Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2009 (17/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402733

VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 038-2009-GM/MDI, emitido por la Gerencia Municipal, asi como los Informe Nº 17822009-MDI-GAR/UL de fecha 02ET2009 de la Unidad De Logistica, Informe Nº 134-2009-GAR/MDI de fecha 02SET2009 de La Gerencia de Administracion de Recursos y el Informe Nº 294-2009-UAL/MDI de fecha 04SET2009 de La Unidad de Asesoria Legal y la Carta Nº 191-2009-GSG/MDI de fecha 07SET2009, remitido al Presidente de la Comision de la Mujer y Desarrollo Social y el Dictamen Nº 05-2009-CMDS/MDI de la fecha, emitido por la Comision de la Mujer y Desarrollo Social, referidos a la Situacion de Desabastecimiento Inminente de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 194º, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a las Municipalidades Distritales en su calidad de organos de Gobierno Local, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II de la Ley Organica de Municipalidad ­ Ley Nº 27972; Que, el articulo 20º literal c) de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.L. Nº 1017, senala "se encuentran exonerados de procesos de seleccion, las contrataciones que se realicen en situaciones de desabastecimiento inminente declaradas conforme a Ley", entendiendose como situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la contratacion o adquisicion de los bienes, servicios y obras, solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, conforme al articulo 21º y 22º de la citada Ley. En ese sentido el articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, indica que en la situacion de desabastecimiento inminente, la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos; Que, a traves del Acuerdo de Concejo Nº 049-2009/ MDI de fecha 29MAY2009, se aprueba el Dictamen Nº 05-2009/P-CMDS/MDI que Declara en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia, por un plazo de noventa (90) dias calendario, por los fundamentos expuestos; Que, mediante el Informe Nº 01782-2009-MDI-GAR/ UL de fecha 02SET2009, la Unidad de Logistica refiere que el 30JUL2009 se convoca el MORDAZA de Seleccion Licitacion Publica Nº 0001-2009-MDI-CE "Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche 2009". La integracion de Bases se programo para el dia 28AGO2009, hecho que ha sido interrumpido por lel pago de la Tasa correspondiente por las empresas Agroindustrias MORDAZA MORDAZA S.A.C. y Cara Export S.A.C. para la elevacion de las observaciones acogidas, no acogidas y acogidas parcialmente al OSCE, para su evaluacion respectiva, de conformidad con lo establecido en el articulo 58º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificada por Decreto Supremo Nº 021-2009-EF de fecha 01FEB2009, que teniendo en cuenta que los contratos con la empresa NIISA CORPORATION S.A. para el abastecimiento de leche evaporada entera tiene como fecha de vencimiento el 07SET2009 y de la empresa Agroindustria MORDAZA MORDAZA S.A. para el abastecimiento de Hojuela de Quinua enriquecida con vitaminas y minerales el 03SET2009, el MORDAZA se ha visto interrumpido por las razones expuestas propiciado por circunstancias ajenas a los procedimientos de tramite regular, lo que origina un Desabastecimiento inminente que se iniciaria a partir de la semana proxima, en ese sentido habiendose verificado una causal establecida en el articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, en el sentido de la ausencia del bien, se solicita se ponga a consideracion del Concejo la Declaratoria de Desabastecimiento Inminente por un periodo de hasta 90 dias (90) dias y consecuentemente

se exonere del MORDAZA de seleccion, por un monto de S/. 982,265.59, de acuerdo al siguiente detalle:
MONTO POR PRECIO UNITARIO S/. 2.26 S/. 5.86 COSTO TOTAL S/. 668,488.90 313,776.69

PRODUCTO LECHE EVAPORADA ENTERA (410 gr.) HOJUELA DE CEREALES CON SOYA PRECOCIDOS (440 gr.)

CANTIDAD 295,791.55 latas 53,545.51 KGS.

Que, mediante Informe Nº 0294-2009-UAL/MDI de fecha 04SET2009, la Unidad de Asesoria Legal luego de un amplio analisis de los hechos, Opina que los actuados MORDAZA elevados al Concejo Municipal de esta Municipalidad, para que conforme a las atribuciones que se le ha conferido a traves del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y conforme alo previsto en el inciso c) del articulo 20º y primer parrafo del articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ D. L. Nº 1017, se sirva declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia, por el plazo de noventa (90) dias calendario; debiendo asimismo aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por un monto de S/. 982,265.59 para la contratacion del abastecimiento de los siguientes insumos alimenticios: a) 295,791.55 latas de leche evaporada entera de 410 gr. A razon de S/. 2.26 por lata, haciendo un total de S/. 668,488.90; b) 53,545.51 kilos de hojuela de cereales con soya precocidos, enriquecidos con vitaminas y minerales en envases de 440 gr. A razon de S/. 5.86 por kilo, haciendo un total de S/. 313,776.69; que asimismo de conformidad con lo senalado en el MORDAZA parrafo del articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado, el Acuerdo que emita el Concejo Municipal, asi como los informes que lo sustenten, deben remitirse a la Contraloria General de la republica y publicarse en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, debiendo ademas en el acuerdo exoneratorio, de conformidad con lo previsto en el MORDAZA parrafo del articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y el ultimo parrafo del articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, el Concejo Municipal disponer el inicio de las acciones que correspondan de conformidad con lo previsto en el articulo 46º de la referida ley, a efectos que se deslinde las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores involucrados; toda vez que la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de desabastecimiento, no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; constituyendo agravante si dicha situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable; Que, mediante el Dictamen del Visto, la Comision de la Mujer y Desarrollo Social por Mayoria RECOMIENDA al Pleno del Concejo Municipal aprobar la "Declaratoria de Desabastecimiento de Insumos para el Programa Social del Vaso de Leche MDI, por 90 dias calendarios"; asimismo, RECOMIENDA al Pleno del Concejo, Aprobar la Declaratoria de Desabastecimiento de Insumos para el Programa Social del Vaso de Leche MDI por 90 dias calendario, y consecuentemente la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para la adquisicion de insumos respectivos, asimismo RECOMIENDA al Titular del Pliego y a la Administracion Municipal les conlleve proceder de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27470, modificada mediante Ley Nº 27712, RECOMIENDA al Pleno del Concejo se solicite al Organo de Control Institucional una Accion de Control no programada con caracter de Urgente, a fin que determine en el plazo de 60 dias las responsabilidades administrativas, civiles y penales que se hayan derivado por el accionar del Titular del Pliego y de los funcionarios integrantes del Comite Especial que deberian haber llevado a cabo el MORDAZA de licitacion; RECOMIENDA al Titular del Pliego, que el saldo por coberturar de S/. 400,087.80 no deban quedar como saldo final, debe ser ejecutado dentro del presente Ejercicio Fiscal 2009, a fin que no sea revertida esta cantidad ni generar una disminucion de los presupuestos asignados para anos posteriores; Recomendar al Titular

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