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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de agosto de 2010 423421 VISTA: La comunicación cursada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero de Bolivia (ASFI) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la cual otorga su no objeción a la realización de una Visita de Inspección a la Subsidiaria del Banco de Crédito del Perú en Bolivia, la misma que se llevará a cabo entre el 09 y el 20 de agosto de 2010, en la ciudad de La Paz, República de Bolivia; CONSIDERANDO: Que, en virtud del numeral 13 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, el cual establece que la supervisión consolidada de los conglomerados fi nancieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se viene realizando una supervisión conglomerada al Banco de Crédito del Perú; Que, en tal sentido, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación Bancaria que viene realizando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Memorando de Cooperación y/o Entendimiento celebrado entre esta Superintendencia y la ex Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de Bolivia, ahora Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, se han realizado coordinaciones con la citada institución a fi n que representantes de esta entidad supervisora realicen una visita de inspección a la Subsidiaria del Banco de Crédito del Perú en Bolivia; Que, el principal objetivo de la citada visita de inspección, estará centrado en la evaluación del riesgo crediticio y la revisión del grado de implementación de las recomendaciones efectuadas por esta Superintendencia en la visita realizada a la indicada entidad en el año 2009; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar a los señores: César Augusto Herrera Moya, Jefe de Supervisión de Inspecciones, Carlos Alberto Ramírez Matallana, Supervisor Principal de Inspecciones del Departamento de Inspecciones de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, Cesar Neill Pajares Paz, Analista Principal de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones II del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, y Mayko Ramiro Camargo Cárdenas, Jefe de Supervisión de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, para que en representación de esta Superintendencia integren el equipo de trabajo que llevará a cabo la citada Visita; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para que puedan efectuar las labores de supervisión indicadas, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS- DIR-ADM-085-13; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores César Augusto Herrera Moya, Jefe de Supervisión de Inspecciones, Carlos Alberto Ramírez Matallana, Supervisor Principal de Inspecciones del Departamento de Inspecciones de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas del 8 al 21 de agosto de 2010, del señor Cesar Neill Pajares Paz, Analista Principal del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones II, de la Superintendencia Adjunta de Riesgos del 08 al 14 de agosto de 2010; y, Mayko Ramiro Camargo Cárdenas, Jefe de Supervisión de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas del 11 al 19 de agosto de 2010; a la ciudad de La Paz, República de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle: César Augusto Herrera Moya Pasajes US$ 1063,91 Viáticos US$ 2 600,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Carlos Alberto Ramírez Matallana Pasajes US$ 661,67 Viáticos US$ 2 600,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Cesar Neill Pajares Paz Pasajes US$ 661,67 Viáticos US$ 1200,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Mayko Ramiro Camargo Cárdenas Pasajes US$ 691,42 Viáticos US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 527946-1 Aprueban Reglamento para la Reestructuración, Repotenciación, Disolución y Liquidación de las Derramas, Cajas de Beneficios y otros fondos que reciban recursos de sus afiliados y otorguen pensiones de cesantía, jubilación y similares RESOLUCIÓN SBS Nº 8504 -2010 Lima, 6 de agosto de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES