Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2009 (17/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA

397923-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Amplian requisitos de incorporacion a la condicion de VSP y de reincorporacion o recuperacion de la misma
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14-2009-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 15 de setiembre de 2009 VISTOS: El Informe Nº 1142­2009-GAT-MSS, el Informe Nº 792009-SGSE-GII-MSS y el Informe Nº 958-2009-GAJ-MSS, emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria, la Subgerencia de Servicios Especiales y la Gerencia de Asesoria Juridica, respectivamente; mediante los cuales se propone incorporar y reincorporar a la condicion de VSP, por unica vez, a los contribuyentes que habiendo perdido dicha condicion, se pongan al dia en sus obligaciones tributarias al 30.11.2009; CONSIDERANDO: Que, en el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 09-2008-MSS, publicado el 24.04.2008, se establece que seran considerados como Vecinos Surcanos Preferentes y titulares de la Tarjeta VSP Clasica, aquellos contribuyentes que hayan cancelado, dentro de su vencimiento, el impuesto predial y los arbitrios del ejercicio anterior al de otorgamiento de la Tarjeta VSP Clasica; que no tengan convenio de fraccionamiento vigente, cualquiera sea el estado en que se encuentre; y, que no mantengan otras deudas pendientes, administrativas o tributarias; Que, mediante el Articulo MORDAZA del mismo texto legal, se establecen como causales de perdida de la condicion de VSP y el derecho al uso de la Tarjeta VSP Clasica o VSP Premium, de forma inmediata para efectos de la atencion preferente en todos los servicios que se demanden de la Municipalidad, el incumplimiento del pago de las obligaciones tributarias dentro de las fechas de vencimiento y la verificacion de la comision de infracciones tributarias o administrativas por parte del titular del predio; Que, por otra parte, el articulo MORDAZA del citado Decreto de Alcaldia, senala que el contribuyente que pierda su condicion de VSP, podra recuperarla durante el ano corriente siempre que el incumplimiento en sus pagos ocurra por unica vez y que el contribuyente se ponga al dia en sus pagos en el vencimiento inmediato siguiente o cuando habiendo incurrido en infraccion tributaria o administrativa, por primera vez, subsane la infraccion y cancele los tributos y/o multas derivados de la misma; Que, siendo politica de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, reconocer todos los anos a los vecinos que cumplen con el pago de sus obligaciones tributarias, a traves de descuentos, sorteos, premios y atencion personalizada, es conveniente ampliar por unica vez los requisitos de incorporacion y reincorporacion a la condicion de Vecinos Surcanos Preferentes, senalados en el Decreto de Alcaldia Nº 09-2008-MSS, que cumplan con efectuar el pago de todas sus obligaciones pendientes ante esta Administracion, hasta el 30.11.2009; Que, el Decreto Supremo Nº 001-209-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, publicado el 15.01.2009, senala en su articulo 14º, que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de

caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para la entrada en vigencia; Que, de conformidad con la MORDAZA citada el proyecto del presente decreto de alcaldia fue puesto en conocimiento del publico en general mediante su publicacion en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, con fecha 20.08.2009, conforme da cuenta la Gerencia de Sistemas y Procesos mediante Memorandum Nº 3772009-GSP-MSS;. Que, en relacion con la citada publicacion, la Gerencia de Administracion Tributaria, mediante Informe Nº 760-2009GAT-MSS, informa que no se han recibido observaciones o comentarios al respecto, habiendose cumplido con la prepublicacion de la propuesta normativa senalada en el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-209-JUS; Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 1142­ 2009-GAT-MSS, el Informe Nº 079-2009-SGSE-GII-MSS y el informe Nº 958-2009-GAJ-MSS, emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria, la Subgerencia de Servicios Especiales y la Gerencia de Asesoria Juridica, respectivamente; es necesaria la ampliacion temporal de los requisitos de incorporacion y reincorporacion a la condicion de Vecino Surcano Preferente; En uso de las facultades senaladas en el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades, DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar por unica vez los requisitos de incorporacion a la condicion de VSP y de reincorporacion o recuperacion de la misma, para el ano corriente, de acuerdo con lo siguiente: A) De la incorporacion: Seran considerados como Vecinos Surcanos Preferentes (VSP), aquellos contribuyentes afectos al impuesto predial y arbitrios municipales: 1. Que a la fecha de publicacion del presente Decreto de Alcaldia, no registren deudas pendientes ante esta Administracion, tales como multas tributarias o administrativas, intereses, costas coactivas, derechos de emision; entre otros conceptos distintos del Impuesto Predial o los Arbitrios Municipales. 2. Que, al 30.11.2009, se encuentren al dia en el pago de sus obligaciones por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. 3. Que no tengan convenio de fraccionamiento vigente, cualquiera sea el estado en que se encuentre. B) De la reincorporacion: Seran reincorporados a la condicion de VSP, aquellos contribuyentes del distrito que habiendo perdido dicha condicion, cumplan hasta el 30.11.2009, con efectuar el pago de todas sus obligaciones pendientes ante esta Administracion, ya MORDAZA tributarias o administrativas tales como multas, intereses, costas coactivas, derechos de emision, entre otros. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que se incorporen como nuevos VSP en virtud del Articulo Primero, podran acceder a partir del 01.12.2009, a los siguientes beneficios: 1. Atencion preferente en todos los servicios que demanden de la Municipalidad a traves del "Modulo de Atencion de Vecinos Surcanos Preferentes". 2. Recepcion de informacion de interes contenida en revistas y boletines municipales, a traves de su correo electronico y en su domicilio. 3. Participar de los premios y sorteos que se realicen para los contribuyentes VSP y otros nuevos beneficios que se incorporen al programa. Articulo Tercero.- Los contribuyentes reincorporados como VSP podran acceder a partir del 01.12.2009, a todos los beneficios senalados en el Articulo Setimo del Decreto de Alcaldia Nº 09-2008-MSS, y ademas, a los premios y sorteos que se realicen para los contribuyentes VSP. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Sistemas y Procesos el cumplimiento del presente Decreto de

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