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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (27/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de noviembre de 2009 406747 autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superfi cies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, el titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, el titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Artículo 3°.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberán contar con el respectivo Certifi cado de Homologación. La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución. Sin perjuicio de lo indicado, el titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto. De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA COMUNICADO OFICIAL Nº 010-2009-CG A LOS JEFES DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL-OCI DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL-SNC Habiéndose emitido la Resolución de Contraloría Nº 169-2009-CG de 23.NOV.2009 que aprueba los Lineamientos de Política para la formulación de los planes de control de los órganos del Sistema Nacional de Control - Año 2010 y la Directiva Nº 004-2009-CG/PEC de Formulación y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2010, se ha programado el desarrollo de eventos de difusión a realizarse en la Escuela Nacional de Control, cuyo ingresó será por la puerta ubicada en Calle Emilio Althaus cdra. N° 2 – Lince (altura cdra. 16 de la Av. Arequipa); y en las Ofi cinas Regionales de Control o lugares determinados por las mismas, según el cronograma y ámbito de control que corresponda: SEDE CENTRAL – ESCUELA NACIONAL DE CONTROL FECHA / hora ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL BAJO EL ÁMBITO DE CONTROL DE : 27.NOV 08:30-13:30 Gerencia de Sector Productivo, Gerencia de Sector Defensa, Gerencia de Sector Económico 30. NOV 08:30-13:30 Ofi cina Regional de Control Lima-Callao, Gerencia de Obras y Evaluación de Adicionales, Gerencia de Medio Ambiente, Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones 04. DIC 08:30-13:30 Gerencia de Sector Social, Gerencia de Entidades Autónomas, Gerencia de Programas Sociales y Gerencia de Sistemas Informáticos OFICINAS REGIONALES DE CONTROL Fecha, hora y lugar a ser establecido por cada una de las Ofi cinas Regionales de Control Ofi cinas Regionales de Control Piura, Chiclayo, Trujillo, Cajamarca, Iquitos, Moyabamba, Huaraz, Ica, Huancayo, Huánuco, Ayacucho, Cusco, Abancay, Arequipa, Tacna, Puno y Moquegua El Jefe de OCI podrá designar a un representante que asista en su lugar. Los representantes deberán presentar en el momento de su registro en la ENC, el documento que los acredita como tal. También, se les comunica que previamente al registro de su proyecto de Plan Anual de Control 2010, deberán descargar y actualizar las Tablas Paramétricas que se encuentran a su disposición en la página Web de la Contraloría General de la República. Lima, 23 de noviembre de 2009 SECRETARÍA GENERAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 427244-1