Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2009 (30/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de noviembre de 2009

entre otros, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como funcionario responsable del contenido de la informacion ofrecida via el MORDAZA de Internet de la APCI, funcionario que actualmente ya no presta servicios no autonomos a esta Agencia; Que, asimismo, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 120-2008/APCI-DE de fecha 14.11.2008, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quelopana MORDAZA, como funcionario responsable de la actualizacion del contenido de la informacion ofrecida via el MORDAZA de Internet de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI; Que, sin embargo, es necesario que la designacion del responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la APCI, recaiga en un solo funcionario; Que, por lo expuesto resulta necesario designar al MORDAZA funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion ofrecida via MORDAZA de Transparencia de la APCI, asi como dejar sin efecto las designaciones senaladas; Con las visaciones de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692 - Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI y sus normas modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus normas modificatorias y en concordancia con lo establecido en TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUELOPANA MORDAZA, como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI. Articulo 2º.- DEJAR sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 004-2006/APCI-DE de fecha 17 de enero de 2006, asi como la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 120-2008/APCI-DE de fecha 14 de noviembre de 2008. Articulo 3º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion Directoral Ejecutiva al interesado, para las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 429131-2

El Memorando Nº GFM-568-2009 de la Gerencia de Fiscalizacion Minera, por el cual se remite el Proyecto que aprueba la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploracion minera y para las actividades de explotacion minera por no contar con estudio de impacto ambiental y autorizaciones; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27699 ­Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como aprobar la Escala de Multas y Sanciones; Que, conforme a la Ley Nº 28964, OSINERGMIN asumio la competencia para referida a las actividades de supervision y fiscalizacion de Seguridad e Higiene Minera y de conservacion y proteccion del Ambiente en las actividades mineras. Que, conforme al articulo 13° de la Ley Nº 28964, para el ejercicio de las funciones de fiscalizacion y supervision de las actividades mineras, el Consejo Directivo de OSINERGMIN esta facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como para graduar las sanciones. Que, conforme al articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo del OSINERGMIN a traves de resoluciones. Que, la Gerencia de Fiscalizacion Minera ha presentado un proyecto de resolucion que aprueba la Tipificacion de Infracciones y la Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploracion minera y para las actividades de explotacion minera por no contar con estudio de impacto ambiental y autorizaciones, con la finalidad de facilitar la labor de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras. Que, vista la propuesta presentada por la Gerencia de Fiscalizacion Minera con opinion favorable de la Gerencia Legal y de la Oficina de Estudios Economicos: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion. Aprobar la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploracion minera y para las actividades de explotacion minera por no contar con estudio de impacto ambiental y autorizaciones, anexos 1 y 2 de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publicacion. Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA institucional del OSINERGMIN. Articulo 3º - Vigencia. La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION TRANSITORIA UNICA Para las infracciones no previstas en los anexos de la presente Resolucion, se mantienen vigentes las sanciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 353-2000- EMVMM. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploracion minera y para las actividades de explotacion minera por no contar con estudio de impacto ambiental y autorizaciones
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 211-2009 OS/CD MORDAZA, 10 de noviembre de 2009

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