Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2009 (29/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406949

El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- CREAR, el Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de la Region MORDAZA de MORDAZA, cuyo objetivo central es la realizacion de actividades de coordinacion, evaluacion y seguimiento a los esfuerzos a favor de la Prevencion y Erradicacion progresiva del Trabajo Infantil en la Region MORDAZA de Dios; asi como proponer politicas en materia de trabajo infantil. Articulo Segundo.- ESTABLECER, que son funciones del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de la Region MORDAZA de MORDAZA, las siguientes: 1. Elaborar el Plan Regional sobre la materia, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, debiendo ser publicado en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como, en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. 2. Coordinar y velar por el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas por los Programas de la Organizacion Internacional del Trabajo en el area de trabajo infantil y otras funciones que resulten pertinentes para cumplir con los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Peruano y con la Politica del Gobierno Regional y Central. 3. Orientar las acciones para la eliminacion del trabajo infantil en sus peores formas y por debajo de la edad minima de 14 (catorce), anos en la Region MORDAZA de Dios. Articulo Tercero.- DISPONER, que el Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de la Region MORDAZA de MORDAZA, estara integrado de la siguiente manera: 1. El Presidente Regional o su representante, quien lo presidira. 2. El Gerente Regional de Desarrollo Social. 3. El Gerente Regional de Desarrollo Economico. 4. Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. 5. Un representante de la Direccion Regional de Educacion. 6. Un representante de la Direccion Regional de Salud. 7. Un representante de la Direccion Regional de Agricultura. 8. Un representante de la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos. 9. Un representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. 10. Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. 11. Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones. 12. Un representante de la Direccion Regional de la Produccion. 13. Un representante de las Municipalidades Provinciales de la Region. 14. Un representante de la Policia Nacional del Peru. 15. Un representante del Poder Judicial. 16. Un representante del Ministerio Publico. 17. Un representante de los Sindicatos de Trabajadores de la Region. 18. Un representante de la Camara de Comercio de MORDAZA de Dios. 19. Un representante de ONGs que acrediten experiencia en la materia y otros que el Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de la Region MORDAZA de MORDAZA, considere incorporarlos en forma posterior. Articulo Cuarto.- DISPONER, que la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, actuara como Secretario Tecnico del mencionado comite directivo regional y contara con el apoyo tecnico de expertos del programa internacional de la Erradicacion

del Trabajo Infantil de la O.I.T. y del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para cuyos efectos se estableceran las coordinaciones necesarias. Articulo Quinto.- ESTABLECER, un plazo de 30 (treinta) dias habiles de publicada la presente, para la implementacion del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de MORDAZA de Dios. Asimismo, las instituciones que integran el CDRPETI, designaran y acreditaran a sus representantes, ante la Secretaria Tecnica del Comite Directivo Regional, indicando un titular y un alterno, en el termino de 10 (diez) dias habiles de publicada la presente ordenanza regional. Articulo Sexto.- ESTABLECER, que una vez instalado el Comite, este en sesion plena, sera el encargado de elaborar sus documentos de gestion; asi como formar comisiones especializadas para abordar los temas objetos de la presente. Articulo Septimo.- ENCARGAR, al ejecutivo regional la ejecucion de un proyecto de inversion publica, para la viabilidad e implementacion de lo dispuesto a traves de la presente ordenanza. Articulo Octavo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA KAWAY KOMORI Presidente Regional 428755-1

Modifican Reglamento Consejo Regional

Interno

del

ORDENANZA REGIONAL Nº 031-2009-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el 25 de septiembre del ano 2009, aprobo la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2008GRMDD/CR, de fecha 4 de febrero del 2008, se aprobo el Reglamento Interno del Consejo Regional, encargando a la Secretaria del Consejo Regional su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Que, el articulo 15, inciso "e" de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que una de las atribuciones del Consejo Regional es aprobar su Reglamento Interno. Asimismo, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno

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