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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (10/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de agosto de 2010 423508 GUTIERREZ, se encuentra inmerso en el supuesto señalado en el literal b) del numeral 6.4 del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 008 - 2010 - JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, pues se trata de una persona que padece de una enfermedad no terminal grave progresiva y degenerativa; Que, casos excepcionales de personas con enfermedad degenerativa como el presente, hacen que la continuidad de la ejecución penal pierda todo sentido jurídico y social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, además, de lo señalado en el artículo 31º del Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales aprobado por Resolución Ministerial Nº 162-2010-JUS y los incisos 8) y 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS al interno del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, ELVER JAIME SAUÑE GUTIERREZ o ELVERS JAIME SAUÑE GUTIERREZ. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 528550-12 RELACIONES EXTERIORES Modifican circunscripción del Consulado del Perú en Amberes, Reino de Bélgica DECRETO SUPREMO Nº 102-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 517-2000-RE, del 30 de octubre del 2000, se cambió la categoría del Consulado General del Perú en Amberes a Consulado, a cargo de un Cónsul Honorario, con jurisdicción en la provincia de Amberes, Reino de Bélgica; Que, el Consulado General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica, propuso la ampliación de la circunscripción del Consulado del Perú en Amberes, a cargo de un funcionario consular honorario, sobre la Provincia de Limburgo; Que es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior; así como también promover los intereses del país, especialmente los vinculados a los ámbitos económico y cultural; Que, el Servicio Público Federal de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo del Reino de Bélgica comunicó la no objeción de su gobierno para la ampliación de la circunscripción del Consulado del Perú en Amberes sobre la Provincia de Limburgo; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica y del Consulado General del Perú en Bruselas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE de 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese la circunscripción del Consulado del Perú en Amberes, Reino de Bélgica, de tal manera que se amplíe sobre la Provincia de Limburgo. Artículo 2º.- Fíjese la circunscripción del Consulado del Perú en Amberes, Reino de Bélgica, a cargo de un funcionario consular honorario, sobre las Provincias de Amberes y Limburgo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 528550-3 Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 317-2010-RE Lima, 9 de agosto de 2010 VISTA: La Resolución Suprema Nº 198-2005-RE, que nombró a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Hilda Maritza Puertas de Rodríguez, Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza, a partir del 25 de agosto de 2005; CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático sirven alternadamente en el exterior y en el país, por un plazo no mayor de cinco años en el exterior y no menor de tres años en el país, de acuerdo con las necesidades del Servicio; Que, por razones del Servicio, debidamente fundamentadas, estos plazos se pueden extender o reducir por un año; Que, por necesidad del Servicio, se ha dispuesto dar término a las funciones de Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza, que viene ejerciendo la citada funcionaria diplomática; De conformidad con los artículos 7°, 13° inciso a) y 30° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y los artículos 62° y 90° del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Hilda Maritza Puertas de Rodríguez, como Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha de término de funciones y de traslado a la Cancillería será fi jada mediante Resolución Viceministerial.