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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de diciembre de 2010 430518 5. GESTIÓN DESCENTRALIZADA 5.1 Roles asignados a cada nivel de Gobierno, para la gestión descentralizada del PCA. Los roles que corresponden ejercer a cada nivel de gobierno, en la provisión de los bienes y servicios, se establecen en la Matriz de distribución de Roles para la Gestión Descentralizada de PCA, que como anexo 1 forma parte de la presente Directiva, la cual fue aprobada por la Comisión Especial de Transferencia del PCA del PRONAA. En función de los roles referidos, se determinarán las responsabilidad de cada uno de los niveles de gobierno. 6. MECANISMOS DE VERIFICACIÓN Los requisitos que deberán cumplir los Gobiernos Locales Distritales, para ser declarados aptos para recibir la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria, son los siguientes: Mecanismos de verifi cación Documentación que deben presentar los Gobiernos Locales para evidenciar el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación 1º Plan de Desarrollo Local Concertado que incluya algún programa, proyecto o actividad orientado a la seguridad alimentaria. 1.a Copia fedateada del Acuerdo de Concejo que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado que incluya algún programa, proyecto a actividad orientado a la seguridad alimentaria (incluir copia fedateada de la parte correspondiente del Plan); 1.b En caso de no reunir la condición 1.a, se adjuntará copia fedateada del Acuerdo de Concejo en el que conste el compromiso de incorporar actividades y metas de seguridad alimentaria, en el Plan de Desarrollo Local Concertado del año siguiente. 2º Existencia dentro de la estructura orgánica de la municipalidad de una unidad responsable de gestionar el programa de complementación alimentaria a ser transferido. 2.a Copia fedateada de la norma que aprueba el ROF o MOF o su modifi catoria que incorpore o adecue una Unidad Orgánica (área, jefatura, dirección u otra), responsable técnica y operativamente de la gestión del programa de complementación alimentaria a ser transferido. (Se deberá acompañar copia de la parte correspondiente del ROF o MOF y el organigrama estructural); o 2.b En caso de no reunir la condición 2.a, presentar copia fedateada del Acuerdo de Concejo en que se aprueba incorporar o adecuar en el ROF o MOF una Unidad Orgánica (área, jefatura, dirección u otra), responsable técnica y operativamente de la gestión del programa de complementación alimentaria a ser transferido. 3º Contar con un profesional con experiencia no menor de dos años en el manejo de programas, proyectos o servicios sociales vinculados a programas alimentarios o de seguridad alimentaria. 3.a Acreditar contar con los servicios de un profesional responsable de la gestión del PCA a transferir, que reúna las condiciones señaladas, presentando: • Copia fedateada del Título profesional. • Currículum vitae adjuntando copia simple de documentos que acrediten la experiencia profesional requerida. • Copia fedateada del Contrato o Resolución de Nombramiento. 3.b En caso que no cuenten con el personal señalado en el 3.a; presentar Resolución de Alcaldía en la que se dispone la contratación de personal, al momento de efectivizar la transferencia. 4º Comité de Gestión Distrital de los programas alimentarios. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía que constituye el Comité de Gestión Distrital, de acuerdo a la normatividad vigente. 5º Plan de Trabajo para la gestión del Programa de Complementación Alimentaria. 5.a Presentación del Plan de Trabajo para la gestión del Programa de Complementación Alimentaria. 5.b Copia Fedateada de la Resolución de Alcaldía a través de la cual incorpora o se compromete a incorporar el Plan de Trabajo dentro del Plan Operativo Institucional – POI del Gobierno Local. 7. PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS PARA LA EFECTIVIZACIÓN DE LA TRANSFERENCIA, E INICIO DE LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DEL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA La efectivización de la transferencia se inicia a partir de la expedición de la Resolución de la Secretaría de Descentralización, que contiene la relación de los Gobiernos Locales Distritales de Lima Metropolitana que han cumplido con los mecanismos de Verifi cación señalados en el acápite anterior y se encuentran aptos para recibir la transferencia del PCA. 7.1. PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS PARA LA EFECTIVIZACIÓN La efectivización comprenderá los siguientes procedimientos: 7.1.1. Promoción, difusión, capacitación y asistencia técnica con Gobiernos Locales Distritales: El MIMDES desarrollará actividades de promoción, difusión, capacitación y asistencia técnica, a fi n de concertar las condiciones de la efectivización de la transferencia del PCA, con cada Gobierno Local Distrital. Plazo: a partir de la aprobación del Tercer Entregable de la Comisión Especial para la Transferencia del PCA en el ámbito de Lima Metropolitana. 7.1.2 Conformación de la Comisión Local de Transferencia del Gobierno Distrital. Se conformará mediante Resolución de Alcaldía y estará presidido por el Gerente Municipal o por quien designe el Alcalde. Plazo: a partir de la expedición de la Resolución de Secretaría de Descentralización que declara aptos a los Gobiernos Locales Distritales para recibir la transferencia del PCA. 7.1.3 Conformación del Grupo de Trabajo del MIMDES para la Transferencia del PCA en Lima Metropolitana. El Grupo de Trabajo será constituido con Resolución de la Presidencia de la Comisión Sectorial de Transferencia MIMDES y será presidido por el Director General de Descentralización del MIMDES. Plazo: a partir de la publicación de la presente Directiva. 7.1.4 Identifi cación y cuantifi cación de recursos. El MIMDES identifi cará y cuantifi cará los recursos presupuestales, bienes, personal y acervo documentario del Programa de Complementación Alimentaria, que serán transferidos a cada Gobierno Local Distrital y a la Municipalidad Metropolitana de Lima en lo que corresponde al Cercado de Lima; Plazo: A partir de la conformación del Grupo de Trabajo del MIMDES para la Transferencia del PCA en Lima Metropolitana. 7.1.5 Elaboración de Actas Sustentatorias e Informe fi nal. El MIMDES elaborará las Actas Sustentatorias e Informe Final, a nivel de cada uno de los distritos, conteniendo los lineamientos de política, normas y procedimientos para la gestión descentralizada del PCA; así como la identifi cación y cuantifi cación de los recursos siguientes: a. Presupuesto. b. Personal. c. Bienes muebles e inmuebles. d. Acervo documentario. e. Otros. El Informe Final será elaborado por el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA y suscrito por los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega y Recepción. Plazo: A partir de la conformación del Grupo de Trabajo del MIMDES para la Transferencia del PCA en Lima Metropolitana. 7.1.6 Suscripción de Actas de Entrega y Recepción. Las Actas de Entrega y Recepción serán suscritas por los titulares de Pliego del MIMDES y del Gobierno Local Distrital, o por los funcionarios a quienes éstos deleguen. El Acta se acompaña del respectivo Informe Final. Plazo: A partir de la suscripción de las Actas Sustentatorias. 7.1.7 Formalización de las transferencias de recursos. Luego de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción se procederá a la expedición del Decreto Supremo mediante el cual se da por concluido el proceso