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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (29/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de agosto de 2010 424685 2010, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA REGIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Artículo Primero.- Aprobar el “Programa Regional de Educación Ambiental”, documento que contribuirá directamente a los objetivos de la Política Regional de Educación Ambiental, y ha sido formulado en el marco del Plan Estratégico Institucional 2009 – 2011, el mismo que en anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encárguese, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente; Gerencia Regional de Desarrollo Social, y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Alcanzar la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Educación y Ministerio del Ambiente. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil diez. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los dos días del mes de agosto del año dos mil diez. CESAR DELGADILLO FUKUSAKI Presidente del Gobierno Regional Piura (e) 536356-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban Manual de Operaciones y Cuadro de Recursos Humanos del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2010-GRSM/CR Moyobamba, 12 de agosto de 2010 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derechos público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la presente Ley regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el Proyecto Huallaga Central y Bajo Mayo, se crea mediante Decreto Ley Nº 22517, como órgano de línea del Comité Departamental de Desarrollo de San Martín, con la fi nalidad de administrar los fondos asignados por el Convenio de Préstamo Nº 527-T-061 suscrito entre los Gobiernos del Perú y Estados Unidos de Norteamérica; en el año 2002 y como consecuencia de las pugnas entre las tendencias centralistas y descentralistas es transferido junto con el Instituto Nacional de Desarrollo – INADE al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y posteriormente al Ministerio de Agricultura para fi nalmente ser transferido al Gobierno Regional de San Martín en abril del 2007; Que, las políticas regionales se orientan hacia un mejor aprovechamiento del territorio a través del racional uso de las tierras con aptitud forestal y de protección, demandando para ellos mayor asignación de recursos y capacidades técnicas diferentes a las previstas en la estructura organizativa heredada de una etapa en la que por la dependencia de instancias del nivel nacional y consecuentemente de sus políticas, se había orientado a potenciar las tierras en aptitud para cultivos en limpio que ocupan el 5% del territorio departamental; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, estableciendo en los artículo 4º y 36º que los proyectos aprueban la defi nición de las funciones mediante un Manual de Operaciones, el cual deberá consignar la descripción del proyecto, objetivos, organización, funciones y responsabilidades, los procesos principales como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, procesos de coordinación, desembolsos según corresponda y los procesos de supervisión, seguimiento y evaluación; Que, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo ha efectuado la recopilación de información referida a la apreciación que tienen los directivos y personal de las unidades orgánicas, respecto de sus funciones y necesidades en organización interna, proponiendo una nueva estructura organizativa que ha sido revisada por el Consejo Directivo que designó una comisión para procesarla conformada por la ofi cina antes mencionada y por la Ofi cina de Administración; Que, con Nota Informativa Nº 037-2010-GRSM/ GRPPyAT/SGR, de fecha 6 de Julio del presente año, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través de la Sub Gerencia de Racionalización emite su informe técnico favorable a la aprobación, manifestando que el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo se encuentra elaborado de conformidad con los artículos 4º y 36º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, así como el Cuadro de Recursos Humanos del mencionado Proyecto Especial se encuentra enmarcado nuevas funciones, objetivos y metas a lograr como son: a) Modernización del Estado en sus diferentes niveles de gobierno, apuntando a obtener una mayor competitividad; b) Ampliación de ámbito geográfi co de intervención del proyecto, con incorporación de la provincia de Tocache; c) Atención de nuevas funciones por delegación del GRSM, como es el caso de la administración del Área de Conservación de la Cordillera Escalera Que, el Informe Legal Nº 606-2010-GRSM/ORAL, de fecha 7 de Julio del presente año, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la aprobación del Manual de Operaciones y el cuadro de Recursos Humanos del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo;