Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2010 (02/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El informe de la "Comision de Audiencias Publicas Populares de Alimentos de la Corte Superior de Justicia de Lima", en relacion a los avances y ejecucion de las "Audiencias Publicas Populares de Alimentos", a llevarse a cabo en los diferentes Organos Jurisdiccionales de este Distrito Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, habiendose designado por Resolucion Administrativa Nº 904-2010-P-CSJLI/PJ, la Comision encargada de llevar a cabo las Audiencias Publicas Populares de Alimentos de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la misma que viene desarrollando las funciones encomendadas, y estando a la preparacion de dichos actos procesales, se hace necesario establecer una calendarizacion para llevar a cabo de manera sistematica las referidas Audiencias Populares, teniendo en cuenta diversos criterios entre los cuales merece especial atencion la carga procesal de los diferentes organos jurisdiccionales involucrados. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, es la MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, y dentro de sus principales preocupaciones se encuentra el buscar un efectivo beneficio en la administracion de justicia, lo cual redunda necesariamente en beneficio de los justiciables, a quienes nos debemos en MORDAZA instancia; por lo que dentro de tales linimientos resulta necesario disponer las medidas necesarias, a fin de que se alcance el objetivo trazado y se coadyuve en la descarga procesal del Distrito Judicial, en aras de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia; En uso de la facultad conferida por el articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y estando a lo senalado precedentemente: SE RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER la calendarizacion de las Audiencias Publicas Populares de Alimentos de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a llevarse a cabo en los diferentes Juzgados de Paz Letrados: CALENDARIZACION DE AUDIENCIAS (HORA: 08:30 a.m. a 6:00 p.m.) Viernes 03 de diciembre 2010: 1º y 3º Juzgados de Paz Letrados de San MORDAZA de Lurigancho. Jueves 09 de diciembre 2010: 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Juzgados de Paz Letrados de La Victoria. Viernes 10- diciembre 2010: 1º, 2º y 3º Juzgados de Paz Letrados del Rimac. Miercoles 15 diciembre 2010: 6º Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho. Viernes 17 de diciembre 2010: 2º Juzgado de Paz Letrado del Agustino. Lunes 20- diciembre 2010: 1º Juzgado de Paz Letrado de Huaycan. Lunes 27 de diciembre 2010: 4º Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho. Miercoles 29 diciembre 2010: 5º Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPONER que los diferentes Organos Jurisdiccionales MORDAZA mencionados, lleven a cabo las audiencias programadas, en estricta observancia de las normas legales establecidas. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de la Oficina Descentralizada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, de la Oficina de

Administracion Distrital, de la Oficina de Personal y de los interesados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 573297-1

Amplian competencia territorial del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho en sus dos turnos "A" y "B" para conocer temas en materia penal
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 926-2010-PCSJLI/PJ MORDAZA, 29 de Noviembre de 2010 VISTOS: El informe de la "Comision de Descarga Procesal de los Organos Jurisdiccionales del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho", conformada en merito a la Resolucion Administrativa N° 544-2010-P-CSJLI/PJ, de fecha 7 de MORDAZA del 2010, emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, la Resolucion Administrativa N° 426-2009-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa N° 426-2009-CEPJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se creo la Sala Mixta Descentralizada Transitoria en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, la misma que tiene competencia en el mencionado distrito y en el Centro Poblado Anexo 22, "Pampa de MORDAZA Grande", del Distrito de San MORDAZA, Provincia de Huarochiri. Que, por Resolucion Administrativa N° 189-2004-CEPJ, de fecha 18 de Octubre del 2004, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creo, entre otros, el 7° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, cuyo Articulo 4° parrafo tercero, faculta al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para "AMPLIAR O REDUCIR LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE LOS JUZGADOS DE PAZ LETRADOS RECIENTEMENTE CREADOS, Y DE ACUERDO A ELLO, VARIAR LA O LAS COMISARIAS QUE, PARA LAS DENUNCIAS O PROCESOS POR FALTAS PENALES, SERAN ATENDIDAS POR EL JUZGADO DE PAZ LETRADO..." Que, asimismo, la "Comision de Descarga Procesal de los Organos Jurisdiccionales del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho" dispuso la realizacion de un inventario fisico de todos los expedientes de cargo del MORDAZA, MORDAZA y Setimo Juzgados de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, con el fin de conocer con certeza la carga procesal de cada uno de los juzgados mencionados a fin de poder determinar la real carga procesal que afrontan, entre los que resalta el siguiente dato: - El 7° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, turno "A", cuenta con 70 expedientes en tramite y 30 ejecucion; y, el turno "B" con 132 expedientes en tramite y 28 en ejecucion; debiendo tenerse en cuenta que solo conocen denuncias por faltas. Que, conocedores del anhelo de la poblacion por un mejor servicio de justicia, lo que se consigue con una redistribucion adecuada de expedientes, en este caso de los relacionados con materia penal; y, estando a las facultades conferidas por Resolucion Administrativa N° 189-2004-CE-PJ, de fecha 18 de Octubre del 2004, debe disponerse la ampliacion de la competencia territorial del 7° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, turnos "A" y "B", debiendo este juzgado, en sus dos turnos, conocer los temas en

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