Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2009 (30/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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control de extranjeros en nuestro territorio, asi como su situacion juridica. Carece de disposiciones referidas a las responsabilidades que el Estado tiene para la proteccion de los derechos de los extranjeros. Por otro lado, desde su entrada en vigencia en el ano 1991, no cuenta con un reglamento. Por su parte, el Reglamento Consular contiene el MORDAZA juridico que orienta la actuacion estatal para mantener la vinculacion con las comunidades nacionales en el exterior y el funcionamiento de los programas de proteccion y asistencia al nacional en los paises de destino (proteccion legal, asistencia humanitaria y servicios consulares). Las demas normas regulan temas especificos como el refugio, asilo, algunas situaciones de retorno, la trata de personas y el trafico ilicito de migrantes. Con relacion a la atencion de los migrantes peruanos, la Defensoria del Pueblo ha podido percibir que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el ente que, en razon de su importancia, mas empeno ha mostrado en la incorporacion de un enfoque de derechos en el cumplimiento de sus responsabilidades. Desde el ano 2001 y como consecuencia del considerable incremento de la emigracion peruana, aprobo la "Politica consular de proteccion, promocion y asistencia a las comunidades en el exterior", que comprende siete lineamientos de accion que guian la funcion consular. La Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, conforme al MORDAZA legal vigente, ha privilegiado un enfoque de seguridad en la atencion del control migratorio. Por otra parte, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, luego de haber impulsado el tema de las intermediaciones laborales entre los anos 2004 a 2007, lo suspendio por las dificultades que presentaba la normatividad que regulaba dicha labor, la cual no brindaba una adecuada seguridad en el ejercicio de los derechos laborales de los nacionales peruanos. Se espera que dicha dificultad sea superada MORDAZA a la aprobacion de la nueva directiva que regula el procedimiento para el servicio de intermediacion laboral extranjera. No obstante este conjunto de normas y el soporte institucional descrito, la supervision y el estudio realizado concluyen que aun es necesario el desarrollo de lineamientos MORDAZA para definir la politica publica migratoria del Estado peruano (principios, objetivos, enfoque, responsabilidades, etc.). La mayoria de programas y mecanismos existentes parten de normas sectoriales que carecen de rango normativo adecuado y de mecanismos de coordinacion y vinculacion entre si para garantizar sostenibilidad y un tratamiento integral, descuidandose tambien aspectos relacionados con la proteccion de los inmigrantes en territorio peruano. En sintesis, la politica migratoria peruana no permite asegurar una respuesta integral, articulada y sostenible desde el Estado, para abordar todos los aspectos del MORDAZA migratorio. Cuarto.- Supervision del cumplimiento de las obligaciones del Estado para garantizar los derechos de los migrantes peruanos. Con respecto al derecho a recibir informacion MORDAZA de la salida, la Defensoria del Pueblo ha constatado que no existe informacion disponible -con las caracteristicas senaladas en la Convencion Internacional sobre la proteccion de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares- en los puntos de control migratorio visitados por la Defensoria del Pueblo: Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA (Callao), MORDAZA MORDAZA (Tacna), Aguas Verdes (Tumbes) y Desaguadero (Puno). A este respecto, conviene destacar la iniciativa del Ministerio de Relaciones Exteriores al elaborar una guia de orientacion al migrante en el ano 2005. No obstante, dicho documento no se encuentra disponible en los puntos de salida del MORDAZA, y no ha sido actualizado. Por su parte, con el proposito de supervisar el funcionamiento y cumplimiento de las labores de proteccion legal y asistencia humanitaria que brinda el Estado peruano, la Defensoria del Pueblo recabo informacion en 17 Oficinas Consulares peruanas, ubicadas en las ciudades de Buenos Aires y Cordoba (Argentina), Rio de Janeiro y Sao MORDAZA (Brasil), MORDAZA MORDAZA y La Paz (Bolivia), MORDAZA, MORDAZA y Valparaiso (Chile), Guayaquil y MORDAZA

