Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2009 (17/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de octubre de 2009

SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 1823-2009-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1051-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, entre otros documentos, referentes a la emision de la Ordenanza Nº 000121-2009-MDSJM de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, con el objeto que el Concejo Municipal emita pronunciamiento publico de rechazo y se autorice a la Procuraduria Publica Municipal a iniciar las acciones judiciales por los delitos de usurpacion de funciones y abuso de autoridad contra los miembros del Concejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ley Nº 27795 se aprobo la Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, estableciendo en su Articulo 1º "La presente Ley tiene por finalidad, establecer las definiciones basicas, criterios tecnicos y los procedimientos para el tratamiento de demarcacion territorial que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo de conformidad con el numeral 7) del articulo 102º de la Constitucion Politica del Estado, asi como lograr el saneamiento de limites y la organizacion racional del territorio de la Republica"; Que, el Articulo 41° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; Que, en atencion a lo acordado en reunion del 14.09.2009 por la Comision encargada de la evaluacion de la Situacion de Delimitacion y Demarcacion Territorial del distrito de MORDAZA de MORDAZA, constituida mediante Resolucion Nº 077-2009-RASS del 12.01.2009, la Gerencia de Asesoria Juridica a traves del Informe Nº 1051-2009GAJ-MSS del 22.09.2009, senala que mediante Ordenanza Nº 000121-2009-MDSJM publicada el 10.09.2009 de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, se establecen facilidades de caracter administrativo (exoneracion del 100% del costo del procedimiento) para la obtencion del Certificado de Jurisdiccion; Que, el Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que la Ordenanza Nº 000121-2009-MDSJM ha establecido ademas la ampliacion de la vigencia y modificacion del Articulo 3º de la Ordenanza Nº 00222003-MDSJM, mediante la cual se otorgan beneficios de caracter tributario como la condonacion de intereses y moras sobre deudas vencidas por Impuesto Predial, exoneracion del pago de arbitrios a los contribuyentes de las zonas limitrofes con los distritos de Chorrillos y MORDAZA de MORDAZA, en los cuales no se MORDAZA prestado a plenitud los servicios correspondientes, otorga facilidades para el fraccionamiento de deudas y condona multas administrativas por omision a la inscripcion que se efectue en dicha Municipalidad; Que, asimismo senala que, la referida Ordenanza afecta a los vecinos del distrito, toda vez que dicha disposicion induce a error a los vecinos de las zonas colindantes a dicho distrito, ocasionando evasion tributaria por parte de aquellos vecinos que no quieran pagar los arbitrios municipales por servicios ya prestados y ocasionando malestar contra aquellos contribuyentes del distrito de MORDAZA de MORDAZA que se encuentran al dia en sus obligaciones tributarias, incitando al no pago, por lo que en concordancia con lo establecido en el Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, es potestad del Concejo Municipal emitir pronunciamiento de rechazo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 000121-2009MDSJM, por resultar atentatoria; Que, del mismo modo, precisa que se debe tener en cuenta que el Articulo VI del Titulo Preliminar del Decreto

Supremo Nº 135-99-EF establece que los beneficios de caracter tributario podran tener un plazo MORDAZA de 3 anos, en consecuencia el beneficio tributario otorgado es contrario a derecho toda vez que se esta ampliando la vigencia de una MORDAZA que ha perdido vigencia por mandato de una MORDAZA de caracter tributario y de obligatorio cumplimiento como es la Ordenanza Nº 00222003-MDSJM, por lo que la Ordenanza Nº 000121-2009MDSJM, contraviene la normativa de caracter tributario como ya se ha senalado; Que, el Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica, agrega que, debera considerarse dentro del Acuerdo de Concejo a ser adoptado, se disponga se adopten las acciones judiciales dirigidas contra los miembros del Concejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores al haber cometido usurpacion de funciones que se acredita con la emision de beneficios de caracter tributario sobre zonas cuya jurisdiccion no le corresponden, constituyendo a la vez dicha accion la de abuso de autoridad al desconocer la autoridad que esta Comuna ejerce sobre su jurisdiccion territorial; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye en el Informe Nº 1051-2009-GAJ-MSS, emitiendo opinion, senalando que ante la emision de la Ordenanza Nº 0001212009-MDSJM, corresponde al Concejo Municipal emitir pronunciamiento de rechazo a traves del Acuerdo de Concejo correspondiente, conforme a lo dispuesto por los Articulos 9º numeral 8) y 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, recomendando ademas que, debe considerarse en dicho Acuerdo, el inicio de acciones judiciales a cargo de la Procuraduria Publica Municipal, por los delitos de Usurpacion de Funciones y Abuso de Autoridad cometido por los miembros del Concejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores; Que, con Memorandum Nº 1823-2009-GM-MSS del 22.09.2009, la Gerencia Municipal expresa su concordancia con lo concluido en el precitado Informe, en el sentido que el Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, debe emitir un pronunciamiento publico de rechazo a la emision de la Ordenanza Nº 000121-2009MDSJM y del inicio de las acciones judiciales a cargo de la Procuraduria Publica Municipal, por los delitos de Usurpacion de Funciones y Abuso de Autoridad cometido por los miembros del Concejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores. Que, mediante Resolucion Nº 495-2009-RASS se encargo el Despacho de Alcaldia de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gambirazio MORDAZA, a partir del 01 al 09 de octubre del 2009; Estando al Dictamen Nº 017-2009-CAJ-MSS de la Comision de Asuntos Juridicos, al Informe Nº 10512009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con los Articulos 9º numeral 8) y 41° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, adopto por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- EXPRESAR nuestro rechazo a la Ordenanza Nº 000121-2009-MDSJM de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10.09.2009, al emitir beneficios tributarios sobre zonas cuya jurisdiccion pertenece a MORDAZA de MORDAZA, atentandose contra la autoridad que esta Corporacion Municipal ejerce sobre su jurisdiccion territorial. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica Municipal, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por la expedicion de la MORDAZA senalada en el articulo precedente. Articulo Tercero.- REMITIR copias certificadas de los antecedentes a la Procuraduria Publica Municipal, para los fines que contrae el presente Acuerdo, debiendo informar periodicamente del estado del MORDAZA al Concejo Municipal. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese, y cumplase. MORDAZA GAMBIRAZIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 409867-5

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