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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de octubre de 2009 404768 Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) San Marcos PP-037-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2008 PSAD56 PP-037-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2008 WGS84 23,536.70 2.35 654.93 Artículo 2º.- Ratifi car los demás artículos de la Resolución Directoral Nacional Nº 1319/INC, de fecha 18 de setiembre de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 410428-5 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Lima y Piura RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1498/INC Lima, 6 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1568-2009-SDIC-DA/ INC, de fecha 31 de julio de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan temporada 2008, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0638, de fecha 06 de agosto de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Cerro Belisario II, Cerro Belisario V, Cerro Víbora II, Cerro Víbora IV, Cerro Víbora V, Cerro Víbora VI, Cerro Víbora VII, Cerro Víbora VIII, Cerro Víbora IX, Cerro Víbora X, Cerro Víbora XII, Cerro Víbora XIII, Cerro Víbora XIV, Moya VIII, Moya IX, Moya X, Quebrada Chutana XV, Quebrada Chutana XVI, Quebrada Chutana XVIII, Quebrada Chutana XIX, Quebrada Chutana XX, Quebrada Chutana XXI, Quebrada Chutana XXII, Quebrada Chutana XXIII, Quebrada Chutana XXV, Quebrada Chutana XXVI, Quebrada Chutana XXVII, Quebrada Chutana XXVIII, Quebrada Chutana XXIX, Quebrada Chutana XXX, Quebrada Chutana XXXI, Quebrada Chutana XXXII, Quebrada Chutana XXXIII, Quebrada Chutana XXXIV, Quebrada Las Higueras I, Quebrada Las Higueras II, Quebrada Las Higueras III, Quebrada Las Higueras IV, Quebrada Las Higueras V, Quebrada Las Higueras VI, Quebrada Las Higueras VII, Quebrada Las Higueras VIII, Quebrada Las Higueras IX, Quebrada Las Higueras X, Quebrada Las Higueras XI, Quebrada Las Higueras XII, Quebrada Las Higueras XIII, Quebrada Las Higueras XIV, Quebrada Las Higueras XV, Quebrada Las Higueras XVI, Quebrada Las Higueras XVII, Quebrada Las Higueras XVIII, Quebrada Las Higueras XIX, Quebrada Las Higueras XX, Quebrada Las Higueras XXI, Quebrada Las Higueras XXII, Quebrada Las Higueras XXIII, Quebrada Las Higueras XXIV, Quebrada Las Higueras XXV, Quebrada Las Higueras XXVI, Quebrada Las Higueras XXVII, Cerro Belisario I, Cerro Belisario III, Cerro Belisario IV, Cerro San José I, Cerro San José II, Cerro San José III, Cerro Dos Rayas, Cerro Alpacoto I, Cerro Alpacoto II, La Paloma, Paloma I, Paloma II, Paloma III, Paloma IV, Paloma V, Paloma VI, Cerro San Vicente II, Huavinchurco I, Huavinchurco II, Huavinchurco III, Huavinchurco IV, Huavinchurco V, Uquira IX, Quebrada Chivateros I, Francia, Cerro Víbora I, Cerro Víbora XI, Moya VII, Quebrada Chutana XVII, Quebrada Chutana XXIV y Cerro Víbora III, ubicados en la provincia de Cañete, departamento de Lima; Cerro Quipa I y Cerro Quipa II, ubicados en la provincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Lima Provincia Cañete Nombre de la zona arqueológica monumental Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Cerro Belisario II Chilca 317613 8622548 317392 8622180 Cerro Belisario V Chilca 317871 8625936 317650 8625568 Departamento Lima Provincia Cañete Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Cerro Víbora II Chilca 311112 8624046 310891 8623679 Cerro Víbora IV Chilca 311070 8624243 310849 8623875 Cerro Víbora V Chilca 310547 8624302 310326 8623934 Cerro Víbora VI Chilca 310351 8623834 310130 8623467 Cerro Víbora VII Chilca 310579 8623737 310358 8623369 Cerro Víbora VIII Chilca 309708 8624599 309487 8624231 Cerro Víbora IX Chilca 309774 8624557 309553 8624190 Cerro Víbora X Chilca 310048 8624398 309827 8624030 Cerro Víbora XII Chilca 309444 8624484 309223 8624116 Cerro Víbora XIII Chilca 311931 8622731 311710 8622363 Cerro Víbora XIV Chilca 311322 8623377 311101 8623009 Moya VIII Chilca 316511 8623637 316290 8623269 Moya IX Chilca 314007 8621776 313786 8621408 Moya X Chilca 314177 8621611 313956 8621243 Quebrada Chutana XV Chilca 315915 8623593 315694 8623226 Quebrada Chutana XVI Chilca 315100 8623580 314879 8623212 Quebrada Chutana XVIII Chilca 315361 8624092 315140 8623724 Quebrada Chutana XIX Chilca 314105 8623776 313884 8623408 Quebrada Chutana XX Chilca 313935 8624963 313714 8624596 Quebrada Chutana XXI Chilca 314355 8624498 314134 8624130 Quebrada Chutana XXII Chilca 314729 8625142 314508 8624774 Quebrada Chutana XXIII Chilca 314888 8625068 314667 8624700 Quebrada Chutana XXV Chilca 314899 8624446 314678 8624078 Quebrada Chutana XXVI Chilca 315160 8624384 314939 8624016 Quebrada Chutana XXVII Chilca 315317 8624526 315096 8624158 Quebrada Chutana XXVIII Chilca 315532 8624414 315311 8624046 Quebrada Chutana XXIX Chilca 315562 8624702 315341 8624334 Quebrada Chutana XXX Chilca 315673 8624597 315452 8624230 Quebrada Chutana XXXI Chilca 315902 8624798 315681 8624430 Quebrada Chutana XXXII Chilca 316309 8624362 316088 8623994 Quebrada Chutana XXXIII Chilca 315945 8624286 315724 8623918 Quebrada Chutana XXXIV Chilca 316251 8624048 316030 8623680 Quebrada Las Higueras I Chilca 315894 8616027 315673 8615659 Quebrada Las Higueras II Chilca 315497 8615707 315276 8615339 Quebrada Las Higueras III Chilca 315347 8616373 315126 8616005 Quebrada Las Higueras IV Chilca 316487 8616182 316266 8615814 Quebrada Las Higueras V Chilca 316907 8616109 316686 8615741 Quebrada Las Higueras VI Chilca 317531 8616457 317310 8616089 Quebrada Las Higueras VII Chilca 317202 8616249 316981 8615881 Quebrada Las Higueras VIII Chilca 316453 8615813 316232 8615445