Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (02/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de diciembre de 2010 430279 existiendo asimismo, la propuesta de fi rma de acuerdo de movilidad entre la Alianza Estratégica y el Servicio Alemán de Intercambio Académico (DAAD, denominado ALPERU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y lo acordado por el Consejo Universitario en la sesión extraordinaria Nº 39 del 24 de noviembre del 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la licencia en viaje de Misión Oficial del Dr. Aurelio Marcelo Padilla Ríos – Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería, y de los señores Decanos de las Facultades de Ciencias y de Ingeniería Eléctrica y Electrónica, Dr. Víctor Humberto Asmat Azahuanche y MSc. Félix Víctor Cáceres Cárdenas, respectivamente, el 03 al 11 de diciembre de 2010, para que en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería visiten, las universidades italianas de Roma y La Toscana, a la República Federal de Alemania, y participen en las actividades académicas detalladas en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Otorgar al Dr. Aurelio Marcelo Padilla Ríos, para sufragar los gastos por los pasajes aéreos ida y vuelta a través de los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central, monto que a continuación se indica; Pasajes aéreo (Ida y vuelta) : S/. 5 900.25 Tarifa Corpac : USD 31.00 Artículo 3º.- Otorgar al Dr. Víctor Humberto Asmat Azahuanche, los viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en las actividades antes mencionadas, los mismos que serán fi nanciados a través de los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuación se indica: Pasajes aéreo (Ida y vuelta) : S/. 5 900.25 Viáticos por 09 días : USD 1,800.00 Tarifa Corpac : USD 31.00 Artículo 4º.- Otorgar al MSc. Félix Víctor Cáceres Cárdenas, los viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en las actividades antes mencionadas, los mismos que serán fi nanciados a través de los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuación se indica: Pasajes aéreo (Ida y vuelta) : S/. 5 970.00 Viáticos por 09 días : USD 1,800.00 Tarifa Corpac : USD 31.00 Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios presentarán un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentarán, la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 6º.- Encargar al Primer Vicerrector Geol. José Martínez Talledo, las funciones propias del cargo de Rector durante el periodo comprendido entre el 03 al 11 de diciembre del 2010, inclusive. Artículo 7º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 572626-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban solicitud de cesión en uso de área de terreno ubicado en el distrito de Pimentel para ejecución del Proyecto “Centro de Esparcimiento - Centro de Convenciones y Hogar para Adultos Mayores” GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE TERRENOS RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 024 -2010-GR.LAMB/GRPP-SGAAT Chiclayo, 04 de octubre del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 450-2010-CR IX -CEP de fecha 30 de setiembre del 2010, del Colegio de Enfermeros del Perú – Consejo Regional IX Lambayeque, representado por la Decana Regional, Sra. Mg. Rosa Celis Esqueche; CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el Gobierno Regional de Lambayeque es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de Propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el Inc. j) del Art. 35º de la Ley 27783 – Ley de Bases de Descentralización y el Art 62º de la Ley Nº 27687 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 429-2006- EF/10 publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 26 de julio del 2006, se comunicó que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente de Gobierno Regional de Lambayeque suscribieron el Acta de Entrega y Recepción mediante el cual se formalizó la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdicción este Gobierno Regional, con excepción de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del Inc.j) del Art. 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralización – Ley Nº 27783, Arts. 10º y 62º de la Ley Nº 27687 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 013- 2010-GR.LAMB/GRPP-SGAAT de fecha 30 de junio del 2010, se dispuso la independización de 20,000 m2 correspondientes al predio denominado “Playa Hermosa” ubicado en zona extraurbana del Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, acto administrativo inscrito en la Partida Registral Nº 11124377 del Registro de Predios Rurales de la Ofi cina Registral de Chiclayo; Que, posteriormente a esta independización, mediante acta de garantías policiales y acta de entrega de terreno, ambas de fecha 1 de agosto del 2010, se procedió a la colocación de hitos que identifi can los vértices del