Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2010 (21/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

417529

Articulo 2º.- Los factores de reajuste de las tarifas senaladas en el articulo anterior, se efectuaran de acuerdo a lo establecido en el articulo 11º del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG Nº 078-2004-OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 3º.- Las Condiciones de Aplicacion de las tarifas de la Red Principal, el Cargo por Reserva de Capacidad (CRC) y el Cargo por Uso (CUM) se encuentran establecidos en articulo 13º del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG Nº 078-2004OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 4º.- Las tarifas de la Red Principal de Distribucion de Calidda quedaran sin efecto cuando entre en vigencia la Tarifa Unica de Distribucion establecida en la Resolucion OSINERGMIN Nº 261-2010-OS/CD, modificada por las Resoluciones OSINERGMIN Nº 0512010-OS/CD y OSINERGMIN Nº 057-2010-OS/CD. Articulo 5º.- La presente resolucion sera de aplicacion para el Periodo Tarifario comprendido entre el 1 de MORDAZA del 2010 y el 30 de MORDAZA del 2012 salvo lo previsto en el articulo anterior. Articulo 6º.- Incorporese el Informe Tecnico Nº 1412010-GART y el Informe Legal Nº 143-2010-GART como anexo y parte integrante de la presente resolucion. Articulo 7º.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y los informes respectivos seran consignados en la pagina WEB de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

Reglamento, una vez que entren en vigencia las tarifas aprobadas mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 261-2009-OS/CD, el Periodo de Garantia de la empresa Calidda culminara, de acuerdo a lo que establezca OSINERGMIN. Asimismo, OSINERGMIN, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 16.7 del articulo 16º del Reglamento, debe definir oportunamente un procedimiento de adecuacion tarifaria para liquidar la Garantia, es decir, los saldos pendientes deben ser incorporados en el calculo de la Tarifa Unica de Distribucion. Adicionalmente, se estima que las ventas por los servicios de la Red Principal de Transporte superen a los Ingresos Garantizados, determinados para el periodo en evaluacion, por lo tanto, este hecho debe ser considerado tambien en el procedimiento de liquidacion de la Garantia que OSINERGMIN emitira oportunamente. En cumplimiento de los dispositivos legales citados y en aplicacion de los criterios expuestos en la presente Exposicion de Motivos, OSINERGMIN expide el proyecto de Resolucion que fija las tarifas correspondientes a la Red Principal de Camisea para el periodo MORDAZA 2010 ­ MORDAZA 2012. 483235-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripcion del fondo mutuo denominado "BBVA Peru Soles FMIV" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTONOMOS N° 009-2010-EF/94.06.2 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Expediente N° 2010010461, iniciado por Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, asi como el Informe N° 217-2010-EF/94.06.2 del 13 de MORDAZA de 2010; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion CONASEV N° 618-97-EF/94.10 del 23 de setiembre de 1997, se autorizo el funcionamiento de Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para administrar unicamente fondos mutuos de inversion en valores y, posteriormente, mediante Resolucion CONASEV N° 0902007-EF/94.01.1 del 18 de diciembre de 2007 se autorizo el funcionamiento de Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para administrar fondos de inversion; Que, mediante escrito de fecha 31 de marzo de 2010, complementado con escritos de fecha 05 y 12 de MORDAZA de 2010, Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicito la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado "BBVA Peru Soles FMIV" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion a la documentacion presentada, se ha determinado que Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con lo establecido en los articulos 24 y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y sus modificatorias, asi como con lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; y,

EXPOSICION DE MOTIVOS Los gasoductos que conforman la Red Principal de Camisea se encuentran normados por la Ley Nº 27133, Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural (en adelante la "Ley de Promocion"), su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-99-EM (en adelante el "Reglamento"), y los respectivos Contratos BOOT de las Concesiones de Transporte y Distribucion. La empresa Transportadora del Gas del Peru S.A.A (TGP) tiene a su cargo, entre otros, la construccion y operacion del gasoducto de transporte de gas natural desde Camisea hasta el City Gate de MORDAZA y Callao, la cual es parte integrante de la Red Principal de Camisea. Por su parte, la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. (Calidda) tiene a su cargo, entre otros, la construccion y operacion del gasoducto de distribucion de alta presion de gas natural desde el City Gate de MORDAZA hasta Ventanilla, la cual es parte integrante de la Red Principal de Camisea. Asimismo, OSINERGMIN, de acuerdo al articulo 9º de la Ley de Promocion es quien fija los pliegos tarifarios y el cargo por Garantia por Red Principal (GRP), tomando en consideracion la normativa aplicable. Las tarifas actualmente aprobadas, mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 0340-2008-OS/CD, tienen vigencia hasta el 30 de MORDAZA del 2010; por lo tanto es necesario la emision de nuevas tarifas para el periodo 2010 ­ 2012. Ademas, la citada resolucion creo las condiciones de aplicacion de las Tarifas de la Red Principal lo cual es de caracter general y por tanto debe ser ubicadas en la MORDAZA para determinar las Tarifas de la Red Principal. Por otro lado, la empresa CALIDDA, titular de la concesion de distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao, solicito una Tarifa Unica para su concesion, integrando la Red Principal de distribucion con las Otras Redes. En ese sentido, OSINERGMIN, emitio la Resolucion Nº 261-2010OS/CD, la cual establece la Tarifa Unica de Distribucion de la concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, la misma que entrara en vigencia al dia siguiente de publicado el Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Contrato de Concesion de Distribucion de Gas Natural de MORDAZA y Callao o en la fecha senalada en el citado contrato de concesion. Al respecto, se debe considerar, que de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.5 del articulo 16º del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.