Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2010 (16/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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pronunciamiento, siendo esta la naturaleza del Recurso de Reconsideracion, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 162º de La Ley, que indica que corresponde a los administrados aportar pruebas mediante la MORDAZA de documentos e informes, proponer pericias, testimonios, inspecciones y demas diligencias permitidas o aducir alegaciones; Que, mediante Memorandum Nº 380-2010-MTC/15.03 de fecha 1 de marzo del 2010, se remitio el documento de la referencia a la Direccion de Regulacion y Normatividad a fin de que procedan a absolver la consulta referida al temario y horas que deberan presentar las Escuelas de Conductores que solicitan autorizacion para la obtencion de las Licencias de la Clase A Categoria I, y con Memorandum Nº 095-2010MTC/15.01 la Direccion de Regulacion y Normatividad, senala que las Escuelas autorizadas podran solicitar la ampliacion para dictar el curso para los que deseen obtener una Licencia de Conducir de la Clase A Categoria I, dictando como temario lo establecido en el numeral 66.1 del articulo 66º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; asimismo, para la obtencion de la Licencia de Conducir de la referida Clase y Categoria las Escuelas de Conductores deberan dictar el curso correspondiente en un horario minimo de tres (03) horas. Que, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 333-2010-MTC/15.03 da cuenta de lo siguiente: a) Presentan su Programa de Estudios para la obtencion de las Licencias de la Clase A Categoria I. b) Precisa las horas para impartir dicha capacitacion; asi como el horario de atencion y el vehiculo con el cual impartiran las practicas de manejo los mismos que se encuentran autorizados mediante Resolucion Directoral Nº 2920-2009-MTC/15. Que, el mencionado informe concluye que los documentos presentados por La Escuela en calidad de nueva prueba han subsanado las observaciones que motivaron la denegatoria del pedido de otorgamiento de autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran a obtener la Licencia de Conducir de la Clase A Categoria I en la MORDAZA de MORDAZA, resultando aplicables al presente caso los Principios de Informalismo, Eficacia, Presuncion de Veracidad y Privilegio de Controles Posteriores, establecido en el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley; por lo que procede declarar fundado el presente recurso, siendo necesario dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 que aprueba la Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la Escuela de Conductores Integrales MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada ­ ECI MORDAZA S.A.C. contra lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 281-2010-MTC/15 de fecha 29 de enero del 2010, en consecuencia, otorgar a favor de la citada Escuela autorizacion para los cursos de capacitacion a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, en el local indicado, con los Instructores que forman parte de su Plana Docente autorizada y con el automovil de la Clasificacion M1 autorizado segun Resolucion Directoral Nº 2920-2009-MTC/15. Articulo Segundo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; asimismo, encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral.

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de La ESCUELA los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

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ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Designan responsable de difundir informacion de PROINVERSION a traves de internet
RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA N° 041-2010
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28660, se determina la naturaleza juridica de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, como organismo publico descentralizado adscrito al sector economia y finanzas, con personeria juridica, autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, se aprueba la calificacion de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, como Organismo Publico Ejecutor, atendiendo a lo dispuesto por el Titulo IV de la Ley N° 29158; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 5 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, las entidades de la administracion publica estan en la obligacion de difundir a traves de Internet la informacion que la misma precisa, debiendo para tal efecto identificar al responsable de la elaboracion del MORDAZA de Internet; Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva N° 022-2010 de fecha 25 de febrero de 2010, se designo al responsable de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION de difundir a traves de Internet la informacion que dispone la Ley N° 27806; Que, el articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION aprobado por Decreto Supremo N° 042-2009-EF, en su literal e) establece la facultad del Director Ejecutivo para aprobar la estructura y organizacion interna de la institucion, designar a sus empleados de confianza y nombrar a sus funcionarios, autorizar la contratacion del personal asi como asignar sus funciones y competencias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como responsable de difundir a traves de Internet la informacion de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION que dispone la Ley N° 27806. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la designacion a que se refiere el Articulo 1 de la Resolucion de la Direccion Ejecutiva N° 022-2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLEN Director Ejecutivo PROINVERSION

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