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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de octubre de 2009 404599 de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, Decreto Supremo N° 050-2001-MTC y demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car –en el extremo pertinente- de conformidad al “Acta de Reunión de Consulta de Autoridades Aeronáuticas Civiles de la República del Perú y la República de Chile”, suscrita con fecha 22 de marzo del 2007, ratifi cada mediante Resolución Ministerial N° 147-2007-MTC/02, la Resolución Directoral Nº 063- 2009-MTC/12 del 18 de marzo de 2009, que otorgó a LAN CARGO S.A., la Renovación y Modifi cación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de carga, por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del 12 de marzo del 2009, fecha siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral Nº 034-2007-MTC/12 del 13 de febrero del 2007, bajo las siguientes condiciones: MATERIAL AERONÁUTICO: - BOEING B-767. - BOEING B-777. Artículo 2°.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 063-2009-MTC/12 del 18 de marzo de 2009, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LÓPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 404325-1 Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Brevetes Perú S.A.C. la ampliación de su plana docente RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2882-2009-MTC/15 Lima, 4 de septiembre de 2009 VISTOS: Los Registros Nº 075594; Nº 079847, y Nº 084785 de fechas 15 y 23 de junio, y 21 de julio del año en curso presentados, por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES PERU S.A.C. mediante los que solicita autorización para ampliar su plana docente previamente autorizada por esta administración y; CONSIDERANDO: Que, según Resolución Directoral Nº 1582-2009- MTC/15 de fecha 20 de abril último, se otorgó a la empresa BREVETES PERU S.A.C autorización para funcionar como una Escuela de Conductores Integrales; Que, mediante Ofi cio Nº 6853-2009-MTC/15.03 de fecha 26 de junio de 2009, se comunicó a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES PERU S.A.C. las observaciones formuladas a su solicitud indicada en vistos, otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles a fi n que las subsane; por consiguiente, mediante el Registro Nº 084785 de fecha 21 de julio de 2009, el recurrente subsana los defectos advertidos respecto a su solicitud de modifi cación de plana docente dentro del término legal previsto; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, en adelante el Reglamento, establece, en el literal 43.2 del artículo 43º las condiciones de acceso que deben presentar las Escuelas de conductores, precisando los requisitos de idoneidad y experiencia que deben ostentar los Instructores propuestos; Que, según Informe Nº 920-2009-MTC/5.03 de fecha 24 de agosto de 2009, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES PERU S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES PERU S.A.C. la ampliación de su plana docente incluyéndose a los docentes que a continuación se indican: CURSO A CARGO DOCENTES PROPUESTOS Director Juan Alberto Lazarte Carranza Instructor Teórico de Tránsito - Luis Eduardo Vidal Terrones - Horacio García Ríos - Jorge Cesar Charapaqui Poma Instructor Práctico de Manejo - Gonzalo Javier Ledezma Elías -.Luis Enrique Villanueva Bernardo Instructor Teórico- Práctico de Mecánica - Cesar Augusto Palomino Villaverde Instructor Teór.-Prác. en Primeros Auxilios - Víctor Eduardo Alanya Pereyra Psicólogo - Isabel Dina Trigoso Ascama Artículo Segundo.-. Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES PERU S.A.C los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 400711-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Deja sin efecto y designa Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia de Aduana Aérea del Callao RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 216-2009/SUNAT Lima, 14 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que el Artículo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece