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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de agosto de 2010 423429 el día siguiente de su publicación”. Asimismo, establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y licencias de edifi cación, seguimiento, supervisión y fi scalización en la ejecución de los respectivos proyectos en un marco que garantice la seguridad privada y pública; norma concordante con el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 003-2010-VIVIENDA publicado el 07.02.2010, que modifi ca el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA; Que, mediante los Informes Nros. 097 y 117-2010- SGLAU-GDU-MSS de fechas 16.02.2010 y 02.03.2010, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, informa sobre los cambios y complementos a la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, por efecto de la Ley Nº 29746, que ha conllevado a la revisión de todos los procedimientos administrativos del Área de Licencias de Obra y del Área de Habilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, sustentando detalladamente los procedimientos que ameritan ser modifi cados del TUPA aprobado con Ordenanza Nº 332-MSS e incluirse nuevos procedimientos; Que, con Memorando Nº 238-2010-GDU-MSS del 03.03.2010, la Gerencia de Desarrollo Urbano remitiendo los precitados Informes, señala hacer suyo en toda su extensión el Informe Nº 117-2010-SGLAU-GDU-MSS de fecha 02.03.2010 de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas; Que, mediante Informe Nº 023-2010-SGPLAE-GPP- MSS del 11.03.2009, la Subgerencia de Planeamiento y Estadística, emite el Informe Técnico sobre la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA correspondiente a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, en virtud a los cambios en la normatividad en materia de licencias de edifi cación y habilitaciones urbanas, introducidas por la Ley Nº 29476, normativa que modifi ca algunos requisitos y enfatiza en la necesidad de una supervisión de las obras por parte de las municipalidades con el fi n de garantizar la seguridad pública y el urbanismo, facultándolas para que ejecuten las acciones que así lo garanticen y señalando que los costos pertinentes deben considerarse en el derecho de trámite de licencia. En tal sentido, remite la propuesta de modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos elaborada conjuntamente con la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, emitiendo opinión favorable al respecto; Que, con Memorando Nº 195-2010-GPP-MSS del 12.03.2010, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto teniendo en cuenta los Informes emitidos por la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano e Informe de la Subgerencia de Planeamiento y Estadística, opina favorablemente por la aprobación de la propuesta de modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativo correspondiente a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Asimismo, adjunta los actuados generados, así como el Memorando Nº 091- 2010-GF-MSS de fecha 18.02.2010, elaborado por la Gerencia de Finanzas, el cual contiene el Informe Técnico Financiero y la Estructuras de Costos; Que, a través del Informe Nº 307-2010-GAJ-MSS del 22.03.2010, la Gerencia de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta los Informes emitidos por las áreas correspondientes, así como lo dispuesto en la Ley Nº 29476, Ley que modifi ca y complementa la Ley Nº 29090, señala que resulta necesario se efectúe la modifi cación a través del correspondiente proyecto de Ordenanza del TUPA de esta Municipalidad, a fi n de dar atención a los requerimientos de los administrados, apreciándose que las modifi caciones presentadas cuentan con el sustento técnico y fi nanciero para su procedencia, por lo que corresponde se dé la viabilidad al mismo; Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica que, la prepublicación de la referida propuesta de Ordenanza, de conformidad con lo establecido por el Artículo 14º numeral 3.2 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general”, resulta innecesaria teniendo en cuenta que las modifi caciones propuestas, se sustentan en el mandato contenido en la Ley Nº 29476, señalando además que resulta necesaria para la entrada en vigencia de la Ordenanza, la ratifi cación que deberá efectuar la Municipalidad Metropolitana de Lima conforme a lo dispuesto en la Ordenanza 607-MML; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye en su Informe, emitiendo opinión señalando que el proyecto de Ordenanza que modifi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza 332-MSS, resulta procedente, por lo que recomienda que el mismo sea elevado ante el Concejo Municipal, para que conforme a sus facultades disponga la aprobación de la normativa propuesta y posteriormente se remita el mismo para su ratifi cación a la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 607-MML; Que, mediante Ley Nº 29091 se modifi có el párrafo 38.3 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y se establece la publicación de diversos dispositivos legales en el portal del estado peruano y en portales institucionales; en tal sentido el TUPA es publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el portal del Estado Peruano; Que, con D.S. Nº 004-2008-PCM y fe de erratas publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 24.01.2008; se aprobó el reglamento de la Ley Nº 29091, mediante el cual se establece que las entidades se encuentran obligadas a publicar su TUPA en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE www.serviciosalciudadano. gob.pe y en su portal institucional. Debiéndose publicar las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Entidad o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas en el portal institucional. Debiéndose publicar en el Diario Ofi cial El Peruano únicamente los dispositivos legales, que aprueben modifi quen o deroguen los documentos indicados en los numerales 3.1 y 3.2 del citado reglamento; Que, con Memorándum Nº 372-2010-GM-MSS del 23.03.2010, la Gerencia Municipal emite opinión favorable respecto al presente proyecto de Ordenanza, remitiendo el mismo para su aprobación por parte del Concejo Municipal y posterior remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al Dictamen Conjunto N° 001-2010-CGM- CDL-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal, Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 307- 2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley N° 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO APROBADO POR ORDENANZA Nº 332-MSS Y RATIFICADO POR ACUERDO DE CONCEJO Nº 283 DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Aprobar la Modifi cación e Incorporación de nuevos procedimientos administrativos, así como los derechos de tramitación correspondientes a las Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, de la Ordenanza Nº 332-MSS “Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco” ratifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 283-MML, en la Unidad Orgánica:Gerencia de Desarrollo Urbano, Unidad: Subgerencia de Licencia y Autorizaciones Urbanas, de acuerdo al Anexo I el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- REMITIR la presente Ordenanza y su Anexo I a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de iniciar el proceso de ratifi cación de los derechos contenidos en la presente modifi catoria. Artículo Tercero.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; la cual se efectuará una vez, que la Municipalidad Metropolitana de Lima expida el Acuerdo de Concejo que Ratifi que lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Ordenanza.