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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (16/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de octubre de 2009 404600 el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como pruebas; Que mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas N.° 939 del 9 de agosto de 2001 y Resolución de Superintendencia N.° 170-2007/SUNAT se aprobó, entre otros, la relación de Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia de Aduana Aérea del Callao; Que habiéndose producido cambios y renuncias de personal en la citada Intendencia de Aduana, se ha estimado conveniente modifi car dicha relación; En uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Fedatarios Administrativos de las siguientes personas de la Intendencia de Aduana Aérea del Callao, a que se refi eren la Resolución de Superintendencia de Aduanas N.° 939 del 9 de agosto de 2001 y el Anexo de la Resolución de Superintendencia N.° 170-2007/SUNAT: Titular: - Eusebio Sánchez Lara Alterno: - Nancy Fabiola Rostaing Rivera Artículo 2°.- Designar como Fedatarios Titular y Alternos de la Intendencia de Aduana Aérea del Callao, según el siguiente detalle: Titular: - Mauro Antonio Arroyo Montes Alterno: - Ever Cotrina Medina Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Superintendente Nacional 409864-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en la Provincia Constitucional del Callao JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RSEOLUCIÓN Nº 227-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 14 de octubre de 2009 Visto el Expediente N° 192-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 177 955,68 m², ubicado frente a la avenida Prolongación Centenario entre el Océano Pacífi co y la ex Hacienda Taboada y Oquendo, en el distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 177 955,68 m², ubicado frente a la avenida Prolongación Centenario entre el Océano Pacífi co y la ex Hacienda Taboada y Oquendo, en el distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, la Ofi cina del Callao de la Zona Registral N° IX - Sede Lima sobre la base del Informe Técnico Nº 8049- 2009-SUNARP-Z.R.N°IX/OC, de fecha 09 de setiembre de 2009, informa que el terreno materia de consulta se ubica en ámbito donde a la fecha no se cuenta con información gráfi ca de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 14 de octubre de 2009, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza ribereño al mar y se encuentra comprendido parcialmente dentro de la zona de playa y de dominio restringido; Que, el artículo 39° del Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA, Reglamento de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, establece que la inmatriculación en el Registro de Predios de los predios ubicados en zonas de playas y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las zonas de dominio restringido corresponde a la SBN, la que deberá disponerse mediante resolución respectiva y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimétrico-ubicación que la sustente, constituyen título sufi ciente para todos los efectos legales; Que, encontrándose el terreno sub materia en zona de playa y de dominio restringido corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 177 955,68 m² de conformidad con los Artículos 38° y 39° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0513-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 14 de octubre del 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 177 955,68 m², ubicado frente a la avenida Prolongación Centenario entre el Océano