(Ecuador), Miami y New MORDAZA (EE.UU.), MORDAZA (Espana), Tokio (Japon), MORDAZA (Italia) y Caracas (Venezuela). Los Comisionados designados por la Defensoria del Pueblo realizaron visitas de supervision a 11 de los Consulados mencionados. De la informacion recabada se ha verificado que la labor de proteccion legal es brindada por los propios funcionarios consulares (Consul y Consul Adscrito) y mediante el "Sistema de Apoyo Legal al Connacional en el Exterior", mecanismo creado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y conformado por abogados, Organismos no gubernamentales (ONG), clinicas juridicas y otras instituciones dedicadas a brindar servicios de asistencia legal gratuita, de manera voluntaria y sin costo para el Estado. Asimismo, se ha constatado que los 17 Consulados senalados estan cumpliendo con organizar el referido sistema a partir de un listado de instituciones o personas naturales, MORDAZA a las cuales los peruanos migrantes pueden conseguir orientacion y asistencia legal libre de costos. Se debe senalar que los requerimientos de orientacion y atencion legal de los migrantes peruanos comprenden distintas tematicas y que muchas de ellas son especializadas (en temas laborales como reclamos de remuneraciones impagas, inexistencia o incumplimiento de contratos laborales, respeto de la jornada laboral; asi como en asuntos de orden administrativo en los procedimientos de regularizacion migratoria; en legislacion sobre seguridad social; en acceso a la salud y educacion de sus hijos; en discriminacion; en obtencion de documentacion para beneficios sociales, etc.), por lo que, pese a los esfuerzos desplegados por las Oficinas Consulares, se ven permanentemente desbordadas por la cantidad de consultas que reciben diariamente, lo cual genera algunos niveles de tension con la comunidad peruana de su jurisdiccion, que reclama mayor atencion en estos temas. Todo lo expuesto permite precisar la necesidad de contar con mayores recursos humanos, economicos y especializados que permitan una mejor y mayor atencion respecto a los asuntos de mayor interes de los migrantes peruanos. Con relacion al mecanismo de asistencia humanitaria, durante las visitas de supervision a 11 Consulados se tomo conocimiento de que los pedidos de asistencia humanitaria mas recurrentes estan referidos a la ubicacion de personas cuyos paraderos se desconocen, la repatriacion de personas y cadaveres, asi como a la asistencia a los detenidos, presos y personas hospitalizadas o en estado de especial vulnerabilidad. La principal dificultad advertida esta relacionada con los recursos economicos que los consulados tienen a su cargo para esta tarea, debido a que los montos que se les asigna no son uniformes en todos los consulados y en muchos casos no permiten atender a todas las solicitudes de asistencia humanitaria que reciben. Segun la informacion proporcionada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, el presupuesto mensual asignado durante el 2009 por concepto de asistencia legal y humanitaria en los Consulados que fueron materia de estudio consta de diversos montos: el Consulado de Buenos Aires recibe 1,200 dolares mensuales; los consulados en MORDAZA, MORDAZA y Miami, 1,000 dolares cada uno; el de MORDAZA percibe 750 dolares mensuales; el de MORDAZA, 700 dolares mensuales; el MORDAZA, 650 dolares mensuales; y, el de Barcelona, 500 dolares mensuales. La asignacion destinada al resto de los Consulados no supera los 400 dolares mensuales. Los Consulados que menos recursos reciben para asistencia humanitaria y legal, son los de Rio de Janeiro (100 dolares), Cordoba (150 dolares), Sao MORDAZA, Guayaquil y Los MORDAZA (200 dolares cada uno). Resulta ilustrativo calcular el costo del traslado de los restos de un compatriota desde Sao MORDAZA a Lima: supera los dos mil dolares y el Consulado peruano en dicha MORDAZA solo cuenta con 200 dolares mensuales para la atencion de todas las solicitudes. Por ello es importante que el Ministerio de Relaciones Exteriores MORDAZA en consideracion la realidad de los costos de cada MORDAZA al momento de asignar los recursos correspondientes a la asistencia humanitaria.

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