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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de octubre de 2009 405025 y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la política aérea nacional; Que, con Carta Nº LE 4/28 - SA583 de fecha 21 de agosto de 2009, el Subdirector Regional de la Ofi cina Sudamericana de la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, cursó invitación al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para participar en el Sexto Seminario de Pavimentos Aeroportuarios, Cuarto Taller FAA y Segundo Encuentro de Negocios, que se llevará a cabo en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, desde el 26 al 31 de octubre de 2009; Que, con Informe Nº 635-2009-MTC/12 de fecha 30 de setiembre de 2009, el Director General de Aeronáutica Civil, manifestó que el mencionado evento tiene por objetivo, que el participante se informe sobre las nuevas técnicas de construcción, mantenimiento y los nuevos enfoques de diseño de los últimos adelantos en equipos y materiales, por lo que resulta importante la participación del señor Wilder Francisco Grández Ventura en el referido evento; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/07/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley Nº 29132, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. Nº 014-09-2009, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Wilder Francisco Grández Ventura, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Sao Paulo, Brasil, del 25 de octubre al 1 de noviembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. Nº 014-09-2009 y al siguiente detalle: Pasajes US$ 540.00 Viáticos US$ 1,400.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (7) días calendario siguientes de su retorno al país, el inspector mencionado, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 414122-10 Modifican permiso de operación otorgado a Taca Perú para prestar servicio de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 212-2009-MTC/12 Lima, 28 de agosto del 2009 Vista la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU sobre Modifi cación de Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 128-2006- MTC/12 del 20 de julio del 2006, modifi cado mediante Resolución Directoral Nº 075-2008-MTC/12 del 14 de Mayo del 2008, se otorgó a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, la Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) años; Que, con Documento de Registro Nº 048782 del 21 de abril del 2009, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación, en el sentido de incrementar rutas y frecuencias; Que, con Memorando Nº 470-2009-MTC/12, Memorando Nº 055-2009-MTC/12.PIO, Memorando Nº 1915-2009-MTC/12.04, e Informe Nº 095-2009- MTC/12.07.LIC, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 – Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU cuenta con el Certifi cado de Explotador de Servicios Aéreos Nº 009 y sus Especifi caciones de Operación – OPSPECS respectivas: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12º numeral 12.1 literal a) de la Ley Nº 27261 -–Ley de Aeronáutica Civil, la Dirección General de Aeronáutica Civil resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y procedimientos administrativos a que se refi ere la mencionada ley, así como los establecidos en la Ley de Aeronáutica Civil, por lo que el presente permiso se otorga mediante Resolución Directoral; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva. Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 128-2006- MTC/12 del 20 de julio del 2006, modifi cado mediante Resolución Directoral Nº 075-2008-MTC/12 del 14 de Mayo del 2008, que otorgó a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU la Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, quedando redactado de la siguiente forma: