Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2009 (17/09/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

402724

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de setiembre de 2009

2. Desactivacion de la Regla Prociclica De acuerdo al crecimiento anual del Producto MORDAZA Interno (PBI) publicado por el Banco Central de Reserva del Peru del mes de junio de 2009, esta Superintendencia ha podido comprobar que, el indicador que mide la variacion anual promedio de los ultimos doce (12) meses del PBI con respecto a la variacion anual promedio de los ultimos 12 meses medida en junio de 2008 de la misma variable, ha tenido una caida de 5.7 puntos porcentuales, siendo mayor a los 4 puntos porcentuales que establece el numeral 2 del Capitulo II del Anexo I "Regimen General de Provisiones Prociclicas" del Reglamento, por lo que se informa la desactivacion de las tasas del componente prociclico de las provisiones sobre los creditos directos e indirectos y operaciones de arrendamiento financiero de deudores clasificados en categoria Normal. 3. Vigencia La desactivacion de la regla Prociclica entra en vigencia a partir de la informacion correspondiente al mes de setiembre de 2009, no siendo aplicable los Anexos del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero Nº5-A "Resumen de Provisiones Prociclicas" y Nº 5-C' "Resumen de Provisiones Prociclicas para la Cartera Transferida en Fideicomiso" a partir de dicha fecha. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

a) Organizadores: Son todas aquellas personas naturales y juridicas encargadas de realizar los tramites de organizacion y funcionamiento de la empresa en constitucion. b) Organizadores Responsables: Aquel organizador u organizadores que suscriben, conforme a la minuta de constitucion social, por lo menos el cuatro por ciento (4%) del capital social de la empresa en constitucion y que son los responsables ante esta Superintendencia de los tramites para las autorizaciones de organizacion y funcionamiento de la empresa. Estos organizadores formaran parte del equipo permanente de gestion de la futura empresa, pudiendo transferir sus participaciones previa autorizacion de esta Superintendencia. 2) Los organizadores deberan presentar la siguiente documentacion: a) Solicitud de organizacion dirigida al Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que se presente en una sola oportunidad. b) Proyecto de Minuta de Constitucion Social. c) Relacion de Organizadores, Organizadores Responsables y Accionistas. d) Dos ejemplares del estudio de factibilidad, de MORDAZA, financiero y de gestion. e) Certificado de deposito de garantia, constituido en una empresa del sistema financiero del MORDAZA, vigente al momento de presentarse la solicitud y a la orden de la Superintendencia o endosado a su favor, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del capital minimo vigente a la fecha de la solicitud. 3) Los Organizadores deben adjuntar a la solicitud de organizacion, la siguiente documentacion: a) Curriculum Vitae debidamente suscrito o la Memoria Anual, cuando corresponda. b) Declaracion jurada senalando no estar incurso en los impedimentos establecidos en el articulo 20º de la Ley General. Asimismo, deberan presentar Declaracion Jurada sobre la existencia o no de procesos judiciales no concluidos en los que el organizador se encuentre incurso. Las sanciones a que se refiere el numeral 12 del articulo 20° de la Ley N° 26702, son aquellas referidas a inhabilitacion o destitucion originadas por infracciones consideradas muy graves, conforme al Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. 4) Los Organizadores Responsables deben adjuntar a la solicitud de organizacion, por lo menos, la siguiente documentacion: a) Curriculum Vitae debidamente suscrito o la memoria anual, cuando corresponda. b) Declaracion Jurada de no tener antecedentes penales ni policiales en el MORDAZA o en el extranjero para los residentes y no residentes. Asimismo, deberan presentar Declaracion Jurada de la existencia o no de procesos judiciales no concluidos en que se encuentre incurso. c) Declaraciones juradas de: i) No encontrarse incursos en los impedimentos a que se refieren los articulos 20° y 81º de la Ley N° 26702. Las sanciones a que se refiere el numeral 12 del articulo 20° de la Ley N° 26702, son aquellas mencionadas en el numeral 3) b) del presente numeral. ii) Relacion de sus bienes patrimoniales, y en caso corresponda, senalar si estos se encuentran sujetos a algun MORDAZA de gravamen o limitacion para su libre disponibilidad. d) Informacion y documentacion requerida a los accionistas. 5) Los accionistas suscriptores del capital social de la empresa en formacion deberan acreditar idoneidad moral y solvencia economica y deben adjuntar a la solicitud de organizacion, como minimo la siguiente documentacion: a) Curriculum Vitae debidamente suscrito. b) Declaracion Jurada de no tener antecedentes penales ni policiales en el MORDAZA o en el exterior para los residentes y no residentes. c) Declaraciones Juradas de:

397489-1

Modifican normas sobre organizacion y funcionamiento de las ETCAN
CIRCULAR Nº ETCAN-3-2009
MORDAZA, 10 de setiembre de 2009 ---------------------------------------------Ref.: Modificaciones a las normas sobre organizacion y funcionamiento de las ETCAN. ---------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones que le confieren los numerales 7 y 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, con la finalidad de precisar los requisitos relacionados a los tramites de organizacion y funcionamiento del MORDAZA de constitucion de las Empresas de Transporte, Custodia y Administracion de Numerario, esta Superintendencia ha considerado conveniente emitir las siguientes regulaciones de caracter general, disponiendose su publicacion en virtud de lo senalado en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las Empresas de Transporte, Custodia y Administracion de Numerario, en adelante ETCAN. 2. Modificaciones a la regulacion del procedimiento de tramite de organizacion y funcionamiento de las ETCAN. Modificar el numeral 2 de la Circular N° ETCAN-00297, conforme el siguiente texto: "2 Organizacion y Funcionamiento

El MORDAZA para la constitucion de las ETCAN se regula por las disposiciones que se senalan a continuacion: Autorizacion de Organizacion.1) En el MORDAZA de organizacion se tendran en cuenta las siguientes definiciones:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.