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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de agosto de 2010 423498 - Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; - Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; - Un representante del Ministerio de Salud; - Un representante del Ministerio de Educación; - Un representante del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI; - Un representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; - Un representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP; - Un representante del Instituto Geofísico del Perú - IGP; - Un representante del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; - Un representante del Fondo Nacional del Ambiente - FONAM; - Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; y - Un representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; También podrán conformar la Comisión: - Un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; - Un representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú; - Un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP; - Un representante de las Organizaciones no Gubernamentales en materia Ambiental, inscritas en los registros de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; - Un representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza; - Un representante de las Organizaciones Indígenas; - Un representante de las Organizaciones de Trabajadores. - Un representante de la Asamblea Nacional de Rectores; - Un representante de la Red de Municipalidades Rurales del Perú; y, - Un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú. La Comisión, según lo estime conveniente, podrá invitar a participar a otros organismos públicos, organismos de la sociedad civil y organismos internacionales que apoyen el mejor cumplimiento de su fi nalidad y funciones, quienes podrán participar en las sesiones con voz pero sin voto.” Artículo 2º.- Designación de representantes El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y la Autoridad Nacional del Agua designarán mediante Resolución del Titular del Pliego correspondiente, a un representante titular y a un representante alterno, dentro del plazo de cinco (5) hábiles contados a partir del día siguiente de publicado el presente Decreto Supremo. Las Organizaciones no Gubernamentales en materia ambiental, inscritas en los registros de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; las Organizaciones Indígenas; las Organizaciones de Trabajadores; la Asamblea Nacional de Rectores; la Mesa de Concertación para la Lucha contra La Pobreza; la Red de Municipalidades Rurales del Perú; y, la Asociación de Municipalidades del Perú acreditarán a un representante titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida al Ministerio del Ambiente, en el mismo plazo considerado en el párrafo anterior. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros del Ambiente; Relaciones Exteriores; Energía y Minas; Comercio Exterior y Turismo; Economía y Finanzas; Agricultura; Salud; Producción; Educación; Transportes y Comunicaciones, y Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas JOSÉ GONZÁLES QUIJANO Ministro de la Producción JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 528550-2 DEFENSA Autorizan viaje de Inspector General del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 333-2010-DE Lima, 9 de agosto de 2010 CONSIDERANDO Que, mediante Ofi cio Nº 107-2010-MINDEF/IG/K.3 de 7 de julio de 2010, la Inspectoría General del Ministerio de Defensa, comunica que del 16 al 21 de agosto de 2010, se encuentra previsto efectuar una Acción de Inspección a la Agregaduría de Defensa del Perú en los Estados Unidos de América; Que, la Acción de Inspección, tiene particular importancia en razón que se podrá conocer como viene funcionando la indica Agregaduría, permitiendo disponer las medidas correctivas y recomendaciones que correspondan; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Rubro 6: Actividades de Inspectoría, Item 2, del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2010, aprobada con Resolución Suprema Nº 130-2010 DE/SG de 1 de abril de 2010;