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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (24/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de octubre de 2009 405034 técnicas oncológicas”; ello en concordancia con lo establecido por el literal g) del Artículo 6º del ROF que precisa como función general del INEN el Innovar, emitir y difundir, a nivel nacional, las normas, guías, métodos, técnicas, indicadores y estándares de los procesos de promoción de la salud, prevención de enfermedades neoplásicas, recuperación de la salud, rehabilitación y otros procesos relacionados específi camente con el campo oncológico; Que, del mismo modo, el Artículo 24º del ROF precisa que la Dirección de Control del Cáncer es el órgano técnico- normativo encargado de planifi car, proponer las normas y conducir, a nivel nacional, los procesos de promoción de la salud en el campo oncológico, de prevención de enfermedades neoplásicas, de epidemiología, de información para la salud, de investigación en oncología y de docencia y educación especializada en oncología; así como de conducir la formulación, sistematización y difusión de las normas técnicas oncológicas y de los estándares de calidad de los servicios de salud oncológicos a nivel nacional, a los que controla técnicamente en cumplimiento a las normas vigentes; Que, en ese orden de ideas, mediante el documento de vistos se ha presentando para su aprobación la “Guía de Prácticas Clínicas en Cáncer de Piel” (Melanoma maligno de tronco y extremidades), la misma que cuenta con el visto bueno de la Dirección de Control del Cáncer y sus unidades orgánicas, por lo que es necesario ofi cializar la misma como una norma técnica oncológica de carácter referencial para su difusión y aplicación institucional en cumplimiento de las normas precitadas; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del INEN, en concordancia con lo establecido en el literal g) de su Artículo 6º; Con el visado de la Sub Jefatura Institucional, Secretaría General, Dirección de Control del Cáncer y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del INEN; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la “Guía de Prácticas Clínicas en Cáncer de Piel” (Melanoma maligno de tronco y extremidades), la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar la difusión de la presente Resolución a la Dirección de Control del Cáncer en el marco de la autonomía normativa del INEN conforme a su Ley de creación. Artículo Tercero.- Encargar su publicación en el Portal Web Institucional a la Ofi cina Ejecutiva de Comunicaciones de la Secretaría General del INEN. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL CORDERO GARCÍA-ZAPATERO Jefe (e) Institucional 413452-1 Aprueban la “Guía Nacional de Práctica Clínica Oncológica de Cáncer de Pulmón” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 350-2009-J/INEN Lima, 20 de octubre del 2009 VISTOS; El Informe Nº 012-2009-DNCC-DICON/INEN, del Jefe del Departamento de Normatividad, Calidad y Control Nacional de Servicios Oncológicos de la Dirección de Control del Cáncer del INEN; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28748 se creó como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, con personería jurídica de derecho público interno con autonomía, entre otros, de carácter normativo, adscrito al Sector Salud; Que, el Artículo 37-Aº del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2002-SA y sus modifi catorias precisan que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN tiene como misión proteger, promover, prevenir y garantizar la atención integral del paciente oncológico, dando prioridad a las personas de escasos recursos económicos; así como, controlar, técnica y administrativamente, a nivel nacional los servicios de salud de las enfermedades neoplásicas, y realizar las actividades de investigación y docencia propias del Instituto; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INEN aprobado con Decreto Supremo Nº 001- 2007-SA, precisa en el Artículo 3º su autonomía normativa en el extremo de normar técnicamente la promoción, prevención, diagnóstico, manejo, rehabilitación y seguimiento del cáncer en el País, dentro del marco de las políticas sectoriales, refi riéndose éstas como “normas técnicas oncológicas”; ello en concordancia con lo establecido por el literal g) del Artículo 6º del ROF que precisa como función general del INEN el Innovar, emitir y difundir, a nivel nacional, las normas, guías, métodos, técnicas, indicadores y estándares de los procesos de promoción de la salud, prevención de enfermedades neoplásicas, recuperación de la salud, rehabilitación y otros procesos relacionados específi camente con el campo oncológico; Que, del mismo modo, el Artículo 24º del ROF precisa que la Dirección de Control del Cáncer es el órgano técnico- normativo encargado de planifi car, proponer las normas y conducir, a nivel nacional, los procesos de promoción de la salud en el campo oncológico, de prevención de enfermedades neoplásicas, de epidemiología, de información para la salud, de investigación en oncología y de docencia y educación especializada en oncología; así como de conducir la formulación, sistematización y difusión de las normas técnicas oncológicas y de los estándares de calidad de los servicios de salud oncológicos a nivel nacional, a los que controla técnicamente en cumplimiento a las normas vigentes; Que, en ese orden de ideas, mediante el documento de vistos se ha presentando para su aprobación la “Guía Nacional de Práctica Clínica Oncológica de Cáncer de Pulmón”, la misma que cuenta con el visto bueno de la Dirección de Control del Cáncer y sus unidades orgánicas, por lo que es necesario ofi cializar la misma como una norma técnica oncológica de carácter referencial para su difusión y aplicación en cumplimiento de las normas precitadas; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del INEN, en concordancia con lo establecido en el literal g) de su Artículo 6º; Con el visado de la Sub Jefatura Institucional, Secretaría General, Dirección de Control del Cáncer y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del INEN; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la “Guía Nacional de Práctica Clínica Oncológica de Cáncer de Pulmón”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar la difusión de la presente Resolución a la Dirección de Control del Cáncer en el marco de la autonomía normativa del INEN conforme a su Ley de creación. Artículo Tercero.- Encargar su publicación en el Portal Web Institucional a la Ofi cina Ejecutiva de Comunicaciones de la Secretaría General del INEN. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL CORDERO GARCÍA-ZAPATERO Jefe (e) Institucional Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas 413452-2