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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de noviembre de 2009 406939 población asalariada de la actividad privada, además se debe aprobar el formulario respectivo y fi jar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 ”Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas (EROE) en Lima Metropolitana”, correspondiente al IV Trimestre 2009, dirigida a las empresas seleccionadas de 10 a más trabajadores, de la actividad económica correspondiente a la Industria Bienes de Consumo (alimentos y bebidas; textiles, confecciones y calzado) la misma que será ejecutada por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, que forma parte integrante de la presente Resolución, el cual servirá para relevar información correspondiente al mes de noviembre del 2009 y será remitido a las empresas por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE. Artículo 3º.- Los formularios debidamente diligenciados deberán ser entregados hasta el 09 de diciembre del 2009, a la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE, utilizando uno de los siguientes medios: vía telefax: N° 6306032- 6306027; vía correo electrónico: eroe@mintra.gob.pe - javiladelvalle@ mintra.gob.pe y en Av. Salaverry N° 655 – ofi cina 1008, distrito de Jesús María-Lima. Asimismo, las consultas podrán efectuarse a los teléfonos Nº 6306000 – 6306030 – 6306060 anexos 1068 – 1081 y 1082. Artículo 4º.- Las empresas a que se refi ere el artículo 1°, que incumplan con la presentación de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas en Lima Metropolitana”, correspondiente al IV Trimestre del 2009, en la fecha establecida, serán multadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87º, 89º y 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 429001-1 Autorizan la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana, durante el año 2010 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 337-2009-INEI Lima, 18 de noviembre del 2009 Visto el Ofi cio N° 301-2009-MTPE/4/10.3, de la Ofi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción durante el año 2010, a empresas de Lima Metropolitana. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene programado realizar durante el período enero - diciembre 2010, la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción”, de empresas privadas en Lima Metropolitana, toda vez que requiere contar con información de las variaciones coyunturales en el volumen de la demanda de mano de obra por parte del sector privado de nuestra economía, que será de utilidad para la toma de decisiones sobre políticas de empleo y recursos humanos la misma que cuenta con el manual metodológico y la fi cha técnica correspondiente; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, viene ejecutando las Encuestas en concordancia con el numeral 11 del artículo 7º de la Ley 29381 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana, dirigida a una muestra de 865 empresas con 10 a más trabajadores que pertenecen a este sector, así como aprobar el formulario respectivo y fijar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana, durante el año 2010, dirigida a una muestra representativa de empresas con 10 a más trabajadores que se dedican a las siguientes actividades: Preparación del terreno (CIIU: 4510); Construcción de edifi cios completos y partes de edifi cios, Obras de ingeniería civil (CIIU: 4520); Acondicionamiento de edifi cios(CIIU: 4530); Terminación de edifi cios (CIIU: 4540); Alquiler de equipo de construcción y demolición dotado de operarios (CIIU: 4550). Dicha Encuesta será ejecutada por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE. Artículo 2°.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, que forma parte integrante de la presente Resolución, el mismo que será remitido por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE, a las empresas en referencia. Artículo 3°.- Las personas jurídicas a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución deberán devolver el formulario diligenciado hasta el día 7 del mes siguiente al que se informa. Artículo 4°.- Las empresas que incumplan con la presentación de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana, en la fecha establecida, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87°, 89º y 91° del Decreto Supremo Nº 043-2001- PCM. Regístrese, comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 429001-2