Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2010 (07/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de agosto de 2010

Que, con Informe Nº 058-210/ST-CG-CM/XST.S.A/ MPE/E de fecha 02 de Junio del 2010, el Secretario Tecnico del Comite de Gestion - Convenio MORDAZA, informa que, en Sesion Extraordinaria del Comite de Gestion ­ Convenio MORDAZA de fecha 28 de MORDAZA del 2010 se aprobo el presupuesto operativo para el ano 2010, para la operatividad y funcionamiento de la Oficina de Secretaria Tecnica del Comite de Gestion de Convenio MORDAZA por un monto total de S/. 470,000.00, pero aclara que de dicho monto la Municipalidad Provincial de Espinar debera administrar para el fin MORDAZA indicado la suma de S/. 401,600.00 Nuevos Soles, previa aprobacion y aceptacion de donacion, efectuada por la Empresa Xstrata MORDAZA a traves del Convenio MORDAZA, asi mismo aclara que la Empresa desembolsara en forma trimestral segun cronograma siguiente:
I II TRIMESTRE III TRIMESTRE IV TRIMESTRE TRIMESTRE M. P. E. 94,900.00 98,900.00 103,900.00 103,900.00 X S T R A T A 12,350.00 13,850.00 36,350.00 5,850.00 MORDAZA TOTALES 107,250.00 112,750.00 140,250.00 109,750.00 ENTIDAD TOTAL ANUAL 401,600.00 68,400.00 470,000.00

para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes, conforme a ley, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial (e) 527126-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA.
Aprueban modelo MORDAZA de convenio de estabilidad juridica para suscribirse como inversionistas
ORDENANZA MUNICIPAL N° 019 -2010-MPH/A MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2010 EL SENOR MORDAZA DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 122-2010-MPH/CM, de fecha 24 de MORDAZA del 2010, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, de conformidad a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, mediante el cual modifica el capitulo XIV del Titulo IV de la Constitucion Politica del Estado establece en el articulo 194º, que las Municipalidades Provinciales son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad tributaria; correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del articulo 200º de nuestra carta magna; Que, el Gobierno Nacional con la finalidad de promover la inversion privada en el MORDAZA, tanto para obras de infraestructura como de servicios publicos, ha emitido una serie de dispositivos legales por los cuales se permite un MORDAZA de seguridad juridica para que los inversionistas nacionales o extranjeros puedan realizar sus operaciones en el Peru generar MORDAZA de trabajo; Que, dentro del MORDAZA de legislacion para promover la inversion privada, se promulgo el Decreto Legislativo N° 757 el mismo que en su articulo 39º senala, que los convenios de estabilidad juridica se celebran al MORDAZA del articulo 1357º del Codigo Civil y tienen la calidad de contratos con fuerza de Ley, de manera que no pueden ser modificados o dejados sin efecto unilateralmente por el Estado. Tales contratos tienen caracter civil y no administrativo, y solo podran modificarse o dejarse sin efecto por acuerdo entre las partes; Que, el articulo 44º del Decreto Legislativo Nº 757, establece que los Gobiernos Regionales y Locales podran celebrar convenios de estabilidad juridica con los inversionistas que efectuen inversiones en sus respectivas jurisdicciones, y con las empresas establecidas o que se establezcan en ellas, exclusivamente con respecto a las materias de su competencia; Que, el articulo 31º del Decreto Legislativo N° 757, dispone que los Gobiernos Locales deben aprobar sus correspondientes modelos de convenio MORDAZA para la suscripcion de convenios de estabilidad juridica en las materias de su exclusiva competencia;

Que, en Sesion Ordinaria Nº 014-2010 de fecha 30 de Junio del 2010, se pone a consideracion del pleno del Concejo el Informe Nº 058-210/ST-CG-CM/XST. S.A/MPE/E de fecha 02 de Junio del 2010, formulado por el Secretario Tecnico del Comite de Gestion Convenio MORDAZA, sobre aceptacion y aprobacion de la donacion por parte de la Empresa Xstrata MORDAZA en favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, desembolso economico que efectua la Empresa Minera Xstrata MORDAZA S.A.A., destinado para la ejecucion de gasto de operatividad y funcionamiento de la Oficina de Secretaria Tecnica ­ Convenio Marco; asi como aprobar y aceptar la donacion de un monto que es de S/. 401,600.00 Nuevos Soles para el fin MORDAZA indicado, la misma que es ampliamente sustentado por el senor MORDAZA Provincial, luego puesto a consideracion del Pleno del Concejo Municipal, instancia que delibero, analizo y debatio, finalmente dicha instancia decide tomar el acuerdo correspondiente; Estando, en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º Inc. 20), 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR Y ACEPTAR la DONACION del V aporte efectuada por la Empresa Minera Xstrata MORDAZA S.A. a traves del Comite de Gestion del Convenio MORDAZA, a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, por la suma de Cuatrocientos Setenta Mil con 00/100 Nuevos Soles (S/. 470,000.00); todo ello destinados para el Presupuesto Operativo y Financiero de la Oficina de la Secretaria Tecnica del Comite de Gestion del Convenio MORDAZA para el Ano 2010, conforme a la estructura trimestral siguiente:
ENTIDAD M. P. E. I II TRIMESTRE III TRIMESTRE IV TRIMESTRE TRIMESTRE 94,900.00 98,900.00 103,900.00 103,900.00 TOTAL ANUAL 401,600.00

Articulo Segundo.- ESTABLECER que la donacion dineraria ascendente a la suma de Cuatrocientos Un mil Seiscientos con 00/100 nuevos soles (S/. 401,600.00), los que deben ser incorporados en el presupuesto PIA 2010 de la Municipalidad, a traves de la Modificacion Presupuestaria en el nivel institucional via credito suplementario. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Prensa y Comunicaciones efectue la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como publique en los paneles de la municipalidad provincial, bajo responsabilidad, asi como tambien se disponga que la Oficina de Tecnologias de la Informatica efectue la publicacion en la pagina Web de la municipalidad. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR el tenor del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento Provincial y a la Oficina de Tesoreria, Xstrata MORDAZA S.A., Oficina de Comite de Gestion,

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