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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (22/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de octubre de 2009 404910 de una universidad, una vez admitida a trámite, tiene cuatro (4) Fases: 1.- Evaluación para la aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional. 2.- Implementación Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado. 3.- Verifi cación de la Implementación Inicial. 4.- Autorización del funcionamiento provisional de la universidad”; Que, con escrito recibido en fecha 19 de agosto del 2008, la señora Karito Milagros Figueroa Solís y Ubelina Solís Villafuerte de Figueroa, solicita la autorización y funcionamiento del Proyecto de Universitario de la Universidad Peruana Austral del Cusco, con las Carreras Profesionales de: 1) Ingeniería Comercial, 2) Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática, 3) Economía y Negocios Internacionales, 4) Gestión Turística y Medio Ambiente y 5) Ciencias Contables y Finanzas Corporativas, adjuntando para su evaluación la documentación correspondiente; Que, en el artículo 12º del Reglamento, se establecen los requisitos que comprende el Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, en el artículo 18 el Reglamento antes referido, se establece que: “El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud de autorización de funcionamiento ante la Ofi cina de Trámite Documentario (OTD) del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), debiéndose adjuntar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la universidad que se promueve, y el recibo que acredite el pago de la tasa administrativa por evaluación para la admisión a trámite de la solicitud…”; Que, por Resolución N° 068-2009-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2009, se resuelve admitir a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco, presentado por la señora Karito Milagros Figueroa Solís y Ubelina Solís Villafuerte de Figueroa, en nombre de la Promotora “Empresa Educativa Peruana Austral del Cusco”, Promotora de la Universidad Peruana Austral del Cusco; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería Comercial, 2) Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática, 3) Economía y Negocios Internacionales, 4) Gestión Turística y Medio Ambiente, y 5) Ciencias Contables y Finanzas Corporativas; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolución N° 083-2009-CONAFU de fecha 13 de febrero de 2009, se resuelve conformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco; la misma que se encuentra integrada por los siguientes profesionales: Rafael Serafín Castañeda Castañeda, Kety Yane Barrantes Reyes e Hipólito Macalopu Inga, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, en el artículo 22º del Reglamento, se establece que: “El Secretario General remitirá el expediente al Consejero de Asuntos Académicos, para que un plazo de diez días hábiles de producida la designación de la comisión califi cadora, la convoque para su instalación, haciéndole entrega en el mismo acto el expediente para su califi cación”; Que, en el artículo 23º del Reglamento se establece que: “La Comisión Califi cadora es la encargada de analizar, evaluar y califi car el proyecto propuesto, en sus secciones, variables, y aspectos, aplicando los criterios evaluativos que les compete y los parámetros que correspondan. En cumplimiento de esta función emitirá un Informe Preliminar dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles improrrogables”; Que, por Ofi cio Nº 709-2009-CONAFU-P de fecha 24 de abril de 2009, el Presidente del CONAFU, remite al responsable del Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco, copia del Informe Preliminar de la evaluación realizada al mencionado Proyecto Universitario, que contiene las observaciones encontradas a dicho proyecto, para su subsanación correspondiente; Que, con Ofi cio Nº 005-2009-UPAC recibido con fecha 07 de agosto de 2009, la señora Karito Figueroa Solís, Gerente General del Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco, presenta el levantamiento de las observaciones advertidas en el Informe Preliminar, adjuntado a la Segunda versión del PDI del Referido Proyecto; Que, en el artículo 26º del Reglamento se establece que: “La Comisión Califi cadora, califi cará el Proyecto y asignará un puntaje, de acuerdo con los parámetros contenidos en las Tablas de Evaluación aprobadas por el CONAFU, para las secciones que conforman el Proyecto de Desarrollo Institucional…”; Que, con Ofi cio Nº 299-2009-PCC recibido con fecha 26 de agosto de 2009, el magíster Rafael Serafín Castañeda Castañeda, Presidente de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el PDI de la referida Universidad, remite el Informe Final realizado a la referida Universidad, manifestando la referida Comisión que en la Segunda Versión del PDI presentado, contiene todas las secciones requeridas para la presentación de proyectos institucionales de nuevas universidades, notándose que el proyecto se ha presentado al amparo del Decreto Legislativo Nº 882, como una Universidad Privada asumiendo la forma de una Sociedad Anónima Cerrada con las carreras profesionales de: 1) Ciencias Contables y Finanzas Corporativas, 2) Gestión Turística y Medio Ambiente, 3) Economía y Negocios Internacionales, 4) Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática, habiendo sido eliminada la carrera profesional de Ingeniería Comercial considerada en el Proyecto Original; asimismo la mencionada Comisión indica que el Proyecto ha obtenido la siguiente califi cación en las Carreras Profesionales: 1) Ciencias Contables y Finanzas Corporativas ha obtenido el 86.66% del 100%; 2) Economía y Negocios Internacionales ha obtenido el 86.66% del 100 %; 3) Turismo ha obtenido el 86.66% del 100% y 4) Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática ha obtenido el 84.44% del 100%; en el PDI ha obtenido el 85% del 100%; recomendando la mencionada Comisión al Pleno del CONAFU: 1) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las Carreras Profesionales de Ciencias Contables y Finanzas Corporativas con sesenta (60) vacantes, Economía y Negocios Internacionales con sesenta vacantes, Turismo con las especialidades de: Gestión Turística y Medio Ambiente y Conducción de Grupos con treinta (30) vacantes cada uno, e Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática con sesenta (60) vacantes y 2) La Promotora debe hacer una nueva propuesta del responsable de carrera de Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática. Que, por Ofi cio Nº 807-2009-CONAFU-CDAA de fecha 07 de setiembre de 2009, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Presidente de la Comisión Califi cadora del Proyecto Universidad Peruana Austral del Cusco, eleva su Informe Final de dicha califi cación, el Consejero de Asuntos Académicos opina que: El Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco, ha cumplido con todas sus etapas, culminando con el Informe Final de la Comisión de Califi cación, por lo que se recomienda aprobar el PDI del referido Proyecto con las carreras profesionales de: Ciencias Contables y Finanzas Corporativas (60 vacantes), Economía y Negocios Internacionales (60), Turismo con las especialidades de: Gestión Turística y Medio Ambiente, y Conducción de Grupos (30 vacantes cada uno), e Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática (60 vacantes), recomendando requerirle a la Promotora presentar una nueva propuesta del responsable de Carrera de Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática; Que, en el artículo 29º el Reglamento se establece que: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU se ajustarán, a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar íntegramente el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas. b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio. c) No aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, por contener serias deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles mínimos aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende impartir con las carreras profesionales propuestas. Que, en sesión de fecha 09 de setiembre de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 409-2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad