sobre precios y denominación común de medicamentos; Que, por Resolución Ministerial Nº 192-2008-MINSA de fecha 17 de marzo de 2008, se aprobó la Escala de Multas y Sanciones para profesionales médicos, cirujanos dentistas y obstetrices que consignen en la prescripción