Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2009 (19/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de octubre de 2009

impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adoptarse dentro de los limites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcion entre los medios a emplear y los fines publicos que deba tutelar, a fin que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfaccion de su cometido. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente doctor MORDAZA MORDAZA Navas MORDAZA, con la intervencion de los Vocales Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atendiendo a la reconformacion de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion 035-2008-CONSUCODE/PRE, expedida el 31 de enero de 2008, Resolucion 033-2009-OSCE/PRE, expedida el 25 de febrero de 2009 y publicada el 4 de marzo de 2009 y el Acuerdo de Sala Plena 008/2008.TC, y en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 53, 59 y 61 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 183-2008EF, y los articulos 17 y 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo 0062009-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la empresa Supply Chain Management S.A.C. sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de quince (15) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la comision de la infraccion tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia de publicada la presente Resolucion. 2. Declarar no ha lugar a la imposicion de sancion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de la infraccion tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento, por los fundamentos expuestos, por lo que se debera archivar definitivamente el presente expediente. 3. Poner en conocimiento del Organo de Control Institucional de La Entidad los hechos expuestos en los numerales 13 de los Fundamentos de la presente Resolucion, para que en uso de sus atribuciones, adopte las medidas correctivas pertinentes, para que en lo sucesivo no se cometan tales irregularidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA NAVAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 410293-2

al Jefe de Gabinete de la Defensoria del Pueblo, mediante el que se solicita la emision de la resolucion que autorice el viaje en comision de servicios de la licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asista del 23 de octubre al 1º de noviembre del 2009 a Espana con motivo del XIV Congreso y Asamblea de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman (FIO); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del Asesor Responsable del Area de Estudios y Modernizacion del Defensor del Pueblo de Espana dirigida al Jefe de Gabinete de la Defensoria del Pueblo, se curso invitacion a la licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de que asista del 23 de octubre al 1º de noviembre a Espana con motivo del XIV Congreso y Asamblea de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman; Que, segun los documentos de visto, se comunica que la licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor I de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5, asistira del 23 de octubre al 1º de noviembre del 2009 a Espana con motivo del XIV Congreso y Asamblea de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman; Que, resulta relevante autorizar la participacion de la referida funcionaria conforme a los terminos de la invitacion recibida, habida cuenta que la celebracion del XIV Congreso y Asamblea de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman constituye una ocasion propicia para que funcionarios del area de comunicaciones de los paises iberoamericanos encuentren un espacio de reflexion y propuesta con miras a una mayor y mejor difusion de los mecanismos existentes para la proteccion y defensa de los derechos de la persona por parte de los Ombudsman; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002PCM se reglamenta la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Que, el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2009, dispone que no se permitiran viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru. Asimismo, establece que en el caso de los Organismos Autonomos, la excepcion es autorizada por resolucion del Titular de la Entidad y publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 7.2 de la Directiva Nº 003-2009-DP/ OAF, que regula el procedimiento para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 097-2009-DP/OAF, dispone que el viaje debera sustentarse en el interes institucional o nacional. Asimismo prescribe que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos seran aprobados por Resolucion Defensorial y se publicaran en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el literal d) del articulo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 004-2007/DP, modificado mediante Resolucion Administrativa Nº 025-2007/DP, en adelante Reglamento Interno de Trabajo, establece que la comision de servicio es el desplazamiento temporal del trabajador fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar labores que esten directamente vinculadas con los objetivos institucionales; Que, habiendose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad vigente y siendo de interes para la Defensoria del Pueblo que la licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA realice el viaje a Espana con el fin de que asista al XIV Congreso y Asamblea de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman ­en tanto contribuira a exponer a la comunidad internacional los importantes aportes que la Defensoria del Pueblo ha efectuado en el cumplimiento de las funciones que la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo le han encomendado­ es procedente formalizar la autorizacion del viaje en comision de servicios de la indicada funcionaria, por el periodo comprendido del 22 de octubre al 1º de noviembre del 2009;

ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO
Autorizan viaje de asesora a Espana para participar en el XIV Congreso y Asamblea de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0038-2009/DP MORDAZA, 16 de octubre 2009 VISTO: El Memorando Nº 971-2009-DP/OGRH, el Memorando Nº 655-2009-DP/OAF y el Memorando Nº 426-2009-DP/ PAD que adjunta el Memorando Nº 063-2009-DP-OCII y la Carta del Asesor Responsable del Area de Estudios y Modernizacion del Defensor del Pueblo de Espana dirigida

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