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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (29/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de noviembre de 2009 406935 supervisión y fi scalización de la cooperación internacional no reembolsable y la correcta utilización de los recursos, según lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley Nº 27692, Ley de creación de la APCI; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 044-2009/APCI-DE, de fecha 28 de mayo de 2009, la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, aprobó el Plan Anual de Fiscalización 2009 (PAF-2009), presentado por la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI; Que, el PAF-2009 estableció que fueran ciento veinte (120) el número de acciones de fi scalización programadas para efectuarse durante el presente período, de los cuales noventa y dos (92) se efectuarían sobre las intervenciones de cooperación ejecutadas durante el año 2008 por las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y las Entidades e Instituciones de Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), y veintiocho (28) sobre las donaciones de ropa y calzado usado recibidas por las Instituciones Privadas sin fi nes de lucro Receptoras de Donaciones de carácter Asistencial o Educacional provenientes del exterior (IPREDA); Que, la muestra representativa para seleccionar a las intervenciones de cooperación ejecutadas y a las donaciones de ropa y calzado usados que serían objeto de las acciones de fi scalización, responde a la aplicación de criterios de gestión, basados en una previa estratifi cación según los recursos de cooperación ejecutados durante el año precedente, y a criterios técnicos de ponderación, considerando las variables de las áreas temáticas y zonas geográfi cas a las que fueron destinados los mencionados recursos, de conformidad con lo previsto en la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 044-2007-RE; Que, mediante el documento de Visto, la Dirección de Fiscalización y Supervisión recomienda reajustar el tamaño de la muestra seleccionada prevista en el PAF-2009, proponiendo que se reduzca a cien (100) el número de acciones de fi scalización programadas para el presente año, lo que implica que se modifi que de noventa y dos (92) a setenta y dos (72), la cantidad de acciones de fi scalización que se realizarán sobre las intervenciones de cooperación internacional ejecutadas durante el año precedente, en razón que la brevedad del plazo para la culminación del PAF-2009, no permite que se realicen una efi ciente fi scalización a todas las intervenciones previstas inicialmente, alcanzando para tal efecto un Cuadro Anexo conteniendo la Relación de Instituciones que no se fi scalizarían en el 2009; Que, la Dirección de Fiscalización y Supervisión fundamentó su recomendación en razones basadas en la estrategia operativa empleada que priorizó la fi scalización de las intervenciones de cooperación ejecutadas en un área de concentración geográfi ca por departamentos o regiones, con el propósito de optimizar el gasto asignado al desplazamiento y viáticos del equipo fi scalizador, difi riéndose las fi scalizaciones de la intervenciones ejecutadas en áreas alejadas o en las que se hubieran ejecutado un número considerable de fi scalizaciones, a fi n de procurar mantener una presencia fi scalizadora en todo el territorio nacional; Que, asimismo, la Dirección de Fiscalización y Supervisión realizó en forma paralela nueve (09) acciones de supervisión y fi scalización de ofi cio no programadas que por su relevancia pública debieron adoptarse y atendió diez (10) denuncias, causando la distracción de recursos y personal originalmente asignados a las fi scalizaciones programadas; a lo que debe agregarse el retraso para el inicio de la fi scalizaciones debido a la necesaria capacitación al personal fi scalizador contratado; y la reestructuración que debe realizarse de los procesos internos de fi scalización con el propósito de asignar un profesional adicional como promedio en los equipos multidisciplinarios de fi scalización; Que, en función de lo expuesto, y atendiendo a que la Dirección de Fiscalización y Supervisión ha desarrollado diez y nueve (19) acciones no programadas, la Dirección Ejecutiva de la APCI considera procedente el reajuste del número de la muestra representativa seleccionada en el PAF-2009, de conformidad con los términos expuestos en el Plan Anual de Fiscalización 2009 Reajustado, a fi n de cumplir con mayor efi cacia las atribuciones de fi scalización conferidas por la ley, disponiendo que la Dirección de Fiscalización y Supervisión priorice en el próximo Plan Anual de Fiscalización 2010, la inclusión de las veinte (20) intervenciones de cooperación internacional que no se fi scalizarían en el presente año; Con los visados de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y sus normas modifi catorias; la Ley Nº 28154, Ley que prohíbe la importación de ropa y calzados usados; el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, Reglamento de Organización y Funciones de la APCI; el Decreto Supremo Nº 024-2005-PRODUCE, que establece los mecanismos de coordinación intersectorial para control y fi scalización de donaciones de ropa y calzado usados; en concordancia con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 044-2007-RE, que aprueba la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Plan Anual de Fiscalización 2009 Reajustado, que modifi ca el tamaño de la muestra representativa seleccionada en el Plan Anual de Fiscalización 2009; Artículo 2º.- MODIFICAR el tamaño total de la muestra representativa seleccionada para las acciones de fi scalización, prevista en el Plan Anual de Fiscalización 2009, que fuera aprobado por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 044-2009/APCI- DE, reajustando las mismas de ciento veinte (120) a cien (100), dejando sin efecto para el presente año las veinte (20) acciones de fi scalización que constan en la Relación de Instituciones que no se fi scalizarán en 2009, según Cuadro Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- DISPONER que la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI priorice en el próximo Plan Anual de Fiscalización 2010, la inclusión de las veinte (20) intervenciones de cooperación técnica internacional previstas en el Plan anual de Fiscalización del presente año. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la APCI: www.apci. gob.pe Artículo 5º.- DISPONER que la Ofi cina General de Administración notifi que la presente Resolución Directoral Ejecutiva a las unidades orgánicas de la APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SÁNCHEZ Director Ejecutivo 429131-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Tipificación de Infracciones y la Escala de Multas y Sanciones para los incumplimientos derivados de las obligaciones establecidas en la Ley Nº 29410 y Decreto Supremo Nº 075- 2009-EM RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 229-2009-OS/CD Lima, 26 de noviembre de 2009