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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de abril de 2010 417451 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Aprueban Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2010 RESOLUCIÓN Nº 247-2010-JNE Lima, quince de abril de dos mil diez CONSIDERANDO 1. Mediante Ley Nº 29470, publicada el 14 de diciembre de 2009, se modifi caron diversos artículos de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, incluyendo el artículo 4 donde se establece que: “Las elecciones regionales se realizan junto con las elecciones municipales el primer domingo del mes de octubre”, por lo que las próximas Elecciones Municipales y Regionales se llevarán a cabo el día domingo 3 de octubre de 2010. 2. Para ejercer el derecho a ser elegido como autoridad regional o municipal, todo ciudadano requiere previamente integrar cualquiera de las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12º de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales; y en el artículo 10º de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. 3. Conforme a lo establecido en los incisos a) y s) del artículo 36º de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y en concordancia con las precitadas normas electorales, corresponde al Jurado Electoral Especial inscribir a los candidatos presentados por las organizaciones políticas, constituyéndose para este efecto en la primera instancia para resolver las tachas e impugnaciones que se interpongan contra dichas candidaturas, así como para la concesión de los recursos de apelación contra las mismas. Por su parte, es atribución del Pleno del JNE, en virtud de lo dispuesto en el inciso t) del artículo 5º de su Ley Orgánica, resolver en última instancia las apelaciones que se interpongan contra las decisiones de los Jurados Electorales Especiales. Frente a las decisiones del Pleno, solamente es posible interponer el Recurso Extraordinario establecido mediante Resolución Nº 306-2005-JNE. La presentación de tal recurso no impide ni suspende la ejecución del pronunciamiento que haya emitido el Pleno. 4. Conforme a lo dispuesto por el artículo 178, inciso 3) de la Constitución Política del Estado, y el artículo 5, inciso g) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; corresponde a este Supremo Tribunal Electoral velar por el cumplimiento de las leyes electorales, expidiendo las normas reglamentarias que deben cumplir tanto las organizaciones políticas en la presentación de sus solicitudes de inscripción de listas de candidatos, como los Jurados Electorales Especiales en la recepción, califi cación e inscripción de dichas candidaturas; así como la ciudadanía en general, respecto de los recursos que la ley otorga para oponerse a las mismas. En el trámite de inscripción de listas de candidatos resulta necesario establecer los plazos que integran el cronograma electoral, las normas respecto de la aplicación de las cuotas electorales y la presentación de Declaraciones Juradas de Vida y Planes de Gobierno que forman parte de los requisitos para el trámite antes señalado. 5. En relación a la participación de los extranjeros residentes en el Perú, para elegir y ser elegidos en un proceso municipal, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Elecciones Municipales; resulta necesario ratifi car la vigencia de la Resolución Nº 1155-2006-JNE de fecha 8 de junio de 2006. 6. Finalmente, se debe precisar que el presente reglamento se ha elaborado luego de publicarse en el portal institucional como “Anteproyecto de Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales y Regionales del año 2010”, y notifi carse a los partidos políticos y movimientos regionales. Luego de consolidarse y analizarse las sugerencias, comentarios y aportes de las organizaciones políticas, organismos públicos, instituciones privadas y ciudadanos en general, se emite para su aplicación en el proceso electoral municipal y regional a desarrollarse el presente año. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, que consta de 34 artículos y tres Disposiciones Finales, y cuyo texto es el siguiente: REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES DEL AÑO 2010 1. OBJETO Regular el procedimiento de admisión, califi cación e inscripción de listas de candidatos para Presidente, Vicepresidente y Consejeros Regionales, así como para Alcaldes y Regidores provinciales y distritales durante el proceso electoral del año 2010. 2. BASE LEGAL 2.1 Constitución Política del Perú de 1993. 2.2 Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 2.3 Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29470. 2.4 Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. 2.5 Ley Nº 28094, Ley de Partidos Políticos, modifi cada por las Leyes Nºs 28624, 28711 y 29490. 3. ALCANCE Las normas establecidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio para el Jurado Electoral Especial, organizaciones políticas con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas que participen en las Elecciones Regionales y Municipales 2010, así como la ciudadanía en general. 4. RESPONSABILIDADES Jurado Electoral Especial.- Es el responsable de la aplicación del presente Reglamento para la inscripción de listas de candidatos. Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones.- Es responsable de la difusión del presente Reglamento. 5. ABREVIATURAS DNI : Documento Nacional de Identidad JEE : Jurado Electoral Especial JNE : Jurado Nacional de Elecciones LOE : Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859 LOJNE : Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, Ley Nº 26486 RENIEC : Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil ROP : Registro de Organizaciones Políticas 6. DEFINICIONES a. Apelación: Medio impugnatorio que interpone el interesado contra un pronunciamiento emitido por el Jurado Electoral Especial, a fi n de que el órgano jurisdiccional respectivo examine la causa y resuelva en segunda y última instancia. b. Califi cación: Verifi cación que efectúa de manera integral el Jurado Electoral Especial, de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos regionales y municipales, respecto del cumplimiento de los requisitos de ley para su inscripción.