NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de setiembre de 2009 402730 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Autorizan viaje de funcionario del Proyecto Especial Madre de Dios a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 051-2009-RMDD/CR POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el 14 de julio del 2009, aprobó el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Defi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, mediante Ofi cio Nº 131-2009-GOREMAD-2101/ GG, de fecha 7 de abril del 2009, remitido por el Ing. Alejandro José Farfán, Gerente General del Proyecto Especial Madre de Dios, mediante el cual solicita autorización de viaje fuera del país, de funcionarios de la mencionada institución, en base al artículo 9, numeral 9.3 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, a fi n de poder llevar a cabo la ejecución del Proyecto Denominado “Fortalecimiento de Capacidades para la Gestión Ambiental en la Región Madre de Dios (Perú) y Pando (Bolivia)”. Que, el Consejo Regional por cuestiones de función no se logró reunir en sesión, a fi n de poder tratar el documento referido en el considerando precedente; sin embargo, el señor Ing. M.Sc. Raúl Pinedo Mora, Gerente de Desarrollo Fronterizo y Cooperación Técnica Internacional (e) del Proyecto Especial Madre de Dios, viajó a la ciudad de Bogotá, en el país de Colombia del 17 al 27 de abril del presente año, sin contar con la autorización conforme a ley. Que, mediante Informe Nº 004-2009-GOREMAD/ CR-CPFTPEPYME, la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa del Consejo Regional, señala que el viaje del funcionario mencionado y otros se encuentran considerados en el Plan Operativo del Proyecto Especial, documento que a la fecha no se encuentra aprobado. Por lo que, recomiendan al Presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial Madre de Dios, a fi n de no incurrir en acciones administrativas que signifi quen actos violatorios de la ley, se cumpla en forma oportuna con la solicitud de autorización de viaje al exterior. Asimismo, recomienda al Consejo Regional autorice en vías de regularización, el viaje del funcionario referido en el considerando precedente. Además la Gerencia General Regional implemente acciones conducentes a la aprobación de los planes operativos de las diferentes instancias del Gobierno Regional. Sin perjuicio de las acciones administrativas, a fi n de evitar la demora en la aprobación de tales instrumentos de gestión. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 046-2009-RMDD/ CR, de fecha 13 de julio del 2009, se acordó que el Informe Nº 004-2009-GOREMAD/CR-CPFTPEPYME, así como sus antecedentes, pasen a conocimiento del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su trámite correspondiente. Que, mediante Ofi cio Nº 011-2009-GOREMAD/ CPFTPEPYME, la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa del Consejo Regional, en aplicación del artículo 19 del Reglamento Interno, solicitó Reconsideración, en contra del Acuerdo Regional Nº 046-2009-RMDD/CR, recurso que mediante Acuerdo Regional Nº 050-2009- RMDD/CR, fue Declarado Fundado. Que, el Consejo Regional en sesión extraordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto mayoritario de los Consejeros Regionales, ha estimado actuar conforme al contenido del Informe Nº 004-2009- GOREMAD/CR-CPFTPEPYME. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, en vía de regularización, el viaje realizado por el señor Ing. M.Sc. Raúl Pinedo Mora, Gerente de Desarrollo Fronterizo y Cooperación Técnica Internacional (e) del Proyecto Especial Madre de Dios, a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 17 al 27 de abril del 2009, como una actividad considerada dentro de la ejecución del proyecto denominado “Fortalecimiento de Capacidades para la Gestión Ambiental en la Región Madre de Dios (Perú) y Pando (Bolivia)”, el mismo que viene siendo fi nanciado por la Agencia Internacional para el Desarrollo (USAID), así como por la Universidad de La Florida de los Estados Unidos de Norteamérica. Artículo Segundo.- RECOMENDAR, al Gerente General del Gobierno Regional de Madre de Dios, implemente acciones conducentes a la aprobación de los Planes Operativos de las diferentes instancias del Gobierno Regional. Sin perjuicio de las acciones administrativas, a fi n de evitar la demora en la aprobación de tales instrumentos de gestión. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veinte días del mes de julio del año dos mil nueve. MANUEL J. HERRERA MENDOZA Consejero Delegado Consejo Regional 398046-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Regulan las habilitaciones urbanas de oficio ORDENANZA Nº 223-MDA Ate, 10 de setiembre de 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de setiembre de 2009, visto el Dictamen Nº 29-2009-MDA/CDUyOP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma indicada, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, las Municipalidades Distritales tienen funciones específi cas y exclusivas para regular aspectos relacionados