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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (29/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de setiembre de 2009 403464 “Proyecto de Ley que Aprueba la Nueva Ley Procesal del Trabajo”; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, corresponde dar por concluido el encargo encomendado al Grupo de Trabajo, reconociendo, agradeciendo y felicitando a los profesionales que la conformaron; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reconocer, agradecer y felicitar a los doctores Mario Pasco Cosmópolis, Paúl Gonzalo Paredes Palacios, Katty Mariela Aquize Cáceres, Julio Hernán Figueroa Bustamante, Roberto Luis Acevedo Mena, Javier Arévalo Vela, Guillermo Guardia Salas, Oscar Morales Vera, José Arca Gonzáles, Juan José Blosiers Hume, Omar Toledo Toribio y Francisco Gómez Valdez por analizar y revisar el anteproyecto que ha devenido en el Proyecto de Ley N° 3467/2009-PE, Proyecto de Ley que Aprueba la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 403061-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Constituyen Grupo de Análisis encargado de estudiar la problemática de los servidores públicos y promover alternativas de mejora RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 047-2009-ANSC-PE Lima, 28 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado; Que, SERVIR tiene por fi nalidad contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, representantes de la Confederación Nacional de Trabajadores Estatales – CTE y la Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales – CITE, han manifestado su voluntad para trabajar en conjunto para mejorar la imagen y el perfi l de los servidores públicos con el objetivo de brindar un mejor servicio al ciudadano; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir un Grupo de Análisis encargado de estudiar la problemática de los servidores públicos y promover alternativas de mejora, con el objetivo de buscar la excelencia en el servicio al ciudadano. Artículo Segundo.- El citado Grupo de Análisis estará integrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, quien la presidirá, la Confederación Nacional de Trabajadores Estatales – CTE y la Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales – CITE. Artículo Tercero.- La Confederación Nacional de Trabajadores Estatales – CTE y la Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales – CITE acreditarán a sus respectivos representantes, titular y alterno, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Publicar el contenido de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional: www.servir.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva 402968-1 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen registro de la actualización del Documento Informativo Marco del “Segundo Programa de Bonos de la Corporación Andina de Fomento” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 052-2009-EF/94.06.3 Lima, 25 de septiembre de 2009 VISTO: El expediente Nº 2009029806 presentado por la Corporación Andina de Fomento y el Informe Interno N° 0520-2009-EF/94.06.3, del 25 de septiembre de 2009, de la Dirección de Emisores. CONSIDERANDO: Que, Mediante Resolución Directoral de Emisores N° 054-2007-EF/94.06.3, del 25 de octubre de 2007, se aprobó el trámite anticipado, se dispuso la inscripción del programa de emisión denominado “Segundo Programa de Bonos de la Corporación Andina de Fomento”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 500 000 000,00 (quinientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, así como el registro del Documento Informativo Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante Resolución del Directorio Nº 1813/2008 del 02 de diciembre de 2008, el Directorio de la Corporación Andina de Fomento aprobó el límite máximo de endeudamiento general para el año 2009 y se facultó al Presidente Ejecutivo, o a la persona que éste designe, a negociar y contratar en nombre y representación de la Corporación Andina de Fomento distintas modalidades de endeudamiento en virtud de las cuales se podrá obligar a la Corporación andina de Fomento anualmente hasta por el límite máximo de endeudamiento antes mencionado; Que, la Corporación Andina de Fomento, representada por señora Eleonora Silva Pardo, mediante escritos de fechas 22 y 24 de setiembre de 2009, ha solicitado la renovación del trámite anticipado, y el registro de la Actualización Nº 1 del Documento Informativo Marco, por variación fundamental, del “Segundo Programa de Bonos de la Corporación Andina de Fomento”;