NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 63
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de setiembre de 2009 403545 observancia a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo; asimismo disponer su inclusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ROMULO TRIVEÑO PINTO Presidente Regional 403598-3 Aprueban el Plan Maestro: Hacia un Sistema Sanitario Moderno y Eficiente en la Región al 2017 ORDENANZA REGIONAL Nº 0012-2009-GORE-ICA Ica, 24 de agosto de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de agosto del 2009; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 192º de la Constitución Política del Estado y su modifi catoria, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes locales de desarrollo; Que, el Plan Maestro: Hacia un Sistema Sanitario Moderno y Efi ciente en la Región Ica al 2017, constituye un instrumento, que defi ne la naturaleza, la prioridad funcional y la oportunidad de las intervenciones necesarias para lograr la modernización y crecimiento integral de los Servicios de Salud en la Región Ica, las mismas que deben efectuarse de manera interrelacionada, como parte de un proceso único; Que, el Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Salud, considera como una de las prioridades, implementar una Reforma Sanitaria hacia el 2017, ello con la única fi nalidad de direccionar, articular e integrar las Instituciones que brindan servicios de salud, ello, dentro de un Sistema de Gestión en Salud, que permita brindar servicios bajo estándares de calidad, y donde el sistema sanitario sea más integrado y de acuerdo a las necesidades de la población, la que a su vez, contribuya a mejorar los indicadores de salud, con énfasis en la población de extrema pobreza; Que, el citado Plan Maestro, se ha formulado dentro del marco de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, que a través de su Artículo 6º, establece entre sus objetivos a nivel administrativo: la modernización y efi ciencia de los procesos y sistemas de administración que aseguren la adecuada provisión de los servicios públicos; en tanto que entre los objetivos a nivel social, persigue promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de vida de la población para la superación de la pobreza, objetivos que pretende alcanzar con la implementación del Plan Maestro; Que, estando a las consideraciones precedentes, a efectos de conseguir la modernización y crecimiento integral, los Servicios de Salud de nuestra Región, necesitan contar con una percepción global de su desarrollo, que permita defi nir su perfi l de complejidad, la dimensión y la articulación funcional de sus servicios, con criterio de racionalidad, seguridad, esto es, contar con un instrumento técnico de apoyo a la gestión que permita orientar en forma racional y oportuna la asignación de los recursos necesarios para alcanzar su desarrollo; los mismos que se encuentran recogidos en El Plan Maestro: Hacia un Sistema Sanitario Moderno y Efi ciente en la Región Ica al 2017, el mismo que cuenta con Dictamen favorable de la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento, por lo que corresponde su aprobación; Que, de conformidad a lo dispuesto por inciso b) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, se establece como una de sus atribuciones del Consejo Regional, aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional; por otro lado, a través del inciso q) del indicado precepto legal, se establece como otra de las atribuciones del Consejo Regional, aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas y en especial aprobar el programa de desarrollo institucional; y para el caso particular del Plan Maestro, atendiendo a su estructura y contenido, ésta se asemeja a los Instrumentos de Gestión, en particular a un programa de desarrollo institucional del sector salud de la Región Ica, por tanto su aprobación corresponde al Pleno del Consejo Regional, mediante Ordenanza Regional, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27867, por tener directa implicancia en asuntos de organización y administración del Sector Salud del Gobierno Regional de Ica; Estando a los consideraciones expuestas, debatido y conforme a lo dispuesto por los artículos 15º, literal a), 36º, 37º, literal a) y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN MAESTRO: Hacia un Sistema Sanitario Moderno y Efi ciente en la Región al 2017. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración de la Región Ica, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial “El Peruano” de conformidad a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROMULO TRIVEÑO PINTO Presidente Regional 403598-4 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Declaran de importancia regional la candidatura del Río Amazonas / Bosque Tropical en el concurso Las Siete Maravillas Naturales del Mundo ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2009-GRL-CR Villa Belén, 14 de setiembre de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto en Sesión Ordinaria de fecha catorce de setiembre del año dos mil nueve, aprobó por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, luego de conocer que el Río Amazonas / Bosque Tropical ha pasado a la fase fi nal del concurso, junto a otros veintisiete candidatos, en el certamen que busca elegir a las SIETE MARAVILAS NATURALES DEL MUNDO, el mismo que es organizado por la Fundación NEW SEVEN WONDERS y que lleva el nombre de “NATURAL SEVEN WONDERS”. Por la importancia mundial que tiene este certamen viene siendo impulsado y difundido por el Gobierno Regional de Loreto a través del Presidente Regional y la Dirección Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de Loreto en nuestra región y algunos lugares del país, además es difundido por medio de los Comités de Apoyo Ofi cial (OSC) en cada uno de los países que forman parte de la cuenca Amazónica, a fi n de que se obtenga votación a favor del Río Amazonas y se logre su elección;