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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de octubre de 2009 403827 embarcación pesquera por concepto de multas impuestas por la administración, el supuesto que restringe el cambio de titularidad de los permisos de pesca, se encuentra referido en tanto al actual transferente de la embarcación como a sus predecesores, siendo que la norma no hace distinción alguna en dicho sentido y al referirse de forma general a los transferentes comprende a la cadena sucesoria desde el propietario inicial”; Que, en ese sentido de acuerdo a la estructura orgánica del Ministerio de la Producción y siendo la Ofi cina General de Asesoría Jurídica el órgano con mayor legitimidad para opinar en asuntos jurídicos, más aún si el mismo órgano emite opinión jurídica sobre los asuntos o recursos impugnativos que se resuelven en última instancia administrativa por el Ministerio o autoridad delegada. Además, acorde con el principio de economía procesal y predictibilidad, ello permite mantener una misma línea de interpretación sobre asuntos jurídicos entre dos instancias resolutivas del Ministerio de la Producción; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 450- 2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Memorando Nº 000894- 2009-PRODUCE/OGAJ, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera SAN MARTIN 10 de matrícula CE-0228-PM, presentada por la señora GLORIA BERTHA SOLORZANO ALVARADO Gerente General de la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS DEL MAR S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 405392-1 Aprueban cambios de titulares de permisos de pesca a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 742-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 17 de septiembre del 2009 Visto los escritos de Registros Nºs. 00035521-2009, 00035521-2009-1, 00035521-2009-2 y 00035521-2009-3 del 7 de mayo, 4 de junio, 23 de julio y 8 de setiembre del 2009, respectivamente, presentados por ROMAN MACARIO FIESTAS JACINTO, MAGUIN FIESTAS JACINTO, ESTEBAN FIESTAS JACINTO, URCINO FIESTAS JACINTO, SEBASTIAN FIESTAS JACINTO y CARLOS ALBERTO FIESTAS JACINTO; CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98- PE, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece -entre otros- que la transferencia del permiso de pesca (de las embarcaciones al amparo de la Ley Nº 26920), se efectuará conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 239- 2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de agosto del 2003, se otorgó permiso de pesca entre otros armadores pesqueros a AUGUSTO FIESTAS FIESTAS, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “DELFIN 2” de matrícula Nº PL-2270-CM, de 40.66 m3 de capacidad de bodega, la cual se dedicara a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y el recurso sardina con destino al consumo humano directo, con uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo y utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 y 38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, a través de los escritos del visto, ROMAN MACARIO FIESTAS JACINTO, MAGUIN FIESTAS JACINTO, ESTEBAN FIESTAS JACINTO, URCINO FIESTAS JACINTO, SEBASTIAN FIESTAS JACINTO y CARLOS ALBERTO FIESTAS JACINTO, solicitan el cambio del titular de permiso de pesca otorgado, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “DELFIN 2” de matrícula Nº PL-2270-CM, acreditando la posesión actual de la citada embarcación con el Certifi cado Compendioso de Dominio de la señalada embarcación pesquera que presentan los administrados; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado, que los administrados han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE, razón por la cual resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 652-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modifi cado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de ROMAN MACARIO FIESTAS JACINTO, MAGUIN FIESTAS JACINTO, ESTEBAN FIESTAS JACINTO, URCINO FIESTAS JACINTO, SEBASTIAN FIESTAS JACINTO y CARLOS ALBERTO FIESTAS JACINTO, el cambio del titular de