Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2009 (30/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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indicado en el presente Numeral, la garantia se mantendra vigente hasta que sea sustituida por la Garantia de Seriedad de Oferta prevista en el MORDAZA del concurso publico. La Carta Fianza sera ejecutada en la medida que el titular de la nueva iniciativa e inversion privada (tercero interesado) no suscriba el respectivo contrato en caso de haber sido favorecido con la adjudicacion directa, o no se presentase al Concurso Publico o Licitacion que en su oportunidad sea convocado. En caso no se presentaran terceros interesados en el Concurso publico o Licitacion, la garantia se mantendra vigente hasta la suscripcion del Contrato, salvo que la iniciativa e inversion privada fuera desaprobada. 6.4.5 Podran participar en la Oferta Publica, Licitacion Publica o Concurso de Proyectos Integrales, ademas del proponente, los terceros interesados que hubieren expresado por escrito su interes y hubieren presentado la carta fianza correspondiente. En caso que el proponente no participe en el MORDAZA que se convoque perdera el derecho a solicitar el reembolso de los gastos en los que hubiere incurrido en la preparacion de la propuesta. 6.4.6 En el caso que el proponente participe en la Oferta Publica, Licitacion Publica o Concurso de Proyectos Integrales que se convoque y cumpla con presentar, en el plazo establecido por las bases correspondientes, la documentacion requerida, tendra el derecho a igualar la oferta que hubiere quedado en primer lugar. De ejercer este derecho, se procedera a un desempate definitivo entre el proponente y el postor que hubiere quedado en primer lugar presentando cada uno una mejor oferta en funcion del factor de competencia. Este desempate debera realizarse dentro de los 15 (quince) dias calendario de abiertas las ofertas economicas. 6.5. Fase de Adjudicacion o Concesion Directa y Negociacion del Contrato. 6.5.1. De no existir interesados en la Iniciativa e Inversion Privada en el plazo de noventa (90) dias naturales contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Resumen Ejecutivo de la Iniciativa e Inversion privada, o de no haber precalificado a ninguno de los interesados, el CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE aprobara, mediante acuerdo, la adjudicacion o concesion directa, el mismo que sera elevado al Concejo Municipal para su aprobacion. 6.5.2. La negociacion del contrato con el proponente sera conducida por el CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE. La version definitiva del contrato sera definida en un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles contados a partir de la expedicion del Acuerdo del Concejo Municipal aludido en el Numeral anterior, plazo que debera ser MORDAZA a pedido del proponente hasta un MORDAZA de sesenta (60) dias habiles adicionales. Dicha negociacion esta dirigida exclusivamente a aspectos no sustanciales, tendientes a posibilitar la ejecucion del contrato, no pudiendo modificar los elementos esenciales contenidos en el Resumen Ejecutivo. La version final del contrato debera ser puesta a consideracion del Concejo Municipal para su aprobacion. 6.5.3 El CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE suspendera el MORDAZA de evaluacion de la iniciativa e inversion privada en el estado que se encuentre, incluso en el caso de haber procedido a aprobar la iniciativa e inversion privada en la medida que se detecte la falta de veracidad de la informacion contenida en la iniciativa e inversion privada. 6.5.4 Previo a la suscripcion del contrato el CEPRI MORDAZA CHIMBOTE requerira al proponente el pago de los costos directos e indirectos en los que MORDAZA incurrido dicho organismo durante la tramitacion, evaluacion y declaracion de interes de la iniciativa e inversion privada. VII. REEMBOLSO DE GASTOS 7.1. Solo seran reconocidos aquellos gastos incurridos por los proponentes que MORDAZA razonables, se encuentren debidamente sustentados y aprobados por el CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE, debiendo necesariamente consignarse en las Bases del MORDAZA de seleccion respectivo en caso corresponda. Los gastos a reconocer son los efectuados en la elaboracion de la iniciativa e inversion privada presentada, asi como los mayores gastos originados por la preparacion de la informacion adicional solicitada por el CEPRI MORDAZA CHIMBOTE hasta su declaratoria de interes,

que a criterio de este MORDAZA razonables y hayan sido debidamente sustentados. 7.2. En los supuestos que se presentaren nuevos interesados en la ejecucion de la iniciativa e inversion privada y se proceda a un MORDAZA de seleccion publica, las Bases de los procesos de seleccion, deberan establecer que los gastos incurridos por el proponente en la elaboracion de la iniciativa e inversion privada MORDAZA asumidos por el postor adjudicatario. El pago constituye un requisito que debera cumplirse a mas tardar dentro de los tres (03) dias naturales posteriores a la fecha de adjudicacion de la Buena Pro y sera condicion precedente para el cierre del MORDAZA de seleccion, de conformidad con el cronograma establecido en las Bases del proceso. 7.3. En los supuestos contemplados en el Numeral 6.4.3, en el caso que no se presentaran nuevos interesados en la nueva iniciativa e inversion privada publicada, el titular de esta debera rembolsar el costo de los estudios incurridos por el titular del primer proyecto de iniciativa e inversion privada presentada. En caso que el titular de la nueva iniciativa e inversion privada no fuese favorecido con la Buena Pro del Concurso o Licitacion convocado, el adjudicatario debera reembolsar el valor de los gastos incurridos por el titular de la nueva iniciativa e inversion privada, siendo distribuidos en partes iguales entre este y el titular de la primera iniciativa e inversion privada. Ningun reembolso sera aplicable si el proponente no concurre en calidad de postor al MORDAZA de seleccion o resulta adjudicatario de la Buena Pro. Asimismo, no procedera el reembolso de los gastos en los casos en que no se realice y/o concluya el MORDAZA de seleccion por causa no imputable a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote. 7.4 El monto total de los gastos a reintegrar no podra exceder el 1% del valor total de la obra, y/o el valor referencial previsto para el MORDAZA de seleccion en el caso de prestacion de servicios publicos, salvo en el caso de los proyectos cuyo valor referencial de la iniciativa e inversion privada no supere a 1,120 UIT vigentes al momento de MORDAZA de la iniciativa e inversion privada, en cuyo caso el limite sera fijado, previamente en el documento que apruebe la iniciativa e inversion privada, no pudiendo exceder del 5% del valor total de la obra y/o el valor referencial previsto para la MORDAZA de servicios publicos. VIII. EL CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE Mediante Resolucion de Alcaldia y conforme a los senalado en el Articulo 2º de la presente Ordenanza Municipal, se designara el CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE que tendran a su cargo la tramitacion de las Iniciativas e Inversiones Privadas que se presenten al MORDAZA de la presente Directiva, para lo cual deberan contemplarse los siguientes criterios: 8.1 Estaran compuestos por tres miembros, uno de los cuales sera el Presidente. 8.2 Los miembros del CEPRI- MORDAZA CHIMBOTE seran designados mediante Resolucion de Alcaldia, siendo que los cargos pueden ser remunerados en la medida que el miembro no fuera funcionario de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote. 8.3 Los CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE podran ser investidos para tramitar varias iniciativas e inversiones privadas a la vez, asi como otros procesos de promocion de la iniciativa e inversion privada en el ambito de competencia de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote. 8.4 Las decisiones del CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE se adoptan mediante acuerdos con un minimo de dos votos. 8.5 El quorum para la instalacion de las sesiones del CEPRI- MORDAZA CHIMBOTE sera de por lo menos dos de los miembros. 8.6 El CEPRI- MORDAZA CHIMBOTE se conduce conforme a las disposiciones contenidas en la Normas Vigentes en Materia de Promocion de la Inversion Privada. 8.7 El CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE, podra ser asistido y/o asesorado por consultores y/o asesores externos. 8.8 Los gastos en que incurra el CEPRI - MORDAZA CHIMBOTE generados por la realizacion de los procedimientos a que se hace referencia en esta Directiva, seran reembolsados por el postor adjudicatario.

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