Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2009 (29/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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MIEMBROS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de noviembre de 2009

· Un representante de la Municipalidad Provincial de Tambopata. · Un representante del Instituto Nacional de CulturaINC · Un representante de la Camara de Comercio, Industria y Turismo de MDD. · Un representante de la Direccion General Forestal de Fauna Silvestre. · Un representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana-IIAP. · Un representante de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA · Un representante de la Asociacion de Hoteles, Restaurantes y Afines. · Un representante de las lineas aereas. · Un representante de la Policia Ecologica · Un representante de la Federacion MORDAZA del Rio MORDAZA de MORDAZA y afluentes. · Un representante del Instituto Superior Tecnologico MORDAZA Basadre Grohman. · Un representante del Servicio Nacional de Adiestramiento Tecnico Industrial ­ SENATI. Articulo Tercero.- ESTABLECER, que el Consejo Regional de Turismo de MORDAZA de MORDAZA elaborara su Reglamento Interno en un plazo MORDAZA de 30 (treinta) dias calendarios, a partir de la fecha de publicacion de la presente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA KAWAY KOMORI Presidente Regional 428753-1

Crean el Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de la Region MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2009-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 03 de MORDAZA del 2009. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a), del articulo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el articulo 1 de la Constitucion Politica del Peru, establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, concordante a ello, el articulo 2, numerales 1 y 22, establecen como derechos fundamentales de las persona el derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica, a su libre desarrollo y bienestar. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Asimismo, prescribe en su articulo 23 que el trabajo en sus diversas modalidades, es objeto de atencion prioritaria del Estado, el cual protege a la MORDAZA, al menor de edad y al impedido que trabajan. Que, el articulo 48 de la Ley N° 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece las funciones en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa, Inc. a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de trabajo, promocion del empleo y fomento de la pequena y micro empresa, con la politica general del gobierno y los planes sectoriales. Que, el articulo 60 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, Inc. h) Formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad. Que, el articulo 8 de la Ley N° 27902, Ley que modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que las Direcciones Regionales son responsables de la implementacion y ejecucion de las politicas nacionales sectoriales y de las politicas regionales sectoriales en el ambito regional. Estan bajo la direccion del Sector y de la Gerencia Regional correspondiente, respectivamente, ante quienes dan cuenta de su gestion. Que, mediante Resolucion Ministerial N° 202-2005TR, se aprobo el Reglamento del Comite Directivo Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil-CPETI, el mismo que en su articulo 4, establece que se conformaran Comites Descentralizados en coordinacion con los Gobiernos Regionales. Dichos Comites estaran integrados por los representantes de los diversos sectores e instituciones que constituyen el Comite Directivo Nacional, en Concordancia con el Plan Nacional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005TR, el mismo que establece que desde las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo, se impulsara la Formacion de Comites Directivos Regionales de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil. Que, los Comites Regionales tendran fundamentalmente la funcion de sensibilizar a los actores regionales, sobre el problema del trabajo infantil en cada region, difundir y promover la ejecucion del Plan Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, responsabilizandose a nivel regional del monitoreo del mismo. Que, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero Regional, presento ante el Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional, a fin de Conformar el Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de la Region MORDAZA de Dios. Que, mediante Informe Nº 002-2009-GOREMAD/ DRTPE/DPSC, la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, emite opinion favorable, respecto al proyecto referido en el considerando precedente. Que, mediante Opinion Legal Nº 013-2009-GOREMAD/ ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, considera coherente el proyecto en mencion y opina favorablemente, para la emision de la presente ordenanza. Que, mediante Dictamen Nº 004-2009-GOREMAD/ CPFTPEPYME, la Comision de Presupuesto, Fiscalizacion, Trabajo, Promocion del Empleo, la Pequena y Micro Empresa del Consejo Regional, emite opinion favorable para su debate y correspondiente aprobacion del mencionado proyecto. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA por unanimidad de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido precedentemente.

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