Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2010 (29/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de agosto de 2010

Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Municipalidad Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, el dia sabado 24 de MORDAZA del presente ano, y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo MORDAZA la cual formara parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo anexo que se publicara en la pagina Web del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Segundo.- APROBAR el Cuadro de Recursos Humanos del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo MORDAZA la cual formara parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo anexo que se publicara en la pagina Web del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. DERTIANO MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de San MORDAZA Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los 12 de agosto de 2010. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. WILIAN A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 536447-1

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto del 2010, el Informe Nº 004-181-00000165 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, emite opinion tecnica y legal con relacion a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 245-MDA, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, estas deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion. Que, en el caso de la Provincia de MORDAZA, a traves del Edicto Nº 227 se otorgo al Servicio de Administracion Tributaria, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (Inciso s del articulo 6º). Que, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de MORDAZA deberan formular sus solicitudes de ratificacion ante el Servicio de Administracion Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 727, la cual precisa que la MORDAZA de las solicitudes de ratificacion de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos deberan de efectuarse hasta el ultimo dia habil del mes de junio. Que en el presente caso, mediante Oficio Nº 4022010-MDA/GM del 30 de junio del 2010, la Municipalidad Distrital de Ate, solicito la ratificacion de la Ordenanza Nº 245-MDA, que aprueba los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional. Que, cabe senalar que dicha solicitud ha sido tramitada y evaluada segun la Ordenanza Nº 607, de acuerdo con lo establecido en su Sexta Disposicion Final, en la que se dispone su aplicacion respecto de las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresadas a partir del 1º de MORDAZA de 2004, asi como, de conformidad con los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001; en atencion a lo preceptuado en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, en cuya primera Disposicion Transitoria se dispuso que en tanto se implemente la nueva metodologia de costos en todas las entidades de la Administracion Publica, estas podran aprobar, modificar o ratificar sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos utilizando las pautas metodologicas contenidas en la Directiva Nº 00195-INAP/DTSA (referida en el Decreto Supremo Nº 0792007-PCM), para efectos de sustentar tecnicamente los Procedimientos Administrativos de sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos, siempre que esta MORDAZA sido expedida con anterioridad a la publicacion del citado Decreto Supremo. Que, el Servicio de Administracion Tributaria ha procedido a la evaluacion legal y tecnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza Nº 607, la Directiva Nº 001-006-00000001, a traves de las cuales se establecio el procedimiento para la ratificacion de las ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de MORDAZA, asi como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de tramite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria, el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000165 de fecha 4.08.2010, el mismo que, entre otros, concluye en lo siguiente: 1.- Los 140 derechos correspondientes a un total de 111 procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza Nº 245-MDA, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administracion Tributaria, han sido establecidos de conformidad con las normas que definen las competencias Municipales y la simplificacion administrativa.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban la ratificacion de los 140 derechos correspondientes a procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza Nº 245-MDA de la Municipalidad Distrital de Ate
ACUERDO DE CONCEJO Nº 311 MORDAZA, 13 de agosto de 2010

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