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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (19/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de octubre de 2009 404782 impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adoptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporción entre los medios a emplear y los fi nes públicos que deba tutelar, a fi n que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente doctor Carlos Vicente Navas Rondón, con la intervención de los Vocales Dr. Víctor Rodríguez Buitrón y Dr. Juan Carlos Valdivia Huaringa, atendiendo a la reconformación de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución ʋ 035-2008-CONSUCODE/PRE, expedida el 31 de enero de 2008, Resolución ʋ 033-2009-OSCE/PRE, expedida el 25 de febrero de 2009 y publicada el 4 de marzo de 2009 y el Acuerdo de Sala Plena ʋ 008/2008.TC, y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo ʋ 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo ʋ 183-2008- EF, y los artículos 17 y 18 del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo ʋ 006- 2009-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la empresa Supply Chain Management S.A.C. sanción administrativa de inhabilitación temporal por el período de quince (15) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la comisión de la infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294 del Reglamento, la cual entrará en vigencia a partir del sexto día de publicada la presente Resolución. 2. Declarar no ha lugar a la imposición de sanción a Dalila Judith Valencia Fernández, por la comisión de la infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294 del Reglamento, por los fundamentos expuestos, por lo que se deberá archivar defi nitivamente el presente expediente. 3. Poner en conocimiento del Órgano de Control Institucional de La Entidad los hechos expuestos en los numerales 13 de los Fundamentos de la presente Resolución, para que en uso de sus atribuciones, adopte las medidas correctivas pertinentes, para que en lo sucesivo no se cometan tales irregularidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RODRÍGUEZ BUITRÓN NAVAS RONDÓN VALDIVIA HUARINGA 410293-2 ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Autorizan viaje de asesora a España para participar en el XIV Congreso y Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsman RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0038-2009/DP Lima, 16 de octubre 2009 VISTO: El Memorando Nº 971-2009-DP/OGRH, el Memorando Nº 655-2009-DP/OAF y el Memorando Nº 426-2009-DP/ PAD que adjunta el Memorando Nº 063-2009-DP-OCII y la Carta del Asesor Responsable del Área de Estudios y Modernización del Defensor del Pueblo de España dirigida al Jefe de Gabinete de la Defensoría del Pueblo, mediante el que se solicita la emisión de la resolución que autorice el viaje en comisión de servicios de la licenciada Raquel Palomino Zárate, para que asista del 23 de octubre al 1º de noviembre del 2009 a España con motivo del XIV Congreso y Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del Asesor Responsable del Área de Estudios y Modernización del Defensor del Pueblo de España dirigida al Jefe de Gabinete de la Defensoría del Pueblo, se cursó invitación a la licenciada Raquel Palomino Zárate a fi n de que asista del 23 de octubre al 1º de noviembre a España con motivo del XIV Congreso y Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsman; Que, según los documentos de visto, se comunica que la licenciada Raquel Palomino Zárate, Asesor I de la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D5, asistirá del 23 de octubre al 1º de noviembre del 2009 a España con motivo del XIV Congreso y Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsman; Que, resulta relevante autorizar la participación de la referida funcionaria conforme a los términos de la invitación recibida, habida cuenta que la celebración del XIV Congreso y Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsman constituye una ocasión propicia para que funcionarios del área de comunicaciones de los países iberoamericanos encuentren un espacio de refl exión y propuesta con miras a una mayor y mejor difusión de los mecanismos existentes para la protección y defensa de los derechos de la persona por parte de los Ombudsman; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM se reglamenta la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, dispone que no se permitirán viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú. Asimismo, establece que en el caso de los Organismos Autónomos, la excepción es autorizada por resolución del Titular de la Entidad y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.2 de la Directiva Nº 003-2009-DP/ OAF, que regula el procedimiento para el requerimiento, autorización, pago y rendición de cuentas por comisiones de servicio aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 097-2009-DP/OAF, dispone que el viaje deberá sustentarse en el interés institucional o nacional. Asimismo prescribe que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos serán aprobados por Resolución Defensorial y se publicarán en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el literal d) del artículo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP, modifi cado mediante Resolución Administrativa Nº 025-2007/DP, en adelante Reglamento Interno de Trabajo, establece que la comisión de servicio es el desplazamiento temporal del trabajador fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar labores que estén directamente vinculadas con los objetivos institucionales; Que, habiéndose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad vigente y siendo de interés para la Defensoría del Pueblo que la licenciada Raquel Palomino Zárate realice el viaje a España con el fi n de que asista al XIV Congreso y Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsman –en tanto contribuirá a exponer a la comunidad internacional los importantes aportes que la Defensoría del Pueblo ha efectuado en el cumplimiento de las funciones que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo le han encomendado– es procedente formalizar la autorización del viaje en comisión de servicios de la indicada funcionaria, por el período comprendido del 22 de octubre al 1º de noviembre del 2009;