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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de abril de 2010 417243 NTP 211.012:1978 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Brandy. 1ª Edición NTP 210.001:2003 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Extracción de muestras. 2ª Edición NTP 210.022:2003 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Método de ensayo. Determinación del metanol. 2ª Edición NTP 211.045:2005 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Método de ensayo. Determinación de azúcar. 1ª Edición NTP 272.047:2009 PAPELES Y CARTONES. Papel bond para impresora láser y fotocopiadoras. Requisitos. 2ª Edición NTP 272.081:1974 PAPELES Y CARTONES. Papel toalla. 1ª Edición NTP 272.020:1974 PAPELES Y CARTONES. Principios para la clasifi cación general de papeles y cartones. 1ª Edición NTP 272.084:1974 PAPELES, CARTULINAS Y CARTONES. Clasifi cación. 1ª Edición NTP 272.079:1988 PAPELES Y CARTONES. Papeles sanitarios y domésticos. Papel higiénico en rollo. Requisitos. 1ª Edición NTP 272.115:1988 PAPELES Y CARTONES. Papeles sanitarios y domésticos. Papel higiénico en bobinas. Requisitos. 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 480769-1 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 06-2010/CNB-INDECOPI Lima, 31 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 081- 2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Plaguicidas de uso agrícola, b) Productos agroindustriales de exportación, c), Productos naturales d) Tecnología química, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Plaguicidas de uso agrícola, 4 PNTP, el 18 de diciembre del 2009, b) Productos agroindustriales de exportación, 1 PNTP, el 23 de diciembre del 2009, c) Productos naturales, 1 PNTP, el 30 de diciembre del 2009, d) Tecnología química, 5 PNTP, el 30 de diciembre del 2009. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema 2 u Ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 29 de enero del 2010; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1030, el Decreto Legislativo Nº 1033, el Decreto Supremo Nº 081-2008-PCM y la Resolución Nº 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 31 de marzo de 2010. RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 319.049:2010 PLAGUICIDAS. Ácido 2,4 Diclorofenoxiacetico técnico (TC). Requisitos. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 319.049:1983 NTP 319.263:2010 PLAGUICIDAS. Mancozeb. Requisitos. 1ª Edición NTP 319.305:2010 PLAGUICIDAS. Determinación de cenizas sulfatadas. 1ª Edición NTP 319.306:2010 PLAGUICIDAS. Determinación de fenoles libres. 1ª Edición NTP 011.092:2010 CONSERVAS DE PIMIENTO JALAPEÑO. Requisitos. 1ª Edición NTP 011.352:2010 PRODUCTOS NATURALES. Jarabe de yacón (Smallanthus sonchifolius). Requisitos. 1ª Edición NTP 214.006:2010 CALIDAD DE AGUA. Determinación de turbiedad. Método nefelométrico. 3ª Edición Reemplaza a la NTP 214.006:1999 NTP 214.019:2010 CALIDAD DE AGUA. Determinación de cianuro. Método colorimétrico. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 214.019:1988 NTP 214.036:2010 CALIDAD DE AGUA. Determinación de color verdadero. Método espectrofotométrico a una sola longitud de onda. 1ª Edición NTP 311.001:2010 PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. Ácido sulfúrico. Requisitos y métodos de ensayo. 2ª Edición