Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2009 (29/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 29 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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c) No ostentar cargos representativos ante la Corporacion Municipal. d) No ostentar otros cargos dentro de la Corporacion Municipal. e) No contar con sentencia consentida y/o ejecutoriada por delito doloso. Articulo 5°.- Organo Responsable del Registro. La Subgerencia de Organizaciones Sociales tendra a su cargo el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA en el libro registro. Articulo 6°.- Requisitos Las Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA para su Registro, deberan cumplir con los requisitos siguientes: 6.1 Presentar Solicitud-Formulario, la que tendra el valor de una declaracion jurada, firmada por el representante legal de la Organizacion. 6.2 MORDAZA fedatada o notarial del documento que acredita su personeria juridica y mandato vigente, inscrita en el Registro de Personas Juridicas de la IX MORDAZA Registral - Sede MORDAZA, expedido con una antiguedad no mayor de 60 dias a la fecha de su MORDAZA y/o advertir en la solicitud-formulario que mantiene una Resolucion de Registro y Reconocimiento Municipal con mandato vigente. 6.3 MORDAZA del documento de identidad del representante legal y del delegado elegido, acreditando su residencia dentro de los limites del distrito de MORDAZA de Surco. 6.4 MORDAZA autenticada del Acta de Eleccion del Delegado elegido. 6.5 El Delegado solo podra ser el Presidente o un miembro de la Junta Directiva de la Organizacion. 6.6 Acreditar documentadamente un minimo de tres anos en la actividad institucional y/o presencia efectiva de trabajo en el distrito de MORDAZA de Surco. 6.7 Las Organizaciones de Mayor Nivel deberan presentar Acta de Asamblea autenticada por fedatario, autorizando su participacion y eligiendo a su representante. Articulo 7°.- Procedimiento. 7.1 El representante oficial de la Organizacion de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA en su calidad de administrado, presentara su Solicitud-Formulario acompanada de los requisitos contenidos en el Articulo 6 en la Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo, la misma que al momento de la recepcion revisara el cumplimiento de los requisitos ya senalados. En caso de incumplimiento de requisitos, se procedera de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 125 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, realizando las observaciones por incumplimiento de requisitos e invitando al administrado a subsanarlas dentro de un plazo MORDAZA de dos dias habiles. 7.2 La Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo, solo en el caso de que la Solicitud-Formulario contenga los requisitos establecidos, la remitira en el dia a la Subgerencia de Organizaciones Sociales; quien procedera a efectuar diariamente la publicacion de la lista de candidatos y el nombre de la Organizacion de la Sociedad Civil a quien representan, de conformidad con el Cronograma Electoral aprobado mediante Decreto de Alcaldia. 7.3 En un plazo de 03 (tres) dias habiles a partir del dia siguiente de publicada la lista de candidatos, se podra formular tacha contra cualquier candidato. Transcurrido dicho plazo, la Subgerencia de Organizaciones Sociales se pronunciara en primera instancia emitiendo la correspondiente Resolucion en un plazo de 05 (cinco) dias habiles. 7.4 En caso de denegatoria de inscripcion, el administrado podra presentar un recurso administrativo en un plazo de 02 (dos) dias habiles contados a partir del dia siguiente de notificada la denegatoria, el cual sera resuelto en MORDAZA y MORDAZA instancia por la Gerencia de Participacion Vecinal en un plazo de 03 (tres) dias habiles. 7.5 La publicacion del Padron Electoral final se realizara en la sede de los locales municipales de Palacio Municipal, Loma Amarilla, oficinas administrativas, agencias municipales y en la pagina web, para conocimiento de las Organizaciones Sociales y vecinos del distrito en general.

Articulo 10°.- Contenido del Decreto de Alcaldia. El Decreto de Alcaldia incluye un Cronograma Electoral detallado por etapas y fechas: 10.1 Taller de Capacitacion a la Sociedad Civil. 10.2 Procedimiento Administrativo de Inscripcion. 10.3 Publicacion del Padron Electoral. 10.4 MORDAZA de Tachas. 10.5 Resolucion de Inscripcion. 10.6 MORDAZA de reclamo en caso de denegatoria de inscripcion. 10.7 Resolucion que resuelve en MORDAZA instancia. 10.8 Taller informativo a delegados inscritos. 10.9 Publicacion de Padron Electoral final. 10.10 Fecha y hora del Acto Electoral. 10.11 Remision del Acta Electoral al MORDAZA, JNE y ONPE. 10.12 Emision de la Resolucion de Alcaldia que proclama a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. 10.13 Juramentacion y entrega de credenciales a los representantes de la Sociedad Civil. Articulo 12°.- Padron Electoral. 12.1 El Padron Electoral sera elaborado por la Subgerencia de Organizaciones Sociales, en base a las inscripciones efectuadas en el Libro de Registro Distrital de la Sociedad Civil de MORDAZA de Surco. 12.2 El Padron Electoral debera publicarse en las vitrinas de publicaciones ubicadas en las sedes de Palacio Municipal, Loma Amarilla, oficinas administrativas, agencias municipales y pagina web de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA dentro de los 05 (cinco) dias utiles posteriores al cierre de las inscripciones consentidas. 12.3 La publicacion del Padron Electoral debe incluir la denominacion de la Organizacion de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA inscrita y el de su delegado acreditado. Articulo 13°.- Del Comite Electoral. Para los efectos del Acto Electoral, se conformara un Comite que constituye la MORDAZA autoridad en dicho MORDAZA, cuyos fallos son definitivos e inapelables, integrado por: - Gerente Municipal, en calidad de Presidente. - Gerente de Asesoria Juridica, en calidad de Secretario. - Gerente de Participacion Vecinal, en calidad de Vocal. Articulo 14°.- De las Funciones del Comite Electoral. El Comite Electoral tendra las siguientes funciones: 14.1 Organizar, dirigir y controlar el acto electoral. 14.2 Resolver las tachas, observaciones y otras incidencias que se presenten en el acto electoral. 14.3 Proclamar a los candidatos elegidos como representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de Surco. 14.4 Suscribir las actas de instalacion, sufragio y escrutinio del acto electoral. 14.5 Comunicar al MORDAZA los resultados del MORDAZA electoral, remitiendo las Actas, con MORDAZA al MORDAZA Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE. 14.6 Impartir orden, respeto y justicia electoral durante el acto. Articulo 16°.- Sistema de Eleccion. De conformidad a lo establecido en el Articulo 102° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, la proporcion de los representantes de la sociedad civil sera del 40% (cuarenta por ciento) del numero que resulte de la sumatoria del total de miembros del respectivo Concejo Municipal Distrital. En tal sentido, el Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA esta integrado por 12 miembros; por tanto, la proporcion de delegados de la sociedad civil a elegir sera de 05 miembros. La eleccion se realizara mediante el Sistema de MORDAZA Electronico y/o implementando los procedimientos del MORDAZA manual. Para tal efecto, la eleccion de representantes se realizara reuniendo a los delegados de las Organizaciones

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