Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2010 (07/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de agosto de 2010

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES · Escuela Academico Profesional de Gestion Tributaria, y · Escuela Academico Profesional Empresarial y del Sector Publico. de Auditoria

Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 526807-1

Declaran que la Universidad Nacional del MORDAZA cumple con lo previsto en la Ley Universitaria, respecto a la creacion de diversas Escuelas Academico Profesionales
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0683-2010-ANR MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 351-2010-UNS-OSG, de fecha 27 de MORDAZA de 2010, de la Secretaria General de la Universidad Nacional del Santa; el informe Nº 088-2010-DGDAC, de fecha 6 de MORDAZA de 2010, de la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion; el memorando Nº 634-2010-SE, de fecha 12 de MORDAZA de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas por el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, se precisa que la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una Universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, con oficio de vistos la Secretaria General de la Universidad Nacional del MORDAZA hace de conocimiento el acuerdo de su Asamblea Universitaria, realizada en sesion extraordinaria Nº 03 de fecha 30 de noviembre de 2009, en la que se aprueba la creacion de nuevas Escuelas Academico Profesionales adscritas a sus respectivas Facultades y expide para dicho efecto las Resoluciones Rectorales Nº 003, 004, 005 y 006-2009-AU-R-UNS que crean las siguientes unidades academicas: · Escuela Academico Profesional de Ingenieria Agronoma, adscrita a la facultad de Ingenieria. · Escuela Academico Profesional de Ingenieria Mecanica, adscrita a la facultad de Ingenieria. · Escuela Academico Profesional de Biotecnologia, adscrita a la facultad de Ciencias. · Escuela Academico Profesional de Derecho y Ciencias Politicas, adscrita a la facultad de Educacion y Humanidades. Que, el articulo 29º del Estatuto de la Universidad, establece que la creacion de nuevas Escuelas Academico Profesionales requiere de un Estudio de Factibilidad que contemple el MORDAZA potencial de trabajo para sus egresados, los recursos humanos necesarios para la conformacion de sus unidades operativas de gobierno

y de administracion curricular, asi como los recursos materiales necesarios para su normal desarrollo, a fin de cubrir preferentemente las necesidades de los sectores primarios y secundarios de la economia regional y nacional, de conformidad con los fines que persigue la Universidad y la Facultad garantizando la formacion de una profesion especifica; Que, mediante informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, propone expedir la resolucion sobre la creacion de las Escuelas Academico Profesionales citadas en el MORDAZA considerando en razon a haber examinado la documentacion remitida de cuyo analisis expresa que los curriculos de estudios han sido debidamente organizados de acuerdo a las necesidades para su normal desarrollo; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, de acuerdo al Informe Nº 088-2010-DGDAC de la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; y En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad Nacional del MORDAZA, cumple con lo previsto en el articulo 92º inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creacion de las siguientes Escuelas Academico Profesionales, quedando en consecuencia aprobadas para su funcionamiento: · Escuela Academico Profesional de Ingenieria Agronoma, adscrita a la facultad de Ingenieria. · Escuela Academico Profesional de Ingenieria Mecanica, adscrita a la facultad de Ingenieria. · Escuela Academico Profesional de Biotecnologia, adscrita a la facultad de Ciencias. · Escuela Academico Profesional de Derecho y Ciencias Politicas, adscrita a la facultad de Educacion y Humanidades. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 526795-1

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de representante del BCRP a Colombia para participar en la V Conferencia Internacional de Estudios Economicos del FLAR
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 055-2010-BCRP MORDAZA, 5 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitacion del Fondo Latinoamericano de Reservas, para asistir a la V Conferencia Internacional de Estudios Economicos del FLAR, que se realizara en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Colombia, el 9 y 10 de agosto de 2010; Que, dicha reunion congregara a las maximas autoridades y especialistas de los bancos centrales de

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