NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 67
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de setiembre de 2009 403549 Que, la Dirección Regional Sectorial de Educación a través de la Unidad de Racionalización, ha cumplido con subsanar las observaciones realizadas por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, con Ofi cio Nro. 428-2009-PR/GOB.REG.TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna, adjuntando el Informe Nro.0036-2009-GGR/GOB.REG. TACNA de la Gerencia General Regional, el Informe Nro.671- 2009-ORAJ/GOB.REG.TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y el Informe Nro.026-2009-GRDS/GOB. REG.TACNA de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el Informe Nro.036-2009-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de Sub-Gerencia de Desarrollo Organizacional y el Informe Nro.091-2009-URAC-DGI-DRSET/GOB.REG.TACNA de la Unidad de Racionalización de la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna, todos los documentos señalan que resulta viable legal y técnicamente la aprobación de la propuesta normativa; Que, mediante el Dictamen Nro.010-2009-CR-COPPAT emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; se aprueba por unanimidad la propuesta normativa; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha se aprobó la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE EDUCACION DE TACNA, el cual contiene: cincuenta y seis (56) Procedimientos y el Formato de Sustentación Legal y Técnica de Procedimientos Administrativos, que en anexo forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo: DEJAR sin efecto las demás normas regionales y disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero: DISPONER que la Gerencia General Regional y la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día dieciséis de Setiembre del año dos mil nueve. ROBERT JULIO PERALTA REYNOSO Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día diecisiete de Setiembre del año dos mil nueve. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 403352-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional “Hipólito Unanue” ORDENANZA REGIONAL N° 027-2009-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiuno de setiembre del año dos mil nueve, en sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades de Administración Públicas; Que, con Ofi cio Nº 496-2009-PR/GOB.REG.TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, apruebe el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional “Hipolito Unanue de Tacna”, adjuntando el Informe Nº 045-2009-GGR/GOB.REG.TACNA de la Gerencia General Regional, el Informe Nº 031-2009-GRDS- GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el Informe Nº 026-2009-GRDS/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el Informe Nº 281-2009-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de Sub- Gerencia de Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 825-2009-ORAJ/GGR-TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, todos los documentos señalan que resulta viable legal y técnicamente la aprobación de la propuesta normativa; no obstante el Pleno del Consejo Regional en la fecha solicita complementar el Informe Legal, dándose cumplimiento a lo dispuesto, se presenta el Informe Nº 834-2009-ORAJ/GR-TACNA; Que, por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, se aprobó por Unanimidad, la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DEL HOSPITAL REGIONAL “HIPOLITO UNANUE”, el cual consta de 638 (seiscientos treinta y ocho) cargos, distribuidos en: 577 (quinientos setenta y siete) ocupados y 61 (sesenta y uno) previstos. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto las demás normas regionales y disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional y la Dirección Regional Sectorial de Salud y la Dirección del Hospital Regional “Hipólito Unanue” implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintitrés de setiembre del año dos mil nueve. ROBERT JULIO PERALTA REYNOSO Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día veintitrés de setiembre del año dos mil nueve. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 403247-1