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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de diciembre de 2010 430522 servirá de marco de orientación para la implementación del ejercicio de las competencias transferidas. Artículo 3º.- Notifi cación de la Acreditación La Secretaria de Descentralización notifi ca la presente Resolución al Ministerio de Educación, a los gobiernos regionales de Cusco y Ayacucho y a las municipalidades distritales de Machupicchu y Upahuacho, para que procedan al cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución hacia la etapa de efectivización del proceso de transferencia de competencias y funciones, conforme a la Directiva N° 003-2009-PCM/SD, y hacia la asignación de los correspondientes recursos presupuestales asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM. Artículo 4º.- Publicación La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y el Informe de Concordancia Nº 020- 2010-PCM/SD-OTME deberá ser publicado en el sitio Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROLANDO A. ESTEBAN MOSCOSO Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO 1 Nº Gobierno local 01 Municipalidad Distrital de Machupicchu (Urubamba, Cusco) 02 Municipalidad Distrital de Upachuacho (Parinacochas, Ayacucho) 574550-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2010-PCM Mediante Ofi cio Nº 5982-2010-PCM/SG, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 362-2010-PCM, publicada en nuestra edición del día 5 de diciembre de 2010. DICE: Artículo 6º.- Plazo para remisión del Cuestionario El Cuestionario debidamente diligenciado deberá remitirse a la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) hasta el día 10 de noviembre de 2010, de acuerdo con el anexo adjunto. DEBE DECIR: Artículo 6º.- Plazo para remisión del Cuestionario El Cuestionario debidamente diligenciado deberá remitirse a la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) hasta el día 10 de enero de 2011, de acuerdo con el anexo adjunto. 575612-1 AGRICULTURA Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0753-2010-AG Lima, 6 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0540-2009- AG de fecha 23 de julio de 2009, se designó a Saúl Gonzalo Duran Estremadoyro como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Saúl Gonzalo Duran Estremadoyro al cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 574748-1 ECONOMIA Y FINANZAS Otorgan seguridades y garantías del Estado en respaldo de declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesión para la Concesión de la Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Mayores de Afianzamiento Hídrico y de Infraestructura para Irrigación de las Pampas de Siguas DECRETO SUPREMO N°248-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 2 de febrero de 2006, ratifi cado por Resolución Suprema Nº 006-2006-EF, y a solicitud del Gobierno Regional de Arequipa, se acordó que PROINVERSIÓN tome a su cargo el proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto Majes - Siguas, de competencia del Gobierno Regional de Arequipa, bajo los mecanismos, procedimientos y benefi cios establecidos en las normas con rango de ley, normas reglamentarias y complementarias vigentes en materia de promoción de la inversión privada, a que hace referencia el literal e) del Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 28059; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN del 23 de marzo de 2006, ratifi cado por Resolución Suprema Nº 012-2006-EF, se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Majes - Siguas II Etapa; el cual fue posteriormente modifi cado mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN del 10 de junio de 2009, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 12 de junio de 2009, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 047-2008; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 121-2009 de fecha 23 de diciembre de 2009, se declaró de necesidad nacional y de ejecución prioritaria en el año 2010 por parte de PROINVERSIÓN, la promoción de la inversión privada de diversos proyectos, asociaciones público privadas y concesiones, entre los que se encuentra el Proyecto Majes – Siguas; Que, el 13 de setiembre de 2010 se adjudicó la buena pro del Concurso de Proyectos Integrales para la