Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2010 (20/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

417451

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Aprueban Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del Ano 2010
RESOLUCION Nº 247-2010-JNE MORDAZA, quince de MORDAZA de dos mil diez CONSIDERANDO 1. Mediante Ley Nº 29470, publicada el 14 de diciembre de 2009, se modificaron diversos articulos de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, incluyendo el articulo 4 donde se establece que: "Las elecciones regionales se realizan junto con las elecciones municipales el primer MORDAZA del mes de octubre", por lo que las proximas Elecciones Municipales y Regionales se llevaran a cabo el dia MORDAZA 3 de octubre de 2010. 2. Para ejercer el derecho a ser elegido como autoridad regional o municipal, todo ciudadano requiere previamente integrar cualquiera de las listas de candidatos que presenten las organizaciones politicas, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 12º de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales; y en el articulo 10º de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. 3. Conforme a lo establecido en los incisos a) y s) del articulo 36º de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y en concordancia con las precitadas normas electorales, corresponde al MORDAZA Electoral Especial inscribir a los candidatos presentados por las organizaciones politicas, constituyendose para este efecto en la primera instancia para resolver las tachas e impugnaciones que se interpongan contra dichas candidaturas, asi como para la concesion de los recursos de apelacion contra las mismas. Por su parte, es atribucion del Pleno del JNE, en virtud de lo dispuesto en el inciso t) del articulo 5º de su Ley Organica, resolver en MORDAZA instancia las apelaciones que se interpongan contra las decisiones de los Jurados Electorales Especiales. Frente a las decisiones del Pleno, solamente es posible interponer el Recurso Extraordinario establecido mediante Resolucion Nº 306-2005-JNE. La MORDAZA de tal recurso no impide ni suspende la ejecucion del pronunciamiento que MORDAZA emitido el Pleno. 4. Conforme a lo dispuesto por el articulo 178, inciso 3) de la Constitucion Politica del Estado, y el articulo 5, inciso g) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; corresponde a este Supremo Tribunal Electoral velar por el cumplimiento de las leyes electorales, expidiendo las normas reglamentarias que deben cumplir tanto las organizaciones politicas en la MORDAZA de sus solicitudes de inscripcion de listas de candidatos, como los Jurados Electorales Especiales en la recepcion, calificacion e inscripcion de dichas candidaturas; asi como la ciudadania en general, respecto de los recursos que la ley otorga para oponerse a las mismas. En el tramite de inscripcion de listas de candidatos resulta necesario establecer los plazos que integran el cronograma electoral, las normas respecto de la aplicacion de las cuotas electorales y la MORDAZA de Declaraciones Juradas de MORDAZA y Planes de Gobierno que forman parte de los requisitos para el tramite MORDAZA senalado. 5. En relacion a la participacion de los extranjeros residentes en el Peru, para elegir y ser elegidos en un MORDAZA municipal, conforme a lo establecido en el articulo 7 de la Ley de Elecciones Municipales; resulta necesario ratificar la vigencia de la Resolucion Nº 1155-2006-JNE de fecha 8 de junio de 2006. 6. Finalmente, se debe precisar que el presente reglamento se ha elaborado luego de publicarse en el MORDAZA institucional como "Anteproyecto de Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales y Regionales del ano 2010", y notificarse a los partidos politicos y movimientos regionales. Luego de

consolidarse y analizarse las sugerencias, comentarios y aportes de las organizaciones politicas, organismos publicos, instituciones privadas y ciudadanos en general, se emite para su aplicacion en el MORDAZA electoral municipal y regional a desarrollarse el presente ano. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, que consta de 34 articulos y tres Disposiciones Finales, y cuyo texto es el siguiente: REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE LISTAS DE CANDIDATOS PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES DEL ANO 2010 1. OBJETO Regular el procedimiento de admision, calificacion e inscripcion de listas de candidatos para Presidente, Vicepresidente y Consejeros Regionales, asi como para Alcaldes y Regidores provinciales y distritales durante el MORDAZA electoral del ano 2010. 2. BASE LEGAL 2.1 Constitucion Politica del Peru de 1993. 2.2 Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. 2.3 Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470. 2.4 Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. 2.5 Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos, modificada por las Leyes Nºs 28624, 28711 y 29490. 3. ALCANCE Las normas establecidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio para el MORDAZA Electoral Especial, organizaciones politicas con inscripcion vigente en el Registro de Organizaciones Politicas que participen en las Elecciones Regionales y Municipales 2010, asi como la ciudadania en general. 4. RESPONSABILIDADES MORDAZA Electoral Especial.- Es el responsable de la aplicacion del presente Reglamento para la inscripcion de listas de candidatos. Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones.- Es responsable de la difusion del presente Reglamento. 5. ABREVIATURAS DNI JEE JNE LOE LOJNE Documento Nacional de Identidad MORDAZA Electoral Especial MORDAZA Nacional de Elecciones Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859 Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, Ley Nº 26486 RENIEC : Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ROP : Registro de Organizaciones Politicas 6. DEFINICIONES a. Apelacion: Medio impugnatorio que interpone el interesado contra un pronunciamiento emitido por el MORDAZA Electoral Especial, a fin de que el organo jurisdiccional respectivo examine la causa y resuelva en MORDAZA y MORDAZA instancia. b. Calificacion: Verificacion que efectua de manera integral el MORDAZA Electoral Especial, de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos regionales y municipales, respecto del cumplimiento de los requisitos de ley para su inscripcion. : : : : :

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