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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de noviembre de 2009 406997 3.2.1.6 No cumplir con las medidas de cierre temporal. Artículos 7.2º inciso c), 38º, 39º y 43º del RAAEM y numerales VIII y IX de los Anexos I y II de la Resolución Ministerial Nº 167-2008- MEM/DM, respectivamente. Hasta 100 UIT - GFM GG CONSEJO DIRECTIVO ** 3.2.2 Medidas de Post Cierre 3.2.2.1 No realizar el mantenimiento físico de los componentes rehabilitados y cerrados. Artículos 7.2º inciso c), 38º y 41º del RAAEM y numeral IX del Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 167-2008-MEM/DM. Hasta 600 UIT - GFM GG CONSEJO DIRECTIVO ** 3.2.2.2 No realizar el monitoreo de la estabilidad física y química. Artículos 7.2º inciso c), 38º y 41º del RAAEM y numeral IX del Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 167-2008-MEM/DM. Hasta 150 UIT - GFM GG CONSEJO DIRECTIVO ** 3.2.2.3 No realizar los monitoreos de efl uentes ni de calidad de agua u otros aprobados en los estudios ambientales. Artículos 7.2º inciso c), 38º y 41º del RAAEM y numeral IX del Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 167-2008-MEM/DM. Hasta 150 UIT - GFM GG CONSEJO DIRECTIVO ** ANEXO 2 TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES Y LA ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES PARA LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN MINERA POR NO CONTAR CON ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y AUTORIZACIONES Rubro 1: INCUMPLIMENTO DE NORMAS SOBRE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL Rubro 2: INCUMPLIMIENTO DE NORMAS SOBRE AUTORIZACIONES PARA CONCESIONES DE BENEFICIO LEYENDA (Base Legal) LEYENDA (Órganos competentes para resolver) Ƒ RPAAMM: Reglamento para la protección ambiental en la actividad minero metalúrgica (aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 93-EM). Ƒ O.I.:Órgano Instructor Ƒ RPM: Reglamento de Procedimientos Mineros (aprobado por Decreto Supremo 018-92-EM). Ƒ O.S.:Órgano Sancionador Ƒ Ley Nº 27446: Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Ƒ GFM: Gerencia de Fiscalización Minera Ƒ Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM: Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental Ƒ GG: Gerencia General Ƒ Decreto Legislativo Nº 1048: Decreto Legislativo que precisa la regulación minera ambiental de los depósitos de almacenamiento de concentrados de minerales. Ƒ CD: Consejo Directivo LEYENDA (Sanción No Pecuniaria) Ƒ STA: Suspensión Temporal de Actividades LEYENDA (Sanciones Pecuniarias) Ƒ SDA: Suspensión Defi nitiva de Actividades Ƒ UIT- Unidad Impositiva Tributaria. NOTA Ƒ NOTA 1.- ** De forma transitoria el órgano competente en segunda instancia es el Consejo Directivo del OSINERGMIN, en tanto se concluya la implementaciòn del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energìa y Mineria. Rubro 1 TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN BASE LEGAL Sanción Pecuniaria Sanción No Pecuniaria Órganos competentes para resolver Primera instancia Segunda instancia O.I O.S. 1. INCUMPLIMIENTO DE NORMAS SOBRE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL 1.1 No contar con Estudio de Impacto Ambiental Artículo 3º de la Ley Nº 27446 y Artículo 15º del Reglamento de la Ley Nº 27446, Artículo 7º del RPAAMM, Artículo 4º y Primera Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 1048. Hasta 10000 UIT S.D.A. GFM GG CONSEJO DIRECTIVO ** Rubro 2 TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN BASE LEGAL Sanción Pecuniaria Sanción No Pecuniaria Órganos competentes para resolver Primera instancia Segunda instancia O.I O.S. 2. INCUMPLIMIENTO DE NORMAS SOBRE AUTORIZACIONES PARA CONCESIONES DE BENEFICIO 2.1 No contar con autorización de construcción Artículo 37º del RPM. Hasta 10000 UIT S.T.A., S.D.A. GFM GG CONSEJO DIRECTIVO ** 2.2 No contar con autorización de funcionamiento Artículo 38º del RPM. Hasta 3900 UIT S.T.A., S.D.A. GFM GG CONSEJO DIRECTIVO ** Rubro 3 TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN BASE LEGAL Sanción Pecuniaria Sanción No Pecuniaria Órganos competentes para resolver Primera instancia Segunda instancia O.I O.S. 428992-1