Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2009 (22/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404909

EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA. VISTOS: El Oficio Nº S/N-2009-JPCh de fecha 21 de agosto del presente ano cursado por los Doctores MORDAZA Magallanes Aymar y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Magistrados del 1º y 2º Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA Este respectivamente, y el Informe Nº 060-2009-FAA-ADPCSJLI/PJ remitido a esta Presidencia por el Area de Desarrollo de la Presidencia; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Resolucion Administrativa Nº 192-2009-CE-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de MORDAZA del presente ano, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone la prorroga, entre otros Juzgados, la del Juzgado Especializado Penal Transitorio de Ate Vitarte hasta el 31 de diciembre del presente ano. Que, los Juzgados Transitorios tienen por objeto contribuir con la descarga procesal, razon por la cual la MORDAZA citada precedentemente dispone la distribucion equilibrada de expedientes que puedan conducir al cumplimiento de metas de acuerdo al plazo de funcionamiento de dichos Organos Jurisdiccionales Transitorios. Que, los citados Juzgados Especializados en lo Penal de MORDAZA Este soportan una carga procesal en tramite aproximada de 2,890, precisando que 1,471 expedientes corresponden al 1º Juzgado Penal y 1,419 expedientes al 2º Juzgado Penal respectivamente, evidenciandose una sobrecarga procesal de expedientes en tramite, tal como se advierte del informe emitido por el Area de Desarrollo de la Presidencia, carga que material y humanamente se hace imposible tramitar de acuerdo a los plazos establecidos en las respectivas normas, por lo que es razonable y prudente adoptar una decision que contribuya con la descarga procesal. Que, el articulo MORDAZA de la citada Resolucion Administrativa faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia a establecer un adecuado equilibrio de la carga procesal que debera remitir los Juzgados Permanentes a los Juzgados Transitorios, por lo que en uso de esa facultad, es procedente disponer que el 1º y 2º Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA Este remita al Juzgado Especializado en lo Penal Transitorio de Ate Vitarte, los expedientes en dicha materia que se encuentren en giro hasta el 30 de junio del presente ano. Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90 de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el 1º y 2º Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA Este remitan en el plazo de diez dias improrrogables, al Juzgado Especializado en lo Penal de Ate Vitarte los expedientes que se encuentren en giro hasta el 30 de junio del presente ano. Articulo Segundo.- DISPONER que la Administracion de la Corte, a traves de las areas de Logistica y Personal brinde las facilidades con material logistico y personal adecuado para la distribucion de expedientes. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Comision Nacional de Descarga Procesal, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, Area de Desarrollo de la Presidencia y Oficina de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 412520-1

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana Austral del MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 466-2009-CONAFU MORDAZA, 25 de setiembre de 2009 VISTOS: El Escrito recibido en fecha 19 de agosto del 2008, la Resolucion N° 068-2009-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2009, la Resolucion N° 083-2009-CONAFU de fecha 13 de febrero de 2009, el Oficio Nº 709-2009CONAFU-P de fecha 24 de MORDAZA de 2009, el Oficio Nº 0052009-UPAC recibido con fecha 07 de agosto de 2009, el Oficio Nº 299-2009-PCC recibido con fecha 26 de agosto de 2009, el Oficio Nº 807-2009-CONAFU-CDAA de fecha 07 de setiembre de 2009, y el Acuerdo Nº 409-2009CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU llevada a cabo el dia 09 de setiembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el Articulo 3° Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades; y en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 09º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo la Competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante el Reglamento); se establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas de calificacion estableceran las pautas para la elaboracion de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un minimo de tres (03) carreras profesionales y un MORDAZA de cinco (05) carreras profesionales; Que, en el articulo 09º del Reglamento, es establece que: "El procedimiento para la Autorizacion de funcionamiento

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