Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2009 (29/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
13 14 15 16 17 18 19 20 MORDAZA NORTE IQUITOS MORDAZA PUCALLPA MORDAZA TACNA TARAPOTO MORDAZA 20550542 28313624 09982035 01305062 22660571 08428625 08063797 24965513 NATTERY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARIZAGA MORDAZA MORDAZA

El Peruano MORDAZA, martes 29 de setiembre de 2009 ERQUINIGO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, mediante Resolucion Nº 504-2009-JNE, modificada por Resolucion N° 542-2009-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano con fecha 07 y 26 de agosto de 2009, respectivamente, el MORDAZA Nacional de Elecciones define las circunscripciones administrativo - electorales y sus respectivas sedes en las cuales se constituiran las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE y los Jurados Electorales Especiales - JEE para los procesos electorales convocados; Que, como resultado del Concurso Publico de Meritos para la Seleccion de Jefes y Asistentes Administrativos de las ODPE; con fecha 19 de septiembre de 2009, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Jefatural N° 146-2009-J/ONPE, mediante la cual se determino la relacion de personas seleccionadas para desempenar dichos cargos durante el desarrollo de los procesos electorales MORDAZA citados, otorgandosele a la ciudadania el plazo previsto en el articulo 49° de la Ley 26859 para la interposicion de las tachas respectivas; Que, mediante el Oficio de vistos de fecha 25 de septiembre de 2009, el MORDAZA Nacional de Elecciones comunica que no se ha interpuesto tacha contra las personas que figuran en el Anexo de la Resolucion Jefatural N° 146-2009-J/ONPE; Que, en sesion de fecha 25 de septiembre de 2009, la Comision de Seleccion de Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Locales de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para los procesos electorales MORDAZA senalados, aprobo la relacion definitiva de los Jefes y Asistentes Administrativos de las ODPE; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del articulo 5º y el articulo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y el literal bb) del articulo 9° de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 073-2009-J/ONPE; Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha, en los cargos de Jefes y Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que desempenaran funciones en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y Nuevas Elecciones Municipales 2009, a realizarse el 29 de noviembre de 2009, a los ciudadanos consignados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion para los fines consiguientes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional www.onpe.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa ANEXO A LA RESOLUCION JEFATURAL N° 149-2009-J/ONPE
ANEXO AL ACTA 11 DESIGNACION DE JEFES DE ODPE DEL MORDAZA DE CPR Y NEM 2009 N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 ODPE ABANCAY MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANETE CHIMBOTE MORDAZA HUANCAVELICA HUANCAYO MORDAZA ICA MORDAZA DNI 28205117 06051772 29663232 22506047 18100766 08624633 06720828 40770224 02767094 28316077 15725378 08084623 AP PAT MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OBESO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA AP MAT OCHANTE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAMAYO MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORAS MORDAZA MORDAZA NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA YOVANY MORDAZA MORDAZA MORDAZA EDGARD MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ASISTENTES ADMINISTRATIVOS DE ODPE PARA EL MORDAZA DE CPR Y NEM 2009
N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 ODPE ABANCAY MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANETE CHIMBOTE MORDAZA HUANCAVELICA HUANCAYO MORDAZA ICA MORDAZA MORDAZA NORTE DNI 16778433 02635593 08062775 07452266 16124623 02446474 22481244 29579804 04060106 08454557 02665666 25707709 22731660 AP PAT MORDAZA ELESPURU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LISBETH MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FREDDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HOOVER MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA YOVANNA DEL HERMOSO MORDAZA MORDAZA MORDAZA LYNDER MORDAZA MORDAZA MORDAZA AP MAT MORDAZA MORDAZA SUNCCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

14 IQUITOS 15 MORDAZA 16 PUCALLPA 17 MORDAZA 18 TACNA 19 TARAPOTO 20 MORDAZA

16681422 MORDAZA 06755700 BOTONERO 02436708 MORDAZA 21401291 MORDAZA 15845356 PACORA 22517936 MORDAZA 08394195 MORDAZA

402984-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA 28 de MORDAZA, distrito de Tigre, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 618-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 24 de setiembre de 2009 VISTO: el Informe Nº 000259-2009/SGIRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe Nº 000069-2009-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Articulo 11º de la misma MORDAZA, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262º del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra

